Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo V (1821-1822).djvu/152

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
152
SENADO CONSERVADOR

respectivos espedientes, se publicaran en la Ministerial para la satisfaccion de los interesados. I, ejecutadas las comunicaciones, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Perez. — Alcalde. —Rozas. —Fontecilla. —Villarreal, secretario.


ANEXOS

Núm. 197[1]

Excmo. Señor:

Cuando el mariscal don Manuel Blanco ha asegurado a V. E. que le prometí abonarle en sus sueldos las gratificaciones que tenia en la marina, seguramente mediaría esa promesa que recuerdo, aunque no exactamente; pero no pudiendo mis promesas alterar la Constitucion, toca solo a V. E. decidir, según la opinion que indica su honorable nota de 30 del mes antepróximo, a que contesto con la debida consideracion, devolviendo la representacion del jeneral Blanco. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Palacio Directorial, 3 de Mayo de 1821. —Bernardo O'Higgins. —Dr. José Antonio Rodríguez. —Excmo. Senado.


Núm. 198

Excmo. Señor:

En las recusaciones de los Ministros, está sancionado que los restantes nombren (si fuere preciso) los letrados que deban sustituir para conocer del artículo. En esta Junta Superior de Hacienda, han sido recusados por el intendente don José María Guzman, no solo los miembros mas antiguos de la Cámara llamados a componerla, sino todos los demas que ordinariamente suplen las implicancias de aquéllos.

Para esa resolucion es necesario llamar letrados que, supliendo por los recusados, completen los vocales de la Junta; i, deseando el acierto, hemos acordado consultar a V. E . si en esta Cámara de Hacienda podemos, conforme al senado- consulto de ocho de Enero penúltimo, proceder a nombrar letrados con quienes, completo este Tribunal, se decida la recusacion pendiente, cuya determinacion esperamos de la alta bondad de V. E. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, Mayo 4 de 1821. —Excmo. Señor. —Rafael Correa de Saa. —Jose Ramon de Vargas i Belbal. —Excmo. Supremo Director de la República.


Núm. 199

Excmo. Señor:

Desde el diezisiete de Enero último, han sido sancionadas las cartas de ciudadanía de los españoles europeos don José de Montes, de don Gaspar de Arredondo, la de don José Prado, por haber justificado que, manifestándose adictos a la causa del país, han observado la mejor conducta, sin causar un perjuicio en el progreso de la opinion ni un daño a los patriotas comprometidos por ella, teniendo por norte en sus operaciones el hallarse avecindados en Chile de años a esta parte. La de don Cárlos González, porque, confesando la justicia con que se declaró la emancipacion de este Estado, asegura la inevitable necesidad de separarnos de la dominación del Rei Fernando. La de don José Velasco, por haber acreditado su ínteres en servir a los patriotas aun en tiempo de la subyugacion, hasta el estremo de ocultarles sus armas, sin temor de las espantosas penas publicadas por el Gobierno español. La de don Francisco Concha, porque probó que, debiendo a Chile la comodidad que ha disfrutado, i contando con la distincion que le han dispensado los naturales, ha prestado los servicios que han estado a su alcance. La de don Manuel Romero, por haber justificado su buen manejo i el no haber tomado una parte por los españoles, ni en perjuicio del sistema de América ni de los particulares; i la de don Manuel Sanz porque detestando la tirana dominacion de los españoles, se ha manifestado público defensor de la independencia i emancipacion de América. I para la satisfaccion de los interesados, se servirá V. E. prevenir se publique en la Ministerial, i que este es el resultado de los espedientes que quedan archivados en la secretaría del Senado. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, Mayo 4 de 1821. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


  1. Este documento ha sido trascrito uel volumen titulado Miscelánea, año de 1818 a 36, tomo 160, del archivo del Ministerio de Hacienda. (Nota del Recopilador.)