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SESION DE 15 DE SETIEMBRE DE 1823

(lo que nos parece fácil) sus intereses solo montarian a ciento veinte mil pesos; i señalando para la amortizacion sucesiva cien mil pesos, se logrará la total estincion de la deuda a los trece años, seis meses, diez dias.

No alcanzamos cómo pueda reducirse o minorarse la deuda sin adjudicar al crédito público un valor por lo ménos de millon i medio de pesos en bienes nacionales i nacionalizados. Este valor debe consagrarse esclusivamente a la estincion de la deuda estranjera, ya comprando obligaciones del empréstito de Lóndres, i ya recibiendo dichas obligaciones en la enajenacion de los mencionados bienes.

Estos bienes o posesiones son en realidad la única i sólida hipoteca del préstamo de Lóndres. Son los únicos enajenables, tienen un valor real, i no están, como el producto de diezmos, dedicados a otros usos de indispensable necesidad. A ellos ha de recurrirse al fin; mas, si no se hace pronto, es preciso resignarse i aguardar con los brazos cruzados, como miserables imbéciles, las funestas consecuencias. Los marineros del buque en que naufragó Telémaco, en vez de mostrar en el peligro un ánimo esforzado, gastaron el tiempo en sollozos e inútiles plegarias, i se sumerjieron en el mar lanzando un clamor miserable pero sin fruto.

Pensamos del mismo modo respecto a los seiscientos mil pesos, único resto del empréstito de Lóndres. Si no se traen con prontitud i se emplean del modo mas productivo i mas conveniente a la prosperidad i riqueza pública, es necesario renunciar a toda esperanza i contemplar con la tranquilidad de un insensato la mendicidad estrema que de todos lados amenaza al país.

Digamos algo, de la deuda interior, que asciende a dos millones de pesos.

Si esta deuda ha de constituirse o consolidarse, (como ademas del bien público bien entendido, exije la justicia i la humanidad) puede señalársele un interes de un 4 por ciento, lo que da una suma de ochenta mil pesos. Destinando para su amortizacion gradual veinte mil pesos anuales, resulta un total de cien mil pesos anuales de amortizacion e intereses.

Se estamparán, pues, en el gran libro de inscripciones que debe establecerse, dos millones de pesos, lo que equivale a crear dos millones de fondos públicos o de riqueza artificial.

A cada uno de los acreedores se le devolverán sus documentos, i se la dará un título de reconocimiento de su deuda o de su capital respectivo consolidado, que lo representa íntegramente i puede enajenarse i beneficiarse, lo mismo que se negocian los pagarés o los haré buenos de las casas de comercio acreditadas. Estos pagarés o, como se llaman comunmente, fondos públicos, suben i bajan de precio en la plaza, como sucede con todos los efectos comerciables. Se compran a este precio; i es lo que se llama comprar frutos públicos u obligaciones ad valorem. El Gobierno, cuando por un movimiento de humanidad quiere elevar sordamente el precio de los fondos públicos, (en lo que consulta el bien del Estado i los inte reses del Fisco) compra por medio de ajentes secretos ad valorem, una cantidad de dichos fondos públicos. Supongamos que estos fondos se estén vendiendo al treinta (como vimos suceder en Buenos Aires en los principios de su crédito,) entónces el Gobierno con solo mil pesos compra i, si quiere, amortiza tres mil trescientos pesos, en lo cual gana dos mil trescientos pesos, i hace un gran servicio al público. Los fondos públicos, como son una especie comercial, suben de precio con la demanda o a proporcion que se buscan; i tambien por cierto tiempo permanecen estacionarios.

Lo que hace el Gobierno, lo hacen los particulares por especulacion, i tambien cuando quieren asegurarse una renta ventajosamente, contando, como debe ser, con la fidelidad i probidad del Gobierno. Suponiendo a un treinta el curso de los fondos del 4 por ciento, puede un particular asegurarse seiscientos pesos anuales, empleando en dichos fondos 4,545 pesos 3 reales.

Otro modo ventajoso tiene el Gobierno para levantar i sostener el curso de los fondos, i es admitiéndolos ad valorem en la enajenacion de algunos bienes nacionales. Los asignados de la Revolucion, que habian causado tantos daños, vinieron a producir inmensos servicios a la Francia, admitiéndolos en la enajenacion de propiedades nacionales, dando así un movimiento rápido a la produccion.

Solo haciéndonos cargo de los apuros actuales del tesoro, i mas por acceder a las ideas comunes, i teniendo en consideracion la mortal lenti tud e imperfeccion que siempre acompaña nuestras cosas, asignamos a la deuda interior un interes de cuatro, i no el de seis por ciento. Efectivamente, es cosa demostrada que en los empréstitos i deudas bajo el sistema de amortizacion sucesiva, el mayor o menor interes es una cosa casi indiferente, con tal que la cantidad asignada para la amortizacion sea en ámbos casos la misma. La razon de este fenómeno es que una deuda amortizable equivale rigorosamente al sistema de interes compuesto, i que, con un mismo fondo de amortizacion, una deuda que gane un seis por ciento, se estingue o amortiza en mucho ménos tiempo que si ganase un cinco por ciento; i la celeridad del reembolso compensa el exceso del interes.

Por lo espuesto e indicado hasta aquí aunque tan lijeramente, se formará alguna idea de lo útil que será al país la consolidacion de la deuda interior. Ella da nacimiento a un capital artificial, que hace todas las veces de una riqueza efectiva. Ella enriquece al pueblo, aumenta la produccion i la circulacion; i éstas son las fuentes de la riqueza del Fisco. Los intereses de esta deuda salen del pueblo i vuelven al pueblo para dar mas