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8 ANTECEDENTES
  1. los medios de restablecer la paz del Estado.(Anexo núm. 13. V. sesiones del 29 de Mayo de 1822 i del 28 de Abril de 1823.)

Núm. 1[1]

Siendo un interes urjente de la causa pública terminar sin pérdida de instantes la convulsion inminente de la República, atajar el perjuicio que recibe el crédito esterior que se ha adquirido, i proveer con la rapidez que demanda el estado actual de su lucha por la indepedencia jeneral, he resuelto nombrar con plenos poderes (de que servirá esta comunicacion) cerca de la persona de US. i de la Junta de esa provincia, al doctor don Miguel Zañartu, esperando que su esposicion imparcial i documentada evite al país el dolor de un rompimiento escandaloso que solo será provechoso a los enemigos de la causa.

El Gobierno espera que el celo heróico de US. por el bien público, despertará al reclamo imperioso que la Patria le hace en las circunstancias actuales: ella demanda el sacrificio de nuestras pasiones, i este Gobierno protesta no tener alguna que pueda contrariar la prosperidad de la República. US., a quien este Gobierno ha abierto siempre su corazon, conoce demasiado esta verdad i no alcanza a descubrir por qué especie de prestijios puede haberse puesto en duda su buena fe. El comisionado en sus proposiciones dará a US. la garantía de que este Gobierno, elevándose sobre las prevenciones ordinarias, en nada ha mudado el concepto que siempre le ha merecido el distinguido patriotismo de US. No se crea por esto que el Director de la República procede por debilidad. US.,que siempre ha sido su fiel compañero de armas, conoce la enerjía de su corazon, i no ignora los recursos de que puede disponer. Pero volvamos la vista de este cuadro horrendo i no se marchiten las glorias de dos guerreros que siempre han trabajado acordes por el bien de la Patria. Queden los pueblos en absoluta libertad, i esperemos que sus bendiciones honren nuestra memoria cuando haya pasado la fermentacion de sus pasiones. —Dios guarde a US. muchos años.—Santiago, Enero 26 de 1823. —Bernardo O'Higgins. —Señor Mariscal de Campo, Jeneral en jefe de las tropas del Sur i Gobernador-Intendente de la provincia de Concepcion.


Núm. 2[2]

Habiéndose congregado las autoridades i el pueblo de esta capital el dia de ayer para acordar con el Supremo Director lo mas conveniente a la tranquilidad pública, se terminó la sesion con el siguiente decreto que espidió S. E. S.

"Creyendo que en las circunstancias actuales puede contribuir a que la Patria adquiera su tranquilidad, el que yo deje el mando supremo del Estado, i habiendo acordado sobre este punto lo conveniente con el pueblo de -Santiago, único con quien podia hacerlo en la crísis presente, he venido en abdicar la Dirección Suprema de Chile i consignar su ejercicio provisorio en una Junta Gubernativa compuesta de los ciudadanos don Agustin Eyzaguirre, don José Miguel Infante i don Fernando Errázuriz, respecto a que no existe en el dia una representacion nacional ante quien yo pueda verificar mi renuncia, i la que ha de procurar reunir dicha Junta Gubernativa a la mayor brevedad; en intelijencia de que, si pasados seis meses no estuvieren transijidas las dudas que pudieran tener entre sí las provincias del Estado, cesará la Junta Gubernativa, para que el pueblo de Santiago delibere lo que hallere mas conveniente. I a fin de que ella sepa cuáles son sus atribuciones i facultades, procederá a formar un reglamento que las fije la comision que me ha propuesto el pueblo, compuesta de los ciudadanos don Juan Egaña, Dr. don Bernardo Vera i don Joaquin Campino. —Imprímase, publíquese i circúlese. —Dado en Santiago, a 28 de Enero de 1823. —Bernardo O'Higgins. —Mariano Egaña."

Inmediatamente se leyó este decreto al pueblo, i el mismo señor O'Higgins proclamó al Gobierno nuevamente electo, se desciñó la banda, que es distintivo del mando supremo en Chile, la puso en manos de los vocales, i en seguida les dió posesion del elevado cargo a que eran llamados, despues de haberles recibido el juramento de estilo.

La sesion se concluyó con el juramento de fidelidad que prestaron al nuevo Gobierno los jefes de la guarnicion. —Santiago, Enero 29 de 1823.


Núm. 3

Habiendo dimitido S. E. el Supremo Director el mando, i estando vacantes los Ministerios por renuncia de los que los obtenian, la Excma. Junta que hoi manda ha nombrado i nombra para Ministro de Estado en el departamento de Gobierno i Marina al Dr. don Mariano Egaña i para el de Hacienda i Guerra al Dr. don Agustin Vial, con todas las atribuciones i facultades que gozaban los anteriores Ministros. —Tómese razon i circúlese e imprímase. —EyzaguirreInfanteErrázuriz.



  1. Este documento ha sido trascrito de la coleccion impresa que corre bajo el rubro de Documentos intensantes a la historia de la revolucion de Chile. (Nota del Recopilador.)
  2. Este documento ha sido trascrito de la Gaceta Ministerial. (Nota del Recopilador.)