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SENADO CONSERVADOR

Con este motivo, el Director Supremo reitera al Senado Conservador los sentimientos de su alto aprecio. —Palacio Directorial, Santiago, Junio 11 de 1823. —Ramon Freire. —Mariano de Egaña.- Al Senado Conservador.


Núm. 304

Excmo. Señor:

Conformándome con lo acordado por V. E., en 3 del presente, se ofició por el Ministerio correspondiente a la comision que entiende en el empréstito de Lóndres, para que de él realizasen doscientos mil pesos i los pasasen a la Tesoreria de la Casa de Moneda, con el destino que V. E. se sirve prevenirme en su citado acuerdo. —Reitero, a V. E. las consideraciones de mi mayor respeto. —Santiago, Junio 10 de 1823. —Ramon Freire. —Por enfermedad del señor Ministro, José Raimundo del Rio. —Al Excmo. Senado Conservador.


Núm. 305

Excmo. Señor:

Segun está acordado por el reglamento orgánico, solo debe hacerse uso de los fondos del empréstito recibido de Lóndres para los costos de la espedicion al Perú; pero habiendo que observar que, para el apresto de ésta, se ha aumentado el número de tropas, costeado la traida de reclutas, vestuarios, armamento i otros útiles, todo en circunstancias de la absoluta falta de fondos fiscales en que estamos; me es indispensable proponer a V. E. que, para llenar el déficit de estos gastos, es de necesidad hacer uso de la cantidad necesaria del citado empréstito, i de no ser así tendrá V. E. a bien proporcionar otro arbitrio como es indispensable. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, 10 de Junio de 1823. —Ramon Freire. —Por enfermedad del señor Ministro, José Raimundo del Rio. —Excmo Senado Conservador,Excmo. Señor:

Evacuado por el decano del Tribunal Mayor de Cuentas el informe que V. E. se sirve prevenirme, en su honorable nota de 23 del próximo pasado, para resolver la instancia promovida por el sub-decano de dicho Tribunal, pidiendo una declaratoria sobre si el decreto de 21 de Febrero último derogó lo prevenido en el reglamento adicional a la ordenanza de intendentes con respecto a dicho Tribunal, tengo el honor de devolverlo a V. E , protestándole mi mayor consideracion i aprecio. Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, Junio 10 de 1823. —Ramon Freire. —Por enfermedad del señor Ministro, José Raimundo del Rio. —Excmo. Senado Conservador.


Núm. 307

Excmo. Señor:

El contador sub-decano del Tribunal de Cuentas encargado del departamento de aduanas, pide la declaratoria que solicita la Aduana Jeneral en su nota que trascribe, respectiva al modo de verificar las redenciones i el cuánto debe cobrarse de derechos en las imposiciones de censos.

Sírvase V. E. esclarecerlo, a cuyo efecto acompaño orijinal la consulta referida. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, 9 de Junio de 1823. —Ramon Freire. —Por enfermedad del señor Ministro, José Raimundo del Rio. —Al Excmo. Senado Conservador.


Núm. 308

Excmo. Señor:

Desde que este Tribunal de Cuentas se dividió en dos departamentos, cada uno de sus ministros ha decidido i fenecido por sí solo las cuentas de su atinjencia. El Tribunal ha sido uno en el nombre, pero dos en la realidad bajo una misma oficina. Cosa verdaderamente escandalosa e inaudita. El que habla no ha omitido paso para evitar semejante desórden, i cuando ya divisaba el remedio, se estinguió el anterior Senado. Ese sistema destructor de la mejor administracion, es el que los jefes de aduana apoyan en sus anteriores informes. Entristece al oírlos, i siento que V. E. los haya visto, no sea que por ellos vaya a calcular el estado de la administracion de las rentas. Esfuerzan sus dictámenes sin acordarse siquiera lo poco que deben influir en la autoridad judicial, como librados a peticion i en favor de la solicitud del que les debe pagar sus cuentas.

V. E. no verá en esos informes un fundamento legal que los favorezca. Antes por el contrario los jefes de aduana olvidan aun lo que pasa por ellos mismos. Óigalo V. E.: siendo un solo ramo el que les está fiado a su cuidado, las leyes les prohiben proceder a cada uno por sí solo, i para su cumplimiento les impone la dura pero precisa traba de la responsabilidad mancomunada.

Ellos, a pesar de la reunion en el despacho, son obligados a satisfacer su conducta con la rendicion de cuentas anuales, a que debe contestar su responsabilidad.

Luego, con mucha mas razon es de necesidad