SESION 3.ª EN 14 DE AGOSTO DE 1823
Presidencia de Don Juan Egaña
SUMARIO. —Cuenta. —Aprobacion del acta anterior. —Rechazo de la renuncia del Director Supremo i aprobacion de la delegacion del poder. —Discusión de un proyecto de reglamento de sala. —Acta. —Anexos.
CUENTA
Se da cuenta:
- De un oficio en que el Supremo Director insiste en la renuncia del poder que aceptó provisoriamente. (Anexo núm. 22. V. sesion del 13.)
- De un reglamento que el señor Presidente del Congreso ha dictado con el objeto de arreglar el servicio de secretaría. (Anexo núm. 23. V. sesiones del 26 de Abril i del 15 de Agosto de 1823.)
- De un oficio en que el señor Ministro Plenipotenciario del Perú tributa a la Representación Nacional los agradecimientos de aquel Estado i pide nuevos auxilios para afianzar su independencia. (Anexo núm. 24. V. sesiones del 21 de Abril, del 13 i del 15 de Junio, del 15, del 26 i del 27 de Agosto de 1823 i del 30 de junio de 1824.)
ACUERDOS
Se acuerda:
- No aceptar la renuncia que el Excmo. Teniente Jeneral, don Ramón Freire, hace del cargo de Director Supremo i pedirle que regrese a reasumirlo. (Anexos núms. 25 i 26. V. sesiones del 13 i del 15.)
- Empezar a formar un reglamento de sala, dejando para otras sesiones su terminacion. (V. sesion del 15 de Agosto de 1823.)
ACTA
En la ciudad de Santiago de Chile, a catorce dias del mes de Agosto de mil ochocientos veintitres años, estando reunidos los señores ▼diputados que componen el ▼Congreso, se abrió la sesion con la lectura del acta de su instalacion, la que habiéndose suscrito por los señores diputados, se procedió a la de la nota del Supremo Director en que insiste en la renuncia del mando supremo, i hace presente que, siéndole necesario marchar al campo, dejaba delegada la dirección momentánea de la República en los Ministros de Estado. Tomado en consideracion uno i otro punto i discutido suficientemente, se acordó, por unanimidad, que no se debia admitir la renuncia hecha, i que en el momento se mandase en su alcance un coronel i un ayudante con oficio del Congreso, anunciándole que no se le admitía la renuncia verificada con reiteración, que debia regresar a ésta o sus inmediaciones i que era de