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SESION DE 26 DE AGOSTO DE 1823

Se dió cuenta de los poderes del suplente por el Huasco frai Antonino Gutiérrez i se ordenó pasasen a la Comision de Poderes.

Se informó por secretaria de la peticion del administrador de la casa de ejercicios de Peumo sobre devolucion, de veinticinco cuadras de terreno, i se dispuso ocurra a los Tribunales de Justicia.

Se informó igualmente de una peticion de doña Josefa Ramírez i Arellano, en la que, como esposa de don Pedro Fernández Niño, que falleció de proveedor en el ejército libertador del Perú, pide se le declare el montepío. Se acordó se recomiende al Gobierno su pronto despacho.

Se leyó el informe de la Comision de Beneficencia Pública sobre traslacion de hospitales, i autorizacion al Gobierno para enajenar una propiedad nacional con aquel objeto, i se reservó para la sesion siguiente.

Despues se entró a tratar la mocion pendiente del señor Vial del Rio, que dice: "Toda mocion que tienda directamente a beneficio particular, no se admita a discusion, ínterin el Congreso no haya constituido el Gobierno en todas sus relaciones i dependencias;" i se preguntó por el señor Presidente si debia ser admitida a discusion o nó, i sentada la proposicion, si el Congreso quedaba en el uso de sus facultades ordinarias i legales, o se hacia la restriccion puesta por el señor Vial del Rio, se resolvió que siempre quedaba investido con aquéllas.

Se leyó otra mocion del mismo señor, que dice: "Estando el archipiélago de Chiloé, parte integrante de Chile, ocupado por los españoles, i por lo mismo sin libertad para nombrar diputado para el Soberano Congreso, debe nombrársele por el mismo Congreso un diputado suplente.

Se mandó reservar para la sesion siguiente:

En este estado entró a la sala el Señor Supremo Delegado en el departamento de Gobierno i espuso por escrito una iniciativa para que por medios conciliatorios, se terminasen las diferencias que existian entre los señores Riva-Agüero i marqués Torre-Tagle. El señor Presidente hizo igual mocion, añadiendo que se anunciase al Plenipotenciario del Perú, que, a pesar de que se activaba la espedicion, ésta se restituiria a Chile si no encontraba unidad en el Gobierno. La sala convino en la mision del enviado, i se reservó tratar en la sesion siguiente sobre los demás puntos que abraza la iniciativa i mocion del señor Presidente.

Se dió cuenta del proyecto de lei presentado por la Comision de Justicia i sobre los montepíos militares i ésta informó verbalmente. Leyóse la vista fiscal del espediente a que se refiere aquélla i despues de algunas discusiones se pidió por varios señores diputados que, conforme al reglamento, se reservase la resolucion para otra sesion, declarándose ésta por primera.

En seguida informó verbalmente la misma sobre el indulto solicitado por don Diego Barrera, i tomado en consideracion su dictámen, se resolvió se le hiciese alguna gracia, i pasándose a designar cuál debia ser ésta, se acordó se le rebajase la tercera parte de la pena juzgada.

Se anunciaron los asuntos que quedaban por tratarse en la sesion siguiente, i se levantó la presente a las diez i media de la noche. —Juan Egaña, Presidente. —Doctor Gabriel Ocampo, secretario.



Proyecto de acuerdo sobre las solicitudes particulares

Se pone en discusion la proposicion del señor Vial del Rio, que dice:

"Toda mocion que tienda directamente a beneficio particular no se admita a discusion ínterin el Congreso no haya constituido el Gobierno en todas sus relaciones i dependencias."

El señor Vial del Rio (diputado por Cauquénes), esplana su proposicion i la funda en la preferencia que se debe a la Constitucion sobre todo negocio, i al embarazo que deben ocasionar las jestiones particulares cuyos ajentes son tanto mas activos cuanto lo es el interes particular con relacion al interes público.

El señor Argomedo (diputado por Colchagua), espone que hai negocios tan ejecutivos que no permiten igual demora i son igualmente del resorte de la lejislatura; porque los despojos i las violencias contra lei por el majistrado de cuyos actos no se pudiera actualmente apelar serian mas graves con la dilacion, i a una madre que implorara la vida de su hijo nada importaria la declaracion de inocente despues que un atropellamiento lo arrebatase de su seno i de la vida; que, por consiguiente deben reservarse al juicio del Congreso los casos de admision, i no aprobarse la proposicion en los términos esclusivos en que se ha formulado.

El señor Salas (diputado por Santiago), propone el temperamento adoptado en otros Congresos, de designar dias para tratar de negocios particulares, empleando los demás precisamente en la discusion del proyecto de Constitucion.

El señor Irarrázaval (diputado por Combarbalá), dice: las proposiciones jenerales ni son fáciles de ver en todas sus relaciones, ni de esplicar sin inconvenientes i confusion. Para evitar éstos, conviene dividir las solicitudes en tres clases: unas son de gracia, i competen al Ejecutivo; otras de aplicacion de tal o cual lei a casos particulares, que son del resorte del poder judicial; i otras que suponen una infraccion o una esplicacion de la lei, i corresponden a la lejislatura. De estas tres clases de solicitudes, opina por que se trate cuando ocurran, las ejecutivas; que no admiten demora, difiriendo las otras para despues de constituir el Gobierno.

Despues de algunas esplicaciones cambiadas