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SENADO CONSERVADOR

de creer que, al representarlo, no aspiro a ser desagraviado, sino a que no se me juzgue ambicioso a todo trance i que, considerando que aun quedan otros abogados de los que han ocupado las sillas del Congreso que pueden sentarse en la que se me brindaba, se digne nombrar al que sea de su agrado. Tengo el honor, con este motivo, de ofrecer al Excmo. Senado, las consideraciones de mi mayor respeto i gratitud. —Excmo. Señor. —Santiago, Enero 10 de 1824. —José Silvestre Lazo. —Excmo. Supremo Senado. Es copia. —Doctor Ocampo


Núm. 38

Tengo el honor de acompañar a Uds. copia del reglamento provisorio que ha sancionado el Senado Conservador, para el réjimen interior i económico de la caja de descuentos, reproduciéndoles mis consideraciones de amistad i aprecio. —Secretaría del Senado, Santiago, Enero 20 de 1824. —A los señores directores de la caja de descuento.


Núm. 39

Tomada en consideración la renuncia del doctor don Silvestre Lazo, de Ministro de la Corte de Apelaciones, ha decretado el Senado: admítese la renuncia del doctor Lazo i oficíese al Poder Ejecutivo para que, conforme al artículo 112 de la Constitución, proceda al nombramiento del Ministro que le ha de subrogar provisoriamente. Pásese orijinal su representación para que, teniendo presente el modo indecoroso con que habla el Soberano Congreso Constituyente i la falta de respeto que manifiesta su nota, tome las medidas de severidad que sean del caso i que ejemplaricen a los que intenten imitarle, dándose cuenta al Senado de haberlo así verificado. Lo que tengo el honor de comunicar a US. para su cumplimiento, incluyéndole la nota orijinal i reiterándole los ofrecimientos de mi consideración. —Secretaría del Senado, Santiago, Enero 17 de 1824. —Al Señor Ministro de Gobierno.


Núm 40

El Senado ha considerado con detención los perjuicios de gravedad que se siguen al comercio en no tener espedita la administración de su Tribunal de Conciliación i ha acordado, en sesión de ayer, se oficie a US. para que, poniéndolo en noticia de S. E., el Supremo Director, se ordene inmediatamente la reunión de todos los comerciantes matriculados para que procedan en votación secreta de escrutinio a la elección de los dos cónsules, de que habla el artículo 174 de la Constitución.

Lo que tengo el honor de comunicarle, asegurándole mis respetos. —Secretaría del Senado, Santiago, Enero 17 de 1824. —Al señor Ministro de Gobierno.


Núm. 41

El Senado me ha ordenado reitere a US. la orden para la remisión de los ejemplares de la Constitución, que se previno en la nota dirijida a US., con fecha 10 del actual, sirviéndose mandar entregar los veintiocho ejemplares al conductor i aceptar mis respetos i consideraciones. —Secretaría del Senado, Santiago, Enero 17 de 1824. —Al señor Ministro de Gobierno.



Num. 42[1]

El Gobierno remite a V. E. el espediente firmado a consecuencia del abono de 500 pesos a favor de don Felipe Bastidas, que se le mandó hacer por el Gobierno provisorio de Valdivia, en 16 de Setiembre de 1823, en compensación de sus servicios, para que tomándolos en consideración se digne dar la resolución que no puede dictarse por el Ejecutivo. —Enero 15 de 1824. —Al Senado.

  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Correspondencia Cámara, tomo 2, pájina 2, años 1824 a 1828, del archivo del Ministerio de Hacienda.(Nota del Recopilador.)