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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo VIII (1823).djvu/100

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SESION DE 27 DE AGOSTO DE 1823

dirijiéndolo todo al de Hacienda, a quien corresponde aprontar los caudales necesarios i disponer la compra de los artículos que son precisos; solo resta que logre el efecto de sus reiteradas, activas providencias para la recluta con que deben completarse los cuerpos existentes en esta República i los que se hallan en el Perú.

La falta de numerario, segun entiende este Ministerio, es la que lo entorpece todo. La fragata Lautaro debió haber zarpado para Talcahuano con el objeto de conducir quinientos reclutas; pero no se ha verificado porque es preciso pagar ántes la tripulacion de este buque, i hacer la compra de víveres para su manutencion durante el viaje.

El Director Delegado en el departamento de la Guerra reitera al Soberano Congreso las protestas de su mayor respeto, sumision i obediencia. —Santiago, Agosto 27 de 1823. —Santiago Fernández. —Al Soberano Congreso.


Núm. 168

Los documentos respectivos al empréstito de Lóndres que la respetable Comision de Hacienda de la sala del Soberano Congreso Nacional, se sirve pedirme, en su nota de 24 de éste, recibida hoi, se han remitido con esta fecha al Soberano Congreso, que los habia pedido ántes. Tengo el honor de ponerlo en la consideracion de la Comision, protestándole que me presentaré como previne, a la sala en que se reune, a las 10 de la mañana del dia 28. —Santiago, Agosto 27 de 1823.


Núm. 169

La Comision, en vista de los tratados relativos al auxilio i espedicion al Perú, que se hallan ratificados, nada tiene que informar; pero sí recomienda al Soberano Congreso prevenga al Ejecutivo la actividad que por parte del Estado de Chile debe ponerse en el apresto de la espedicion a que está obligado en virtud de los predichos tratados. —Santiago, 27 de Agosto de 1823. —Soberano Congreso.


Núm. 170

Soberano Señor:

El plan de departamentos formado por el Congreso de Plenipotenciarios i recomendado por S. E., el Supremo Director, en su mensaje, sin duda alguna debe ser una de las bases fundamentales para la formacion de la Constitucion que nos debe rejir, i que los que se formen se mediten de tal manera que no carezca alguno de puerto marítimo i boquete para la otra parte de los Andes, segun lo permita la naturaleza de cada uno.

La eleccion de los mandatarios de cada departamento, está en la política que deba hacerse por el Poder Ejecutivo a propuesta de diputados del mismo departamento, electos en toda forma, como para el Congreso, los cuales debieran ocurrir personalmente ante el citado Poder Ejecutivo, debiendo ser precisamente aprobado al cabo, alguno de tres a que puedan estenderse las propuestas i en un perentorio término.

Los delegados tambien debieran elejirse por cinco individuos a satisfaccion pública del lugar a quien pertenezcan en consorcio del Gobernador-Intendente o mandatario del departamento respectivo, el que tambien al cabo debiera aprobar alguno de los tres; i verificada el acta por ámbos i firmada por un secretario, debiera a continuacion remitirse al espresado Poder Ejecutivo para su aprobacion; de este modo se ahorrarian infinitas discordias que manan continuamente de estos casos i habrian concurrido a la eleccion todas las autoridades respectivas. —Santiago, Agosto 27 de 1823. —Jacinto Urrutia.


Núm. 171

Señor:

Cuando los ardientes deseos de la libertad de mi país me inducen a demostrar a Vuestra Soberanía el estado actual de la guerra del Perú, me creo haber llenado los deberes de un ciudadano, de un jeneral i Presidente del departamento de Arequipa, deque me hallo encargado. Por las comunicaciones de ese Supremo Gobierno remitidas al señor jeneral Santa Cruz, que yo recibí en la villa de Tacna i de las que me impuse por la ausencia de dicho jeneral, veo que la respetable República que representa Vuestra Soberanía medita volvernos segunda vez a mandar sus bravos hijos en defensa del suelo de los Incas. Gloríese, pues, Chile feliz de haber concurrido a esta obra de honor inmortal, aun despues de la consumacion de los siglos, i quiera Vuestra Soberanía tener la mayor parte en esta empresa. El tiempo i las circunstancias están de acuerdo en la brevedad con que esos campeones deben volar a sepultar a los tiranos de la España i de los asesinos de Moquegua. Cada momento, Señor, que se le da de tregua a su existencia, refluye en la desolacion mas criminal que intentan de nuestros pueblos. Acompaño a Vuestra Soberanía con el mayor respeto la adjunta copia, i por ella verá Vuestra Soberanía las medidas de horror i crueldad que nuestros injustos enemigos dictan por planes adoptivos de precaucion. En manos de Vuestra Soberanía está el que se realice tan pronto como se desea la espedicion. El número de tropas que venga por lo mas pron