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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo I (1810-1814).djvu/203

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DOCUMENTOS DE LA REVOLUCION DE 15 DE NOVIEMBRE


Núm. 4


Acta de los acuerdos del cabildo abierto reunido en Santiago en 16 de noviembre de 1811.

En la ciudad de Santiago de Chile, a dieziseis de noviembre de mil ochocientos once, habién­dose congregado en las casas consistoriales el pueblo de la ciudad de Santiago de Chile, compuesto de la parte sana i adicta al sistema actual de gobierno, para acordar lo conveniente acerca de reformarlo i establecerlo representativo provisional de todos los pueblos del reino, siendo su congregacion conforme a lo mandado por el alto Congreso Nacional a consecuencia de las críticas ocurrencias de ayer quince del corriente, acordó, con aclamacion, que por los diputados que elijió con igual solemnidad i se nombraran abajo, se pidan ante el alto Congreso los puntos siguientes:

  1. Que debiendo ser el poder ejecutivo representativo, se nombren porvocales, de la parte meridional, a don Juan Martinez de Rozas; por la del centro, a don José Miguel Carrera; por la parte septentrional, a don José Gaspar Marin Que para suplente del primero, durante su ausencia, i para propietario en el caso de que no admita, se nombre a don Bernardo O'Higgins. Secretarios, don Agustin Vial i don José Silvestre Lazo.
  2. Que representen las urjentes necesidades en beneficio de la salud de la patria, de juzgar sumariamente hasta definitiva a don Andres García, don Santiago Azcacíbar, don Nicolas Chopitea i su sobrino don Manuel Talavera, don Manuel i don Francisco Aldunate, don Manuel Rodriguez, don José Vildósola, don Fernando Cañol, don Ramon Rebolledo, don Francisco Antonio de la Carrera, don Agustin Albrerreca i el padre frai Ignacio Aguirre, por perturbadores i atentadores contra el sistema i autoridades constituidos. Que inmediatamente se siga igual causa contra los que en el dia de ayer se arrojaron a pedir la reposicion del antiguo gobierno, entre los que se distinguieron don Fernando Cañol, don Tadeo i don Manuel Fierro, don Rafael Gárfias i don Manuel Talavera i otros, imponiéndoles castigo severo para que sirva de escarmiento.
  3. Que el poder ejecutivo pida en el dia la causa formada contra los patriotas antes del cuatro de setiembre.
  4. Los cuatro diputados del pueblo manifestaran al alto Congreso que la parte sana i dispuesta a morir en defensa de la patria, reconoce i ha reconocido por sus númenes tutelares a los caballeros Carreras, como a sus redentores que desplomaron la aristocracia el cuatro de setiembre i quince del corriente, desenredaron la trama fraguada por los antipatriotas; que protestan morir todos i cada uno al lado de tan dignos ciudadanos; que por una pequeña muestra de su gratitud, pide se confiera a don Juan José el grado de brigadier efectivo con sueldo, a don José Miguel Carrera el grado de teniente coronel de ejército i a don José Luis Carrera el grado de teniente coronel de artillería; para los tres un signo distintivo de medalla, cruz u otro que le parezca conveni e nte al Congreso.
  5. Que se nombre comandante jeneral de artillería e injeniero a don Juan Mackenna; por comandante de la brigada de artillería a don José Luis Carrera; comandante de granaderos a don Juan José Carrera, a cuyo cuerpo se fabricará un cuartel.
  6. Ningun jefe militar veterano pueda ser vocal del poder ejecutivo, ni ningun vocal pueda ser jefe militar veterano.
  7. Que se quite el sueldo al marques de Casa Real para empezar a aumentar el erario cuanto sea posible, solicitando préstamos, i que el sueldo de don Fernando Marquez de la Plata se estime como una recompensa por su decidida adhesion i amor a la patria, la que se alegraria de tener proporcion de triplicarle esta dotacion.
  8. Que se escluyan del empleo de patriotas a todos los contrarios a nuestro sistema.
  9. Que por las mas activas providencias se lleven a debido efecto las acordadas i bando de buen gobierno publicado despues del cuatro de setiembre contra los antipatriotas.
  10. Nombra por sus diputados para estas peticion es al procurador de ciudad don Anselmo Cruz, al rejidor don Antonio Hermida, don José Manuel Astorga i el padre frai Domingo Jara.
  11. Que habiendo concurrido un vecindario que con dificultad cabia en el patio, altos i salas del cabildo, no pudiendo firmar este acto por la premura del tiempo, han deliberado todos los puntos acordados ante el M.I. ayuntamiento, que se formó en el centro del concurso, i pidieron que, para suplir esta solemnidad, firmasen los capitulares, i a continuacion, como representantes del pueblo, don Antonio María de la Sota, don José Antonio Campino, don Ramon Formas, don Gaspar Romero, don Francisco Caldera i don Agustin Gana, autorizándolo el escribano de cabildo; que los mismos diputados nombrados para firmar den cuenta inmediatamente de lo acordado a los caballeros Carreras, asociados con un capitular i un diputado de los del pueblo. —Domingo José de Toro. —José Joaquin Rodriguez. —Pedro José de Prado Jara-Quemada. —Marcelino Cañas. —Santiago Muñoz. —Juan Rafael Bascuñan. —Nicolas Matorras. —Pedro José Gonzalez. —Tomas Vicuña. —Matías de Mujica. —José Antonio Huici. —Doctor Timoteo Bustamante. —Antonio María de la Sota. —José Antonio Campino. —Ramon Formas. —Agustin de Gana. —Gaspar Romero. —Francisco Caldera.

Ante mí. —José Ignacio Zenteno, escribano público i de cabildo.