▼Art. 10. Habrá solo un teniente en el resguardo de Valparaíso.
Art. 11. Miéntras dure la guerra de la Independencia, a toda la lista civil se le descontará el seis por ciento de sus rentas.
▼Art. 12. Ningún empleado civil o militar gozará de gratificacion alguna personal, a excepcion de aquellas que se señalaren por una nueva lei.
Art. 13. Los edecanes del Supremo Gobierno se reducirán a tres: uno de la clase de jefes, i dos de capitanes para abajo. —Santiago, 9 de Junio de 1824. —▼Errázuriz. —▼Benavente.
Discutido i aprobado en el Consejo de Estado. —Santiago, Junio 3 de 1824. —▼José Gaspar Marin. —▼José Ignacio Cienfuegos. —▼Manuel Blanco Encalada. —▼Agustin de Vial.
Núm. 672
Pesos Rls.
| ||||||
▼Presupuesto de gastos anuales sin incluir los réditos del empréstito i nuevos empleos |
2.425,025 | 7½ | ||||
Entradas en el año |
1 .565,493 | 7½ | ||||
De ellas debe rebajarse la de tabacos que ya no existe | 233,176 | |||||
1.332,317 | 7½ | 1.332,317 | 7½ | |||
Total déficit | 1.092,708 |
Núm. 673
Gastos actuales
|
▼Ahorros
| |||||||
9,000 | Tres Ministros de Estado que pueden reducirse a dos con quinientos pesos de gratificación, se ahorrarán | 2,000 | ||||||
1,500 | En un oficial de partes i dos escribientes que pueden suprimirse | 1,500 | ||||||
300 | Escribano de Gobierno que se suprime....... | 300 | ||||||
8,424 | Edecanes que quedarán reducidos a un primero con 1,200 pesos i dos segundos con 1,000 | 5,224 | ||||||
1,649 | 7 | Vicario Jeneral lo será un canónigo | 1,649 7 | |||||
1,972 | 4 | Auditor de guerra, un miembro de la Corte de Apelaciones | 1,972 | 4 | ||||
20,868 | Estado Mayor de Ejército, quedará reducido a un Inspector con seis ayudantes, i los demás con un tercio de sueldo | 7,438 | ||||||
8,794 | Estado Mayor de Plaza, quedará reducido de jefe con dos ayudantes, i los demas con un tercio de sueldo. Concepcion i Coquimbo, quitados | .3,144 | ||||||
8,640 | Agregados que tendrán solo un tercio de sueldo | 5,760 | ||||||
4,344 | Varios Tenientes-Gobernadores que tendrán medio sueldo | 2,172 | ||||||
10,848 |
Estado Mayor de Concepcion, es servido en la mayor parte por oficiales con un tercio de sueldo, por eso solo podrán ahorrarse |
2,000 | ||||||
17,130 | 6 | Jefes i oficiales sueltos que tendrán solo un tercio de sueldo | 11,460 | 4 | ||||
600 | Gratificacion del comandante de artillería, quitada | 600 | ||||||
1,200 | Id. al jefe de Estado Mayor en campaña, se quita | 1,200 | ||||||
28,600 | Resguardo de Valparaíso, se le quitan tres tenientes | 4,500 | ||||||
16,068 | Aduana de Santiago, se suprime el administrador | 2,000 | ||||||
A la lista civil debe descontarse un seis por ciento de sus rentas durante la guerra de la independencia, i por un cálculo aproximado ascenderá a la cantidad de | 18,000 | |||||||
139,941 | 1 | Rebajados de los 139,941 pesos i real que importan anual mente los gastos espresados, los 70,920 pesos 7 reales a que ascienden los ahorros, quedará reducido el gasto a 69,020 pesos 2 reales. —Santiago i Junio 10 de 1824. | 70,920 | 7 |