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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo IX (1824).djvu/391

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SESION DE 1.º DE JUNIO DE 1824

mo Director para que instruya al Senado sobre los particulares a que se contrae."

El señor Presidente dió cuenta al Senado de haber practicado la dilijencia, que se le encargó, cerca de S. E., el Director Supremo, para que exijiese la pronta organización de las listas de ciudadanos de Coquimbo, e instruido el Senado acordó: "Se excite, sin embargo, al Gobierno para que no se malogre oportunamente alguna en que se requiera por las listas indicadas, haciendo presente que, si por defecto de éstas, no se verifican las elecciones constitucionales, el Gobierno i Senado son responsables ante los pueblos."

Leyóse el oficio del Gobierno, poniendo en consideración del Senado el oficio de la Tesorería, en que pide el remate del cabezón formado por el Cabildo, porque juzga que éste será el único medio de poderse cobrar al ménos la cantidad aproximativa a que asciende, i pide la abolicion de la lei que aprobó el rateo por que hoi se cobra. Se acordó: "Para resolver pídanse al Gobierno los cabezones de la capital i provincias que deben existir en la Tesorería Central."

Leyóse un oficio del Gobierno, remitiendo el espediente promovido por don José María Portus, con el informe del comandante de armas, i echándose ménos en él la instrucción que se pidió a S. E., se acordó: "Vuelva este espediente al Gobierno para que tenga a bien suministrar al Senado la instrucción pedida, sobre los motivos que han ocasionado la provision del coronelato del rejimiento de caballería de Aconcagua, de que se queja el citado Portus como despojado sin causa."

Leyóse otro del Gobierno, en que remite el espediente sobre enajenación del hospital de San Juan de Dios de Valparaíso, para que se digne sancionarle, i se ordenó: "Se haga relación de él para la sesión próxima."

A una representación del edecán del Senado, don Pedro José Reyes, pidiendo se le mande abonar sus sueldos devengados en dos meses, se acordó: "Se recomiende a S. E., el Director Supremo, la solicitud del suplicante."

En este estado, se levantó la sesión. —Doctor Gabriel Ocampo.

ANEXOS

Núm. 611

Devuelve el Gobierno al Excmo. Senado el espediente que instauró ante S. E., el coronel don José María Portus, con los informes que en él obran relativos a esclarecer que este individuo obtuvo el empleo de coronel del rejimiento de milicias de caballería de Aconcagua, que ahora reclama.

El Director Supremo ofrece, con este motivo, las consideraciones de su mas alto aprecio al Excmo. Senado. —Santiago, Mayo 28 de 1824. —Fernando Errázuriz. D. J. Benavente. —Al Excmo. Senado Conservador.

Núm. 612

Excmo. Señor:

Cumpliendo con el supremo decreto de V. E., que antecede, solo haré ver a V. E. que, desde ántes de entrar al mando que actualmente ejerzo, conocí al señor don José María Portus por coronel del rejimiento de caballería de milicias de Aconcagua, i que no me consta fuese separado del mando por un decreto supremo, de que debia haber en esta comandancia jeneral una constancia, que en la ausencia por su prisión mandaba dicho rejimiento el coronel don Tomas Vicuña, no sé si por despachos espedidos a su favor o por alguna órden suprema, particular en el caso. —Comandancia Jeneral de Armas, en Santiago, Mayo 21 de 1824. Manuel Blanco Encalada.

Santiago, Mayo 24 de 1824. —Certifíquese por el Tribunal Mayor de Cuentas la fecha del título de coronel del rejimiento de milicias de caballería, de Aconcagua, que obtuvo don José María Portus. Benavente.

Santiago i Mayo 28 de 1824. —Acompáñese este espediente con el oficio de estilo al Excmo. Senado. —(Hai una rúbrica.) —Benavente.

Núm. 613


Don Juan de la Cruz de Echevers oficial de la toma de razon i archivero del Tribunal de la Contaduría Jeneral

.

Certifico: que a fojas 114 vuelta del libro número diezinueve de tomas de razón de títulos, se halla el del tenor siguiente: "La Superintendencia concede título de coronel de ejército a favor del de milicias de Aconcagua don José María Portus. Dado en Santiago i a 25 de Agosto de 1814. —Julián Uribe."

Es copia del que está a fojas ciento catorce vuelta del libro número diezinueve de títulos de este Tribunal de Cuentas de Santiago, a veinticinco de Mayo de mil ochocientos veinticuatro. —Juan de la Cruz de Echévers. —V.° B.° —Correa de Saa.

Núm. 614

Con esta fecha, ha mandado el Gobierno a la Tesorería Jeneral facilite los tres vestuarios que V. E. le recomienda se den a los tres inválidos