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SENADO CONSERVADOR
  1. Mandar que se devuelva a doña Catalina Castro de Vildósola, el trapiche que reclama en caso de ser cierto que el Supremo Gobierno le mandó dar 500 pesos, i que esta asignación quedó sin efecto a causa de las urjencias del Erario. (Anexo núm.550.)

ACTA

En la ciudad de Santiago de Chile, a veintitrés dias del mes de Noviembre de mil ochocientos veintiún años, convocado el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, se leyó la solicitud del apoderado del Cabildo de Coquimbo con lo informado por el Tribunal de Educación, sobre el uniforme que deben llevar los alumnos del Instituto mandado establecer en aquel punto, i resolvió S. E. que, a ejemplo de lo que aquí se observa, lleven en el invierno una levita abrochada desde el cuello i pantalon color de ala de cuervo, i en el verano pantalón de brin i levita de piel o nanquín azul oscuro abrochada del mismo modo para escusar chaleco i pañuelo, siendo éste el traje de dentro del colejio. A la calle saldrán en el invierno con pantalón i frac negro de paño, i en el verano podrán usar el mismo traje de jénero delgado, como no sea de seda. Que los alumnos que se señalen para las asistencias a las misas de gracia, que en la capital son doce, ocurrirán con frac i calzon negro de paño; zapato i media, siendo éste el traje de todo tiempo. Que la divisa se lleve cosida en el frac al lado izquierdo, cuidándose mucho se presenten con ella los colejiales; previniendo S. E. se comunicara esta resolución al Supremo Director para su cumplimiento, trascribiéndose, por secretaría, al apoderado del Cabildo para su satisfaccion.

Mandó S. E. que, conforme a lo dispuesto en la Constitución, se remitiera al Supremo Director la lista formada por la secretaría de la inversion de los cien pesos que en Marzo último se dieron para los gastos de escritorio, para que se sirviera disponer el Supremo Gobierno que, por la Tesorería Jeneral, se entregaran al secretario otros cien pesos para la continuacion de los gastos posteriores.

Se leyó el espediente que pasó en consulta el Supremo Director sobre la solicitud de doña Catalina Castro sobre la entrega del terreno trapiche del Carrizal, que fué secuestrado por la fuga que hizo su marido don Andres Vildósola; i determinó S. E . que, indagándose en la Intendencia la verdad de no tener el Erario la menor utilidad en este terreno i trapiche, gravado con censos, i acreditándose la órden que se dió para que a doña Catalina se le asistiera con la cantidad de quinientos pesos que no tuvo efecto, se preceptuara la pedida entrega. I, ejecutadas las comunicaciones, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Rozas. —Cienfuegos. —Fontecilla. —Perez. —Villarreal, secretario.


ANEXOS

Núm. 543

Excmo. Señor:

El recargo que espone el Ministro fiscal es tan notorio como consiguiente a la reunión de los despachos, civil de hacienda i criminal, que reasume con solo un ájente, quien mantiene las jestionesque indica en su nota que adjunto a V. E. La contracción de este Ministro, que lo ha constituido en un estado riesgoso de salud, i el grande ínteres de la causa pública, exijen toda la atencion de V. E. para que, conciliando la deficiencia presente del Erario, no solo con su alivio sino con la espedicion de los negocios, resuelva esta peticion.

La ereccion de la fiscalía del crimen costaría siempre los sueldos del fiscal i un ájente, que excederían de tres mil pesos al Erario i, no obstante esta seccion, quedaría el despacho de lo civil cuán tan recargado como ahora, por la infinidad de causas de hacienda pendientes, i que deben promoverse en razón del inmenso crédito activo del Estado, secuestros, propiedades de ultramar i otros ramos; cuán enteramente abandonados en los apuros mas ejecutivos de la hacienda, que tampoco podrá espedir sin los dos ajentes que pide, i las calidades de asistencia a su despacho que justamente propone; por lo que estimo de necesidad i justicia que se le den los ajentes que reclama, conforme a las antiguas leyes, para que despachen en su propio estudio i puedan activarse los negocios retardados, especialmente los de hacienda. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Noviembre 21 de 1821. —Bernardo O'Higgins. —Agustin de Vial. —Excmo. Senado.


Núm. 544[1]

El interes de la causa pública, i especialmente de la Hacienda del Estado, me hace representar a US. que sus causas se atrasan con notable perjuicio del Erario, porque, unidas a las civiles i criminales, forman una masa superior a mis fuerzas si no se me alivia con ajentes. Creería faltar a mis deberes si no hiciese esta franca manifestacion i si no reclamase los ajentes que las antiguas leyes daban a los fiscales, a pesar de que los ne


  1. Este documento ha sido copiado de la pájina 95 del tomo titulado Tribunal de Minería, Ministerio Fiscal, Tribunal de Cuentas, Junta de Hacienda, Caja de Amortizacion, etc., correspondiente a los años de 1799 a 1826. (Nota del Recopilador.)