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SESION DE 27 DE SETIEMBRE DE 1820

Don Hipólito Amaya.

Don Francisco de Borja Formas.

Empleados en Concepcion

Guarda-almacenes, don con 600

Tercenista don

Coquimbo

Guarda-almacenes, don con 600

Tercenista don

Valparaíso

Factor, don Ponciano, Osorio, con 1,000.

Tercenista en el Puerto, don

Id. en el Almendral, don

Tercenista en las villas cabezas de partidos

San Cárlos de Chiloé, don Valdivia, don Talcahuano, don Rere, don

Florida, don Chillan, don José Antonio Contreras.

San Cárlos, don Quirihue, don Parral, don Juan Urrutia. Linares, don

Cauquénes, don Juan de Dios Urrutia Talca, don Manuel Olivares.

Curicó, don San Fernando, don Rancagua, don Ramon Allende

Melipilla, don José Manuel Valdés i Larrea. Quillota, don Olmos

Santa Rosa, don Juan Agustin Fernández Aconcagua, don Gacitúa Petorca, don

Ligua, don Illapel, don Huasco, don José Javier Velasco.

Copiapó, don Eujenio Matta.


Núm. 329 [1]

Excmo. Señor:

La Convencion, en órden a la peticion del Presidente de la Junta de Sanidad, que V.E. adjunta, en su honorable nota de 15 del presente, acordó que las comunicaciones oficiales conducentes a la sanidad pública, se dirijan por el Ministerio de lo Interior, para que tengan mas espedito curso; que alguno de los oficiales ménos ocupados o innecesarios de los Ministerios, sirva de amanuense en la secretaría de la predicha Junta; i en órden a gastos de escritorio, conforme a la costumbre, puede V.E. decretar la asignación por el Ministerio de Hacienda. —Tengo el honor de ponerlo en conocimiento de V.E. i ofrecerle los respetos de la sala, en Setiembre 28 de 1822. —Excmo. Señor. —Francisco Ruiz Tagle. —Camilo Henríquez, diputado secretario. —José Gabriel Palma, secretario. —Excmo. Señor Supremo Director del Estado.


Núm. 330 [2]

Excmo. Señor:

Para dictar una regla jeneral, en el caso de competencias entre justicias civiles i militares, que V.E. pasó a la Convencion, la sala ha pedido el voto a la Comision de Lejislacion; mas, entretanto i en obsequio de la humanidad, ha acordado decir a V.E. que la causa del sarjento Francisco Alvarez i demás co-reos, pase al Gobernador-Intendente de la provincia, para conciliar el decoro de ámbos jueces, sin reagravar injustamente al reo. —Repito a V.E. el respeto de la sala, en Setiembre 28 de 1822. —Excmo. Señor. —Francisco Ruiz Tagle. —Casimiro Henríquez, secretario. —José Gabriel Palma, secretario. —Excmo. Señor Supremo Director del Estado.


Núm. 331

Incluyo a US. un oficio de S.E., con que acompaña la esposicion de don Juan Diego Barnard en el negocio del cáñamo, con el oficio de sir Tomas Hardy, como lo prometí en mi nota anterior. Teniendo presente que uno de los individuos de la Comision posee el inglés, acordó la sala se encargara a US. devolver el orijinal para entregarlo al interesado, dejando en el espediente una copia en castellano firmada por el traductor. —Lo que tengo el honor de poner en noticia de US., al mismo tiempo que protesto mi consideracion i aprecio. —Secretaría de la Convencion, Setiembre 27 de 1822. —Señor Superintendente de la Casa de Moneda, Presidente de la Comision especial.

  1. Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Lejislaturas, 1820-23, pajina 260 del archivo del Ministerio de la Guerra (Nota del Recopilador.)
  2. Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Correspondencia del Congreso Nacional. 1818-35, del archivo del Ministerio de la Guerra. (Nota del Recopilador.)