Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo V (1821-1822).djvu/411

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
411
SESION DE 26 DE NOVIEMBRE DE 1821

sus caudales en otros beneficios e interesantes objetos, para que la patria les considere mas útiles. El Senado interesa a V. E. en este negocio i pone para su consecucion, por medio, toda su autoridad. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, Noviembre 26 de 1821. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Num. 556[1]

A virtud de la comision que tengo para hacer efectiva la recaudacion del último empréstito que se señaló fiara la espedicion al Perú, he dictado las providencias mas activas i que felizmente han producido el efecto lisonjero de cobrarse esos atrasados; pero como en la provincia del mando de Ud. se hallan algunos deudores, a quienes no he podido reconvenir, este es el descubierto casi único que queda, i para que se logre la cobranza con la prontitud que exijen las urjencias del Erario, se servirá Ud. espedir las mas activas providencias, para que, sin escusa ni pretesto, satisfaga doña Margarita Mardones cien pesos que adeuda; cincuenta don Francisco Silva i ochenta pesos don Pedro Nolasco Guzman, i señalando a estos deudores un plazo limitado para que realicen la entrega, que, conseguida, dispondrá se pase a la Tesorería Jeneral con el correspondiente aviso; sin admitir reclamo, ni otra excepción que la de pago; i en el evento de insistir con tenacidad, dispondrá Ud. el embargo de bienes equivalentes al total adeudo i costas de la cobranza. —Dios guarde a Ud. muchos años. —Santiago, Noviembre 26 de 1821. —Francisco Antonio Perez. —Señor Teniente-Gobernador de San Fernando.


San Fernando i Diciembre 14 de 1821. —Por recibido. En su cumplimiento, notifíquese a doña Margarita Mardones, a don Francisco Silva i a don Pedro Nolasco Guzman, entreguen dentro de tercero dia las cantidades que se espresan, o credencial de haberlas satisfecho, i se comete a cualquier americano. —Uríarte. —Maturana.


En dicho dia, hice saber el anterior decreto a doña Margarita Mardones, quien manifestó credenciales de haber satisfecho los trescientos pesos que se pidieron por via de préstamo, habiendo sido el último resto los cien pesos que se le cobran, los cuales entregó al señor Teniente-Gobernador, don José Bernardo de Uriarte, según consta de su recibo, de todo ello doi fe. —Francisco Maturana, Escribano Público i de Cabildo.

En quince del mismo, pasé a la hacienda de don Francisco Silva, a efecto de hacerle saber el anterior decreto, i se me dió por razon hallarse en la ciudad de Rancagua; i para su constancia lo pongo por dilijencia, de que doi fe. —Maturana.


En cinco dias del mes de Enero de mil ochocientos veintidós, paséa la casa i morada del señor don Pedro Nolasco Guzman, e hice saber el anterior decreto, i en el acto manifestó un certificado duplicado, dado por los señores intendente, contador i tesorero de la Casa de Moneda, que dice: "que a fojas dos vuelta del libro manual corriente se halla sentada la partida del tenor siguiente: En veintiuno de Junio de mil ochocientos veinte, en este dia ha entregado al ramo de empréstito don José Joaquin Diaz, por don Pedro Nolasco Guzman, setecientos veinte pesos, firmado i rubricado por dichos señores, don José Santiago Portales i don Silvestre Martínez de Ochagavía." Dicho don Pedro Nolasco Guzman, dice: "Que, aunque la imposición fué de ochocientos pesos, habiendo ocurrido solicitando rebaja, obtuvo solo la décima parte por el señor senador comisionado don Francisco Fontecilla, como la obtuvieron muchos prestamistas, i así debe parecer estampado en aquella comision. Que esta decision i el certificado principal con que quedó cancelado el empréstito de su asignación, se hallan en poder de su yerno el señor fiscal don Juan de Dios Vial del Rio, a quien se podrá citar para que los manifieste, de todo ello doi fe. —Maturana.


Num. 557[2]

Tengo el honor de incluirá US. las dilijencias sobre cobranza del empréstito para la espedicion al Perú, que quedaron sin satisfacer, según la órden de US. que acompaño, i su resultado es: don Pedro Nolasco Guzman fué exceptuado por el señor senador, comisionado al efecto, don Francisco Borja Fontecilla, i dice haber satisfecho en esa capital; lo mismo don Francisco Silva, quien se halla casado i viviendo en Rancagua; doña Margarita Mardones pagó; tengo en mi poder recibo del señor intendente i contador de la Casa de Moneda i consta en las cuentas que de todo he dado al Supremo Gobierno i superintendente de Moneda. —Dios guarde a US. muchos años. —San Fernando, Enero 2 de 1822. —José Bernardo de Uriarte. —Señor senador doctor don Francisco Perez.

  1. Este documento ha sido trascrito en el archivo del Ministerio de Hacienda del tomo 155, titulado Miscelánea, año de 1817 a 23, i lo agregamos aquí para completar en lo posible la historia del empréstito expedicionario, en cuya realización tuvo parte tan principal el Senado. (Nota del Recopilador.)
  2. Este documento ha sido trascrito en el archivo del Ministerio de Hacienda, tomo 155, titulado Miscelánea, año de 1817 a 23. (Nota del Recopilador.)