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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo VIII (1823).djvu/167

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CONGRESO CONSTITUYENTE

dministradores de la Aduana Jeneral, no solamente se condenará a una perpétua incultura a aquella partícula de los dominios del Estado, mas aun, no se poblará i ni cultivará terreno alguno. I entónces, so pretesto de quitar todo auxilio a sus enemigos, despójase uno a sí mismo de su propia subsistencia.

Relativamente a la segunda parte del informe de los señores administradores de la Aduana Jeneral, téngase presente que solo un establecimiento de industria rural i de beneficio de algunas producciones marítimas, es el que se trata de formar en la mencionada isla i no depósito alguno o escala de comercio. A mas de esto, el estado de barbarie de los habitantes de la parte del continente correspondiente a aquella isla, no admite la suposicion de ningun lucroso contrabando i ¿quién se arriesgaria introduciendo intereses de alguna consideracion en medio de aquellos indómitos habitantes? ¿I para dónde internar entónces las mercaderías?

En Concepcion i en Valdivia hai guardias de Aduanas. En los demas puntos de las dilatadas costas de Chile no se presenta al que habite en la Mocha facilidad alguna para hacer en ellas el contrabando que no tenga igualmente toda embarcacion que la frecuente, proceda de donde procediere. En cuanto a los productos de industria rural, en buena lejislacion, mui poco o nada son los impuestos que adeudan. Así la aprehension de los señores administradores de la Aduana acerca del contrabando es del todo ilusoria, i observaremos que, aun cuando no lo fuera, no podria nunca ser un motivo suficiente para dejar inculta aquella isla, al paso que tome allí incremento un establecimiento. Nuestra lejislacion comercial se ha de mejorar i debe esperarse luego el tiempo en que a su infraccion se oponga el castigo.

De consiguiente, se deduce de nuestra relacion que no se puede sin confundir suposiciones especiosas con el interes nacional, admitir que la formacion de un establecimiento rural i de beneficio de algunas producciones marítimas en esa isla, pueda de ningun modo ser perjudicial al país i pueda atraerle consecuencias funestas i reducir a la miseria i nulidad tanto sus rentas públicas como su mismo comercio.

Así es que las razones con que se ha querido presentar como el mas árduo un asunto de tan poca importancia, a no ser jeneralizado e inspirar recelos sobre sus resultados, pintando nuestro proyecto que pudiera ser peligroso i contrario al bien del Estado, son totalmente incompatibles con todo principio de economía política i de benéfica administracion. I ellas no pueden ni deben suspender un momento una determinacion del Superior Gobierno, sobre este primer paso relativo a una medida que reclama tan imperiosamente el interes nacional, es decir, transformar posesiones yermas i terrenos baldíos en campos productivos. En esta virtud, no hai ni puede haber motivo válido que se oponga al otorgamiento de nuestra solicitud, mediante a que quedamos sometidos a los cargos que establezcan las leyes que en lo sucesivo dicte la superioridad, convenientes a la cesion de los demas dominios del Estado; así como debemos gozar de las ventajas.

Cuando nuestras instituciones principian a tomar la forma i el impulso debido i a presentarse dignas de un pueblo libre, grande i jeneroso; cuando la marcha de nuestra revolucion se manifiesta a los defensores de la libertad bajo aspecto mas halagüeño; cuando el indefectible i próximo reconocimiento de nuestra independencia presajia a Chile un rápido engrandecimiento, no es posible que su Soberanía se abandone a infundados temores, contemplando i calculando, a modo de la antigua doctrina bureocrática, sucesos cuyos resultados son totalmente imajinarios. I así debemos esperar que, desechando este sistema, no paralizará las medidas saludables que presenten a la Nacion fundadas esperanzas de prosperidad.

Sin intentar ofrecer en este resúmen una enumeracion detallada de las ventajas que pueden resarcir al Estado, de la cesion i reparticion de sus posesiones i particularmente de las yermas e incultas, pues el feliz éxito que ha tenido esta medida practicada jeneralmente en todos los estados actualmente nacientes, habla en favor de sus resultados mejor que las mas elocuentes palabras, no obstante no dejaremos de observar que Buenos Aires, aquel vecino cuyas sábias instituciones actuales admiran con razon a los demas pueblos, ha adoptado recientemente el sistema colonial de los pobladores del Canadá, Estados Unidos de Norte América, Colombia, Brasil, etc., i llamando con premios i honores i aun mandando traer a su costa estranjeros para poblar sus terrenos de Patagonia i de las pampas al sur del Salado.

Repartiendo el Estado sus posesiones nacionales, i de este modo sustrayéndolas al poder de una administracion que no puede de por sí cuidar de su mejora, para entregarlas a manos interesadas a su adelantamiento, aumentará en breve tiempo en una progresion rápida el número de sus habitantes, i no como ha sucedido hasta hoi dia, solamente con los estranjeros que el comercio llame a nuestras costas, mas aun con los que excitados con las ventajas que concede el Gobierno, se dejen llevar con la lisonjera esperanza de mejorar su suerte por su industria i trabajo. Recibirá la poblacion indíjena mayor incremento, adquiriendo una aplicacion mas constante al trabajo, cuyos efectos le proporcionará una existencia mas cómoda i ménos precaria i la mejora de sus costumbres. Verá Chile entónces a su industria agricultora, que por desgracia se halla en atraso, que a todos es notorio, marchar bajo nuevos principios i bajo un sistema que solo con los modelos i utilidades palpables de los estranjeros puede progresar i salir del abatimiento en que