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SESION DE 15 DE JULIO DE 1824

católico, cristiano, mayor de 21 años, con inmoble propiedad de mas de doscientos pesos.

Mateo Figueroa. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, matrimoniado, i padre de mas de seis hijos lejítimos.

Clemente Farías. —Por ser chileno, natural, católico cristiano, mayor de 21 años, con propiedad inmoble de mas de doscientos pesos, saber leer i escribir, haber sido juez de este distrito, i mejorado un fundo rural.

Domingo Poblete. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, matrimoniado, con mas de seis hijos lejítimos, i con inmoble propiedad de doscientos pesos.

José Antonio Briones. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, matrimoniado, padre de mas de seis hijos lejítimos, i saber leer i escribir.

Santiago López. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, matrimoniado, con mas de seis hijos lejítimos.

Florentino Esquibel. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, matrimoniado, padre de mas de seis hijos lejítímos.

Tomás Acevedo. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, matrimoniado, i padre de mas de seis hijos lejítimos.

Antonio Araya. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, matrimoniado, i padre de mas de seis hijos lejítimos.

Modesto Martínez. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, matrimoniado, i con mas de seis hijos lejítimos.

José Araya. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, matrimoniado, padre de mas de seis hijos lejítimos, i por tener propiedad inmoble de mas de doscientos pesos.

Santiago Cerda. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, matrimoniado, i padre demás de seis hijos lejítimos.

Piloteo Bustamante. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, mayor de 21 años, con propiedad inmoble de mas de doscientos pesos, i saber leer i escribir.

Ascensio Araya. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, mayor de 2 1 años, i con inmoble propiedad de mas de doscientos pesos.

Francisco Pavez. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, mayor de 21 años, con mas de seis hijos lejítimos, i de propiedad inmoble de doscientos pesos.

Juan García. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, matrimoniado, con mas de seis hijos lejítimos, i de propiedad inmoble de doscientos pesos.

Francisco Ugaz. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, mayor de 21 años, i con propiedad inmoble de mas de doscientos pesos.

Juan Prado. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, matrimoniado, con mas de seis hijos lejítimos, con propiedad inmoble de mas de doscientos pesos, i saber leer i escribir.

José Prado. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, matrimoniado, con mas de seis hijos lejítimos.

Norberto Araya. —Por ser chileno, natural católico, cristiano, matrimoniado, padre de mas de seis hijos lejítimos, con propiedad inmoble de doscientos pesos, i el servicio por cinco años en las milicias.

Luis Quezada. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, matrimoniado, padre de mas de seis hijos lejítimos, i con inmoble propiedad de mas de doscientos pesos.

Manuel Quezada. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, matrimoniado, padre de mas de seis hijos lejítimos.

Antonio Mira. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, mayor de 21 años, í con inmoble propiedad de mas de doscientos pesos.

Patricio Molina. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, matrimoniado, i padre de mas de seis hijos lejítimos.

José Molina. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, matrimoniado, i padre de mas de seis hijos lejítimos.

Laureano Bustamante. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, mayor de 21 años; con propiedad inmoble de mas de doscientos pesos, i saber leer i escribir.

Cipriano Briones. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, matrimoniado, con mas de seis hijos lejítimos, i por saber leer i escribir.

Lorenzo Bustamante. —Por ser chileno, natural, católico, cristiano, mayor de 21 años, con propiedad inmoble de mas de doscientos pesos, saber leer i escribir, desempeñar las comisiones anexas al ministerio de juez de este distrito, que actualmente ejerce de cinco meses a esta parte.


Curicó i Julio 3 de 1824. —Por concluidas, con arreglo a las instrucciones recibidas i las comunicadas por este Gobierno a los jueces i comisionados de los distritos, para la formacion de las que a cada uno toca; revísense por el Ilustre Cabildo i fecho, según la órden superior, remítanse al señor Gobernador-Intendente de la provincia de Santiago. —Peña.


Vistas i revisadas por esta Municipalidad las precedentes listas de ciudadanos activos, se dan por aprobadas, descansando en la fe de los comisionados i jueces de distritos; i devuélvanse al Delegado Directorial para que las remita donde corresponda. —Sala Capitular en Curicó, 5 de Julio de 1824. —Francisco Merino. —Pedro Pizarro. —José Antonio Vidal. —Manuel José Fernández. —Miguel Vila.


Núm. 836

El Senado ha visto con la mayor sorpresa i