Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo IX (1824).djvu/450

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada

Senado, Santiago, Junio 21 de 1824. —Al Supremo Director.



Núm. 697

El Senado devuelve a V. E. el proyecto de lei, para la creación de un defensor fiscal en la provincia de Concepción, redactado como aparece en el orijinal que se incluye.

En estos términos ha parecido al Senado mas conveniente el nombramiento: i.° porque habrá muchos negocios que, por su complicación o por el empeño con que se sostengan contra el Fisco, no sea posible concluirlos en el año que prefija la iniciativa de V. E.; 2.º porque si no se le dan por lista todos los negocios actuales en que debe entender la Comision. vendrá a ser permanente por la agregación de nuevos espedientes en lo sucesivo; 3.º si se ofrece, al defensor que se nombre, una cantidad determinada en premio de su trabajo, es excitarle al abandono, cuando por el contrario su propio Ínteres promoverá su actividad, siempre que se le dé una porcion de lo que recaudare. El Senado, con este motivo, protesta a V. E. sus sentimientos de adhesión i respeto. —Sala del Senado, Santiago, Junio 25 de 1824. —Al Supremo Director.


Núm. 698

El edecan, teniente-coronel, don Pedro Reyes, se ha presentado a la sala, solicitando que sus sueldos sean en lo susesivo cubiertos al mismo tiempo que lo sean los de los empleados en la Secretaría. Instruido el Senado por su secretario deque en todos los Cuerpos Lejislativos, a excepcion del Soberano Congreso, se ha incluido a los edecanes en las listas de la Secretaría para el pago mensual, ha resuelto que en lo susesivo se les satisfaga en esta forma.

Lo comunico a V. E. para su cumplimiento, al mismo tiempo que le renuevo mis anteriores ofrecimientos de alto aprecio. -Sala del , Santiago, Junio 21 de 1824. —Al Supremo Director.


Núm. 699

El senado, instruido del informe suscrito por V. E., en el espediente de doña Tadea Olivos, despues de considerado detenidamente el mérito de la consulta que hace V. E . en el indicado, sobre el modo como debia procederse en este negocio, se acordó que esta causa puede reverse i juzgarse por esta Suprema Corte. En su consecuencia, tengo el honor de devolverla a V. E., renovándole las insinuaciones de aprecio i consideración-Sala del Senado, Santiago, Junio 21 de 1824. —A la Corte Suprema de Justicia.



Núm. 700

Tengo el honor de anunciar a US. haber puesto en noticia del Excmo. Senado el oficio que se sirvió dirijirme, con fecha 16 del corriente, e instruido de él, ha resuelto que, sin embargo de su enfermedad, espera coadyuve a la Comision en el desempeño de su cargo, con toda la | vijilancia que le inspira su celo público.

Me aprovecho de esta oportunidad para renovarle mis respetos. —Secretaría del Senado Santiago, Junio 21 de 1824. —Al señor don Agustín Vial Santelices.