valor, de que se pondrá constancia en este espediente; que insistiendo empeñosamente el capitan de la Fama hacerse a la vela, aun sin carga, a pesar de las reflexiones que se le han hecho sobre los peligros a que se espone con los corsarios de Lima, se le concede la licencia que solicita para su regreso, sin llevar el cargamento de los trigos; i que, para satisfacer al señor presidente rejente de Portugal, de cuyos vasallos es la fragata Fama, al excelentísimo lord Stranford, embajador de S.M.B. en el Brasil, que recomendó la espedicion, i a todas las naciones estranjeras, de la justicia i prudente conducta del gobierno de Chile en sus citados procedimientos, se imprima el correspondiente manifiesto, dirijiéndolo con oficios al señor príncipe rejente i excelentísimo embajador, se circule a los jefes a quienes corresponda el presente acuerdo, i se ponga en El Monitor Araucano. I lo firmaron los señores concurrentes. —Francisco Antonio Perez. —José Miguel Infante. —Agustin Eizaguirre. —Camilo Henriquez. —Manuel Antonio Araos. —Joaquin de Echeverria. —Francisco Ruiz Tagle. —José María Guzman. — Joaquin de Trucíos. —Ignacio Valdes. —Nicolas Matorras i San Martin. —Isidoro de Errázuris. —Antonio de la Hermida. —Antonio José de Irisarri. —Anselmo de la Cruz.
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