consideracion de todo lo espuesto i a los cortos servicios que tengo labrados en obsequio del Estado i de mi Patria, suplico a la acreditada justificacion de UUSS. se dignen de elevar esta peticion a manos del Excmo. Señor Supremo Director, con el informe que de justicia hallen por conveniente, a fin de que se digne aumentar la dotacion de mi empleo a 500 pesos anuales, conforme a los del resguardo volante de esta capital, por ser iguales empleos i de una misma clase, i aun el que ejerzo de mas pension i gastos; por tanto i siendo así de justicia.
A UUSS. pido i suplico que, teniendo a bien mi justa reclamacion, se sirvan accedería i apoyarla en todas sus partes para el buen éxito de mi solicitud, por ser así de justicia; i para ello etc. —Manuel del Rio i Cruz.
Núm. 222
Adjuntamos a US. el recurso que nos ha presentado el cabo del resguardo del camino principal de cordillera del Portillo, don Manuel del Rio i Cruz, solicitando que el sueldo que disfruta de cuatrocientos pesos anuales, se le aumente hasta quinientos por las razones que alega, a fin de que US. se sirva elevarlo al conocimiento de S.E., el Supremo Director, o disponer como estime conveniente. —Dios guarde a US. muchos años. —Aduana Jeneral de Santiago, Junio 9 de 1822. —Juan Manuel Basso. —José Mariano Lafebre. —Señor Ministro de Estado en el departamento de Hacienda.
Santiago, Junio 11 de 1822. —Vuelva a los jefes de aduana para que den su dictámen. —(Hai una rúbrica). —Rodríguez.
Núm. 223
Excmo. Señor:
Enterados de la solicitud de don Manuel del Rio i Cruz, decimos: que es efectivo cuanto espone en su representacion i que son iguales las fatigas que sufren los del resguardo de cordillera con las de los del resguardo volante, siendo el servicio mas gravoso en los primeros por los gastos dobles que forzosamente han de tener, cuando parten a la cordillera, dejando en ésta sus familias ; por lo mismo hallamos de justicia que deben disfrutar igual sueldo unos i otros, o como mejor parezca a V.E. —Aduana Jeneral de Santiago, Junio 14 de 1822. —Juan Manuel Basso. —José Mariano Lafebre.
Santiago, Junio 14 de 1822. —Llévese a la Junta Gubernativa i Económica de Hacienda. —(Hai una rúbrica). —Rodríguez.
Núm. 224
En la ciudad de Santiago de Chile, a tres dias del mes de Setiembre de 1822, los señores que componen la Junta Superior Gubernativa de Hacienda, visto el espediente iniciado por don Juán Manuel del Rio i Cruz, cabo del resguardo del camino principal del Portillo, sobre aumento de sueldo, i atendiendo a lo informado por los jefes de aduana en la materia, dijeron: que, a mas de ser mui justas las razones en que afianza su solicitud, se agrega a ellas que el empleo que desempeña cabalmente en un punto tan sólita rio, en donde por la distancia de sus jefes i estimulado a caso de las necesidadas que representa, pueda incidir en alguna falta, que sea de grave perjuicio al Erario, i a fin de precaver este mal i que no tenga un motivo que lo impulse a abusar de la confianza que el Gobierno ha deposita do en el desempeño del empleo que ejerce, cree la Junta que debe asignársele la dotacion de seiscientos pesos anuales, con los que puede auxiliar a su familia en la capital i sostenerse él en el lugar de su destino, i lo firmaron. —Vial. —Correa de Saa. —González. —Vargas. —Astorga. —Diaz.
Núm. 225
Excmo. Señor
Esta Junta tiene el honor de elevar a manos de V.E, resuelto, el espediente iniciado por el cabo del reguardo del camino principal del Portillo, don Manuel del Rio i Cruz, sobre aumento de sueldo. —D ios guarde a V.E. muchos años. —Sala de acuerdo de la Junta Gubernativa de Hacienda i Setiembre 3 de 1822. —Excmo. Señor. —Juan de Dios Vial del Rio. —Excmo. Señor Director Supremo del Estado de Chile.
Santiago, Setiembre 7 de 1822. —Llévese a la Honorable Convencion con el oficio acordado. —O'Higgins. —Rodríguez.
Núm. 226
Honorable Convencion:
La Comision de Hacienda, en el exámen de este espediente, advierte que en él se han promovido diversos proyectos: uno, si convendría hacer la provision de la armada de Valparaíso por administracion o por asiento, i sobre las condiciones del asentista: otro, sobre mejorar la planta de la Comisaría o Ministro de Marina de aquel departamento, en el número i dotacion de sus empleados: otro, sobre la reunion en un solo jefe de esta atribucion i de la de Teniente de Minis