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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo IX (1824).djvu/62

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SENADO CONSERVADOR
SENADO CONSERVADOR
SESION 8.ª, EN 22 DE ENERO DE 1824
PRESIDENCIA DE DON AGUSTIN DE EYZAGUIRRE


SUMARIO. —Dique en el rio de Quillota. -Visación de las letras jiradas por la caja de descuentos. —Citación de don Juan Egaña. —Acta. —Anexos.


ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Sobre la representación del Cabildo de Quillota, pasarla al Poder Ejecutivo i recomendársela para que la atienda como es debido. (Anexos núms. 48 i 49 V. sesiones del 20 de Enero de 1824 i del 23 de Julio de 1827.)
  2. Declarar que corresponde al Presidente del Senado o en su defecto al senador encargado de la inspección de la caja de descuentos el visar las letras que dicha caja jire. (Anexos núms. 50 i 51 V. sesiones del 16 i del 20 de Enero, del 9 de Febrero i del 20 de Marzo de 1824.)
  3. Citar a don Juan Egaña, individuo del Senado, a la sesión del 29 para tratar de ciertos asunos. (Anexo núm. 52 V. sesión del 4 bis de Febrero entrante.)

ACTA

Se abrió con la lectura del acta anterior, i fué aprobada i rubricada por el Presidente.

Leyóse un oficio del Cabildo de Quillota, en que, haciendo presente el riesgo inminente en que se halla su pueblo de sufrir una terrible inundación por las creces periódicas del rio que la fertiliza, pide se destinen los productos del nuevo impuesto sobre el ramo de licores para la construcción de un dique que aleje el peligro i haga variar el curso de las aguas. Se tomó en consideración, i penetrado el Senado de la justicia de esta solicitud, la mandó pasar al Ejecutivo, recomendándola, i, al mismo tiempo, ordenando se conteste por Secretaría al Cabildo de Quillota.

Se reiteró la lectura del oficio del Gobierno, en que pide se le autorice para visar las letras que jiren los directores de la caja de descuentos, i teniéndose presente el artículo 15 i 16 de la lei sancionada por el Congreso sobre el destino del empréstito, se resolvió:

"Contéstesele, trascribiéndole el artículo 15, asegurándole que, en virtud de él, el Senado se cree sin autoridad para deliberar en esta materia, i que, por una deducción de él mismo, las letras deberán ir visadas por el Presidente del Senado, i por su implicancia accidental por el senador encargado de la inspección de la caja i demás ramos de hacienda, para lo que se abrirá en su Secretaría un rejistro especial."

En este estado, se levantó la sesión. Agustín de Eyzaguirre. —Doctor Gabriel Ocampo.