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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo V (1821-1822).djvu/164

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SENADO CONSERVADOR


Pesos Reales
En dinero en lugar de reses pedidas para el ejército 210
La Moneda de sus productos 7,000
A cuenta de los diezmos rematados en 1820 3,000
El subastador de alcabala 1,000
Por licores del partido de Rancagua 1,000
Premio de plata fuerte 113
A cuenta de un regador de Maipú 321 7
La aduana, a cuenta de sus productos, advirtiéndose que la mayor parte ha sido plata adelantada por varios comerciantes con abono de premio 17,717
39,163 1


GASTOS
Pesos Reales
A varios arrieros por fletes 71
Al hospital de San Borja 350
A un relijioso destinado a Valdivia 87
Por unas latas de polvillo para id 564
Para la obra del Palacio Directorial 400
Para refaccion del cuartel del N.° 7 700
Iluminacion del 4 i 5 de Abril 100
Al comisionado Gutiérrez Moreno, venido de Lóndres 500
Víveres comprados a don Ramón Varas para el ejército 2138 6 1/4
Réditos de capitales consolidados 375 6
Para una comision secreta 25
Al don Santiago Heitz por varios útiles para la escuadra 250
Carbón de fragua para la maestranza 430 4
Al denunciante de un secuestro de 1,200 pesos 300
A la 2.ª division del ejército del Sur 1,804
Para gastos de maestranza i laboratorio de mixtos 250
Sueldos civiles 6,045 6
Corbatines i zapatos para el ejército 106
Potreradas de caballos de la escolta 321 7
Una lancha comprada a don Juan Tortell 350
A varios cuerpos militares i oficiales sueltos del ejército por sus sueldos vencidos 350 20,686
36,455 5 1/4
En buena cuenta hai entregados a don Miguel Collao para compra de varios artículos para Valdivia i maestranza de que está encargado 940 3 ¾
En una libranza de don Diego Barros existen 1,727
En dinero en arcas 40
39,163 1

Tesorería Jeneral de Santiago, 1.º de Mayo de 1821. —José. Ramon de Vargas i Belbal. —Nicolas Marzan.


Santiago, Mayo 7 de 1821. —Déjese copia i pásese orijinal al Excmo. Senado, con arreglo a la Constitucion. —O'Higgins. —Dr. Rodríguez.


Núm. 219

Excmo. Señor:

Supuesto el mejor servicio del Estado en la nueva planta que V. E. indica en su honorable nota de veinticuatro de Marzo, sin el menor aumento de gasto, aprueba el Senado el decreto que en ella se inserta, para que se publique i ejecute en la forma ordinaria. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, Mayo 11 de 1821. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 220

Excmo. Señor:

Aunque no fuera tan notoria la utilidad que resulta al país, en que las provincias de Cuyo estraigan las mercaderías que ya han pagado aquí sus derechos, es de parecer el Senado que por la misma razon con que se les permite la introducción i estraccion de frutos i manufacturas del Estado libres de derechos, se entienda el privilejio de estraccion a las estranjeras. Los hijos del país, como tan acreedores a esta gracia podrían reclamarla, pero nuestras circunstancias i escaseces obligan a que continúe por ahora, respecto de ellos, este gravámen de que se les libertará igualmente luego que nuestras entradas correspondan a los gastos indispensables que sostienen al Estado. V. E. con estas consideraciones podrá de acuerdo dictar el decreto que ha de publicarse. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, Mayo 11 de 1821. —Al Excmo. Señor Supremo Director.