con la escasez de hombres útiles, de que no es posible privar al Ejecutivo sin comprometer el Estado; por eso opina la Comision que se prohiba a los diputados solicitar directa ni indirectamente, so pena de inhabilitarse para obtener todo destino público; pero que no sea prohibido admitir si el Ínteres público los llama a los destinos.
El Congreso Soberano es Constituyente i dejaría de serlo si ántes de constituir al Estado se disolviese; por lo que opina la Comision que, no pudiendo ni aun conviniendo fijar el término en que debe hacerlo, declare Vuestra Soberanía, que dura su reunion hasta que concluya e implante la Constitucion Política del Estado, el nuevo plan de Hacienda i los de Justicia, Guerra i Marina.
Los resultados tristes que sufrió la Francia, España i Carácas en sus primeras épocas se atribuyen por los políticos mas juiciosos a la disolucion estemporánea de la Asamblea Constituyente, Cortes Extraordinaria de Cádiz i primer Congreso de Santa Fe.
Como se reúne por la primera vez la Representacion Nacional, libre i legalmente, i es a la que compete privativamente decidir la dependencia o independencia del Estado, opina la Comision que al Soberano Congreso compete ratificar solemnemente la que de hecho goza i sostiene gloriosamente Chile, haciéndose el dieziocho del presente Setiembre, en que se proclamó por la primera vez. —Santiago, 10 de Setiembre de 1823. —Juan Egaña. —Agustin de Vial.
Núm. 304
Relacion de los espedientes mandados a las comisiones | ||||
Comision de Constitucion | ||||
AGOSTO | ||||
El 25. | |
Se le pasó una solicitud del Provincial de San Francisco en que pide sufrajio. (Mandado reservar para la Constitucion.) | 1 | |
26. | La mocion del señor Cortés, sobre que los Tenientes-Gobernadores sean elejidos por sus respectivos pueblos i provincias. (Para la Constitucion). | 1 | ||
27. | Otra hecha por el señor Urrutia, sobre que la eleccion de los mandatarios de cada departamento debe hacerse por el Poder Ejecutivo a propuesta del diputado del mismo partido, i se le acompañó el acta orgánica orijinal | 1 | ||
SETIEMBRE | ||||
El I° | El proyecto de lei pasado por el señor de Fontecilla. (Despachado) | 1 | ||
Total | 4 | |||
Comision de Gobierno, Alta Policía i Relaciones Esteriores | ||||
AGOSTO | ||||
El 25. | Dos copias legalizadas de dos trata- dos celebrados por el Gobierno de Chile con el del Perú (El uno está • todavía suspenso) | 2 | ||
SETIEMBRE | ||||
El 2. | Un proyecto o mocion de la Comision de Constitucion, acompañando dos proyectos de demarcacion, acta orgánica, i copia de lo dispuesto por el Senado Conservador en este asunto. (Se trabaja sobre él) | 1 | ||
5. | Una mocion del señor García, pidiendo declaratoria de un decreto del Boletín número 11. (Despachado.) | 1 | ||
8. | Un plan topográfico i mocion del señor Urrutia, sobre departamento i discurso que leyó el 5 de Setiembre (Se trabaja sobre él) | 1 | ||
Total | 5 | |||
Comision de Hacienda | ||||
AGOSTO | ||||
25. | Un espediente i documentos presentados por don Francisco Tagle correspondientes al empréstito de Lóndres. (Se trabaja sobre él) | 1 | ||
26. | Un oficio del Ministro de Hacienda en que incluye trece listas de los empleados de oficinas del Estado, reservado al plan de Hacienda. | 1 | ||
26. | Otro del Ministro de Guerra en que incluye una solicitud del Comandante i guarda almacenes de Valparaíso sobre que se le auxilie con un escribiente mandando se pase despues a la Comision Militar. (Despachado). | 1 | ||
28. | Observaciones del Ministro de Hacienda sobre las bases del plan jeneral de ingresos, reservado al plan de Hacienda | 1 | ||
28. | El dictámen de la Comision de Gobierno i Relaciones Esteriores con los tratados celebrados por el Gobierno de Chile i el del Perú sobre auxilios. (Se está evacuando). | 1 |