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SENADO CONSERVADOR

Núm. 105

Excmo. Señor:

Con la debida consideracion, paso a manos de V. E. los estados del préstamo de Lóndres, que, según cálculo prudencial, resultan líquidos un millon 948,968 pesos 7 ½ centavos, i aunque por el reglamento orgánico nada puede disponerse, el Gobierno cree que el espíritu de esa disposicion no ha sido prohibir o poner trabas al bien que puede resultar en razon de ese préstamo, sino conservarlo sin destruccion i si es posible aumentarlo, bajo cuyo concepto ha tenido a bien elevar a V. E. como propias de su deber, las reflexiones siguientes:

Es principio innegable que nuestra reaccion política, a larga distancia debe juzgarse como un desórden social, i de éste mismo seguramente nace la desconfianza. Resulta, por consecuencia, que el valor de nuestras obligaciones en Europa decae i se minora, i lo que en otra época valdría ciento, hoi fácilmente conseguiremos por cincuenta. A esto se agrega que los movimientos del Perú nos favorecen activamente, i es el único tiempo en que probablemente puede ganar Chile con el préstamo, dirijiéndose esta delicada operacion con el acierto debido. Una de las principales cualidades que debe tener es el sijilo, sin el cual nada se habria conseguido, pues haciéndose notorio, no resultaria desconfianza, i se obraria por razón inversa de mui distinto modo. Bajo estos principios, si a V. E. parece conveniente, puede ordenarse se amortice igual valor del que se ha prestado al Perú, o cuanto mas se pueda, de cuyo paso dimana no solo la ventaja de rebajar nuestra deuda i aumentar nuestra ganancia, sino tambien hacer a aquel Estado un cargo cierto de nuestros perjuicios; pues siendo destinada aquella suma i ésta a igual fin, deben por una misma razon producir a Chile igual ventaja.

Por otra parte, es demasiado notorio que nuestra Nacion se halla descapitalizada i falta de recursos; que si el sobrante, hechas las deducciones anteriores, se distribuye con acierto i arreglo, es claro que sus producciones i sus ventajas serán admirables i benéficas.

El proyecto de Banco es un establecimiento cuya direccion i jiro nos es desconocido i mucho mas inadecuado a nuestras circunstancias, porque para su fundacion pide por su misma naturaleza un sosten invariable i permanente que no podremos asegurarnos moralmente; mas entretanto se adelantan las reflexiones i meditaciones necesarias i el Gobierno toma conocimiento de la deuda nacional, no resulta mayor perjuicio, segun las dificultades que se presentan para realizar el préstamo del Perú, pudiendo, entretanto, reunirse el Soberano Congreso, a quien el Gobierno presentará los proyectos convenientes para que resuelva lo mas acertado. — Tengo la honra de ofrecer a V. E. mi respetuosa consideracion i aprecio. —Santiago, Abril 28 de 1823. —Ramon Freire. —Pedro Nolasco Mena. —Excelentísimo Senado.