pal hasta la introduccion del agua en el Mapocho, deben costearse con la venta de los regadores que ejecute el comisionado, prefiriendo las que correspondan a los llanos para que quede espedito el canal i que los interesados estraigan las aguas que compren.
Declaró también que en el entretanto no se haya reintegrado el total valor de las obras propuestas por el comisionado, la venta de los regadores deberá entrar en su poder, sin que el Erario tenga el menor percibo hasta que quede cancelada aquella deuda, quedando autorizado el mismo comisionado para el otorgamiento de las respectivas escrituras, estimándose por suficiente documento el certificado que diere de la paga o crédito contraído. Se declara asimismo que el citado comisionado puede recibir en frutos o efectos aparentes, para las obras que debe hacer, el valor íntegro o parcial de los regadores que venda i que para distribuirlos puede usar de las señas o billetes que le parezcan, del modo que lo ejecutan muchos hacendados, quedando limitado este privilejio para solo estas obras; se declara en la propia forma que, atendiendo a que no pueden fabricarse los materiales necesarios en los terrenos del llano para la obra de la capilla i demás edificios que deben trabajarse por cuenta del Estado, habrán de adjudicarse con este objeto al ménos doce cuadras de las tierras que retiene el Erario por cuenta de la deuda de don Juan Jerónimo Ugarte, con la advertencia de que éstas deberán elejirse de las mas inmediatas al zanjon de la Aguada, corriendo al cargo del Gobierno la bonificación de los perjuicios que reciban esos terrenos en el caso de la minoración de su valor.
Se declara asimismo que al director de las obras, por el trabajo que ha de tener en dividir i acomodar las hijuelas, formando el cuadro de la poblacion i levantando los planos de los edificios, debe compensársele su trabajo, autorizando al comisionado para que con aquél formalice un contrato que puede aprobarse por el Supremo Gobierno; i previniendo S.E. se recomendara al ▼Supremo Director la pronta ejecucion de esta obra, mandó devolver la consulta del comisionado. Firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Perez. —Alcalde. —Rozas. —Cienfuegos. —Fontecilla. —Villarreal, secretario.
ANEXOS
Núm. 143
Excmo. Señor:
▼En consecuencia de las honorables notas de V.E., fecha 24 de Noviembre i 26 de Enero últimos i del artículo 18, capítulo 1.º, título 4.º de la Constitucion provisoria, tengo el honor de incluir a V.E., orijinales, los dos estados correspondientes a los meses de Enero i Febrero pasados en que se manifiestan la entrada i gastos que en cada uno ha tenido la Tesorería Jeneral. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial i Marzo 24 de 1821. —▼Bernardo O'Higgins. —Dr. ▼José Antonio Rodríguez. —Excmo. Senado.
Núm. 144
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Pesos | Reales | ||
Préstamos al Erario con cargo de reintegro | 9,000 | ||
Libranza jirada a favor de la Tesorería de Valdivia, no cubierta allí | 924 | ||
Carta de ciudadanía | 50 | ||
Para compra de trigos para las familias emigradas de Concepcion | 562 | 4 | |
Quintos de metales i derecho de minería | 73 | ||
Las aduanas, a cuenta de sus productos | 68,770 | 4½ | |
Por productos de papel sellado | 1,775 | 7½ | |
Donativos | 318 | 7 3/4 | |
Empréstitos | 2,340 | ||
Ramo de secuestros | 1,983 | ||
Ramo de comisos | 24 | ||
Por cuenta de diezmos rematados en 1820 | 7,450 | ||
Arriendo de la hacienda de la Compañía | 3,700 | ||
Ramo de cuerambre | 754 | 1/4 | |
Balanza | 3,289 | 1 1/4 | |
Entrada de Enero | 101,015 | 1 3/4 | |
Existencia de Diciembre | 16,448 | 4 3/4 | |
Total | 117.463 | 6½ | |
Pesos | Reales | ||
Devolución de préstamos i abono de premio de ellos | 5,600 | ||
Billetes amortizados | 20,242 | 5 | |
Harinas para los emigrados de Concepción | 562 | 4 | |
Pago de tabacos comprados de 1817 | 1.639 | 1 1/4 | |
Premio a los espendedores de papel sellado | 737 | 73/4 | |
Devolucion de derecho de bandera | 70 | ||
Id. del ramo de empréstito | 1,000 | ||
Sueldos civiles | 100 | ||
Al secretario de la Intendencia por dietas de una comision | 400 | ||
Para gastos de la obra del Palacio Directorial | 975 | ||
Manutencion i varias prendas a indios | 187 | 7½ | |
Créditos de capitales consolidados | 40 | ||
Sueldos de la marina i el ejército, inclusos 2,510 pesos de efectos i dinero entregado en Valdivia | 34,282 | ½ | |
Para auxilio de la segunda division del sur | 1,500 |