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SESION DE 19 DE DICIEMBRE DE 1829

ciembre 19 de 1823. —Ramon Freire. —Mariano de Egaña. —Al Soberano Congreso.


Núm. 970

Soberano Señor:

Habiendo recibido del Gobierno de Méjico comunicaciones en que me manifiesta sus deseos de estrechar las relaciones de amistad i comercio entre ámbos Estados, i al mismo tiempo persuadidos de las ventajas que sacaria el comercio de resultas de tener un cónsul residente en alguno de los puertos de Guatemala,especialmente cuando este destino no seria gravoso al Estado, atendiendo a que un sujeto de honor i prendas se ofrece a servirlo sin honorario alguno, someto esta propuesta al Soberano Congreso para que si no tuviere alguna dificultad que esponer, acuerde se pasen los correspondientes diplomas a favor del interesado i digno patriota que los solicita.

El Director Supremo reproduce al Soberano Congreso su respetuosa consideracion. —Palacio Directorial, Santiago, Diciembre 19 de 1823. —Ramon Freire. —Mariano de Egaña. —Al Soberano Congreso.


Núm. 971[1]

Soberano Señor:

El Supremo Director tiene a bien consultar al Soberano Congreso si contiene o no equivocacion el reglamento de abastos, aprobado por la Soberanía en el artículo 3.º del título de panaderos, que dice: "No se podrá amasar pan de mayor número que el de seis por medio real, i éstos marcados con el número correspondiente a la panadería." El Director espera del Soberano Congreso la mas pronta contestacion para disponer su cumplimiento, repitiéndole las protestas de su alta consideracion i respeto.Palacio Directorial, Santiago, Diciembre 15 de 1823. —Ramon Freire. —Mariano de Egaña. —Al Soberano Congreso.


Secretaria del Congreso, Santiago, Diciembre 7 de 1823. —Dése cuenta en la sesion del 19. —(Hai una rúbrica.) —Doctor Ocampo.


Núm. 972[2]

Piden se derogue el artículo 4.º del reglamento de abastos, i que en el entretanto se suspenda inmediatamente la ejecucion del citado artículo, nunca observado i que solo hoi se trata de ejecutar; se suplica al mismo tiempo a la Sala tome en consideracion los fundamentos en esta solicitud espuestos.

Señores Representantes Nacionales:

Si el estado actual de nuestra amada Patria arranca lágrimas abundantes aun de los ojos mas indiferentes, el de las fortunas particulares conduce imperiosamente a la irritacion i desesperacion. Despues de inmensos sacrificios hechos, despues de tanta sangre derramada i despues de haber corrido un vasto campo de precipicios i todo por alcanzar la suspirada libertad i felicidad social, aun nos hallamos cubiertos con el lúgubre manto de opresion i miseria. Sin leyes fijas, sin industrias, sin comercio, agobiados con pechos i estancos, finalmente faltos de medio para subsistir, no parece sino que estamos condenados o a morir o a vivir siempre infelices.

Entre angustias tales, i en condicion tan penosa ya desesperaríamos del todo i miraríamos en libertad i felicidad solo dos palabras insignificantes, dos sombras esterminadoras del jénero humano, si el presente Congreso no alentara nuestro espíritu abatido e inspirara un dulce consuelo. Sí, señor, cada uno de nosotros i todo ciudadano ilustrado espera de esta reunion su libertad, el remedio de los males públicos, i privados, la seguridad i felicidad.

Esta lisonjera idea, el conocimiento de las virtudes cívicas de los diputados i la íntima persuacion de que nuestra querella será inmediatamente atendida, nos envalentona para hacer oir ante este respetable Cuerpo nuestra débil i apagada voz.

La escasez de nuestras facultades, nos hace buscar la subsistencia en el penoso trabajo de los renglones menudos de diario consumo, i este único ejercicio por diversos modos se nos va quitando. Ya desde el año pasado la carestía del trigo, charqui, grasa etc., empezó a reducir nuestro jiro a una miseria espantosa, i el estanco de tabacos, licores i naipes a minorar el consumo de otras especies, al paso que nos priva del lucro que esos artículos proporcionaban a todos sin excepcion de personas. Deteriorado así el jiro, tuvimos una mitad ménos de utilidades, i de ellas se llevó una parte el alcabalero que, sin piedad ni atencion a circunstancia alguna, cobra cierta cantidad de todo meson aun el mas pequeño. Aflijidos, sin recursos i sin hallar como oponernos a nuestra desgraciada suerte, sufrimos como pudimos la ruina de nuestros cortos haberes en su mayor parte; pero, como tras un mal preciso es venga otro, se imajinó entonces para consumirnos mas, la contribucion de paten

  1. Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Varios, tomo III, pájina 86, del archivo del Ministerio del Interior. (Nota del Recopilador.)
  2. No sabemos cuandO se presentó esta solicitud al Congreso. La incluimos aquí por tratarse en ella del reglamento de abastos en la parte relativa a los panaderos. (Nota del Recopilador)