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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo I (1810-1814).djvu/320

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SENADO DEL AÑO 1812

ministros de la relijion; i para ello se crean, una cátedra de dogma, moral e historia eclesiastica, i otra de sagrada escritura.

La primera comenzara por lugares teolójicos, que han de leerse por don Toribio Rodriguez o por el Lugdunense, en que absolverán seis meses; seguira la dogmática i moral, por el compendio de Benti o el ilustrísimo Geneto, que conluirán en dos años; con una leccion i paso diario de historia eclesiástica por Ducreux.

La de Escritura durara un año que, sobre las nociones de libros sagrados en jeneral i tratados particulares, en los lugares teolójicos, dogmático i moral es suficiente para elementar con solidez este primer estudio del eclesiástico. Proponiéndose un capítulo por mañana i tarde, que se esplicará por Duamel, i continuando al mismo tiempo el estudio de la historia del antiguo i nuevo testamento, para lo que servirán los discursos cronolójicos del célebre César Calino.

En un pais libre, i bajo un sistema popular, la elocuencia sostiene las decisiones del gobierno, i dirije la opinion pública. Todos los alumnos, a escepcion de los gramaticos, se ejercitaran en ella por todo el tiempo de sus profesiones; para lo que se crea una catedra, que ejercerá un dia de cada semana (30), a la hora ménos complicada, i se dividirá en tres clases: doctrinal, oratoria i panejírica. Cuatro meses del año se destinan a la doctrinal, seis a la oratoria i dos a la panejírica.

Comenzará la clase esplicando las bellezas de alguno o algunos libros, que se tomarán como modelo en la respectiva elocuencia; en seguida esplicará el catedrático lo que estime mas ventajoso sobre aquel objeto; i concluid con una pieza de la respectiva elocuencia, que pronunciará un estudiante. Cada semana habrá dos en ejercicio, uno que forme la crítica de la parte del libro que se le señale, i otro que pronuncie el discurso. Los ejercicios se han de señalar desde el primer dia que se abra el curso de cada elocuencia; i siendo muchos los estudiantes, es probable que al año solo toque a cada uno de ellos uno o dos ejercicios, por lo que en nada le es gravoso para el estudio de sus facultades.

Los objetos para el ejercicio de la elocuencia doctrinal, seran precisamente los artículos de la Constitucion; i faltando ésta, los decretos político económicos del gobierno, los deberes sociales, i todo lo que pertenece al estado relijioso, político, social i moral del hombre contraido al jénero instructivo. En el segundo curso deben ejercitarse en las materias estadísticas i de público interes, en los grandes sucesos del estado, i en la historia patria, pero especialmente en la oratoria sagrada: todo conforme al jénero de elocuencia oratoria. I en el tercero se formarán los elojios de las virtudes relijiosas, de los santos, i de los grandes hombres de la patria.

Sin profesores del derecho no hai buena administracion, ni pueden formarse aquéllos sin las lecciones del natural que, aunque cincelado sobre el corazon del hombre, tiene leyes precisas e inmutables, de donde se derivan las de jentes i patrias. Estas deducciones, para ser exactas, suponen el conocimiento de los resortes del corazon, que enseña la ética o filosofía natural; i los deberes i derechos del hombre en sociedad, que dicta la economía política. Por eso se establece la cátedra del derecho natural i de jentes, que ha de dictarse por Heineccio; con lecciones de economía política por Genovesi, Sunid i Say; i absolverá su curso en dos años (31).

Así preparado el jurisconsulto, i prévio un tratado histórico compendiado de las épocas, majistraturas i progresos del derecho romano, estudiará brevemente las instituciones de Justiniano (32), en su letra, con solo la esposicion de: catedrático, que ha de absolver en seis meses. Continuará el derecho real i canónico: el primero por la instituta de Castilla, i el compendio de las leyes de partida por Viscaino, i el segundo, por el obispo Ananiense o el Selbagio, para lo que se sitúa la cátedra de derecho civil, real i canónico, que ha de absolver cada curso en dos años (33).

Bajo de estos principios pasará el abogado a la práctica, en que solo tendrá que aprender el órden de los juicios i las fórmulas del Toro, a que es mui bastante un año. I a él quedara reducida la práctica del tribunal, sirviéndole para el completo de los cuatro antes prevenidos, los empleados tambien, en parte del estudio del derecho natural, ética i economía política, i en el de derecho civil, patrio i canónico. Los actuales practicantes no serán recibidos al ejercicio forense sin cursar i ser aprobados en estos estudios.

El país ménos civilizado ha conocido la necesidad de la cirujía i medicina; pero aun los mas cultos se resienten de los efectos funestos que producen los malos profesores en estas facultades de vida i muerte. Es mejor no tenerlos, decia un médico sabio, que sufrir los ignorantes. Para mejorar los nuestros, se establece desde luego una cátedra que enseñe la patolojía, clínica i materia médica; pero luego que se aumenten los alumnos se dividirá en dos, la una de patolojía i materia médica, i la otra de clínica, para cuyos cursos se han de elementar préviamente en la química, botánica, anatomía i fisiolojia (33).

En las cátedras de química i botánica, que tambien se crean, emplearán un año, frecuentando por la mañana la una, i la otra en la tarde. En anatomía i fisiolojía doce meses sucesivamente; igual tiempo en patolojía i medicina teórica; i en la práctica o clínica dos años.

La medicina teórica se cursará al mismo tiempo que la práctica, i se hará el estudio de química por Chaptal o Tourcroy; de botánica por Linneo, o los elementos de Ortega, a que se preferirán los de Cabanilla; de anatomía por Lopez, o los resúmenes de Bonnels i Lacaba; de fisiolojía por el compendio de Alberto Haller, o Richerand; de patolojía por Boherave; i de clínica i materia médica por Cullen.