SESION 318, ORDINARIA, EN 10 DE FEBRERO DE 1821
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO B. FONTECILLA
SUMARIO. —Asistencia. —Cuenta. —Declaratoria sobre el artículo 231 del reglamento del libre comercio. —Representacion del Teniente-Gobernador de Melipilla. —Acta. —Anexos.
Asisten los señores▼:
- Alcalde Juan Agustin
- Fontecilla Francisco B.
- Perez Francisco Antonio
- Rozas José Maria de
- Villarreal José Maria (secretario)
CUENTA
Se da cuenta:
De una nota en que el Teniente-Gobernador de Melipilla propone que se distribuyan entre los indios los terrenos que el Estado posee en aquel partido, hasta la ostensión que los adjudicatarios pueden labrar, i que el resto se dé en arrendamiento en beneficio de la escuela. (Anexo núm. 59. V. sesiones del 25 de Setiembre de 1819, del 20 de Enero de 1820, del 3 de Octubre de 1821, i del 18 de Octubre de 1822.)
ACUERDOS
Se acuerda:
- Hacer sobre el artículo 231 del reglamento del libre comercio la declaración que el Tribunal Mayor de Cuentas ha propuesto. (Anexo núm. 60. V. sesiones del 29 de Enero i del 9 de Marzo de 1821.)
- Dejar el proyecto del Teniente-Gobernador de Melipilla para tratarlo con todo detenimiento i circunspeccion (Anexo número 61. V. sesiones del 20 de Enero de 1820 i del 3 de Octubre de 1821.)
ACTA
En la ciudad de Santiago de Chile, a diez dias del mes de Febrero de mil ochocientos veintiún años, congregado el Excmo. ▼Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, se vio la nota del Supremo Director sobre la reforma del artículo 231 del reglamento de libre comercio, i aprobándola S.E., mandó se devolviera al Supremo Gobierno el proyecto concebido en la forma que sigue: "El artículo 231 del reglamento de libre comercio se dictó precisamente para evitar que en los comisos pudiera suponerse en perjuicio fiscal, i como no se habria logrado ese único objeto de su promulgacion; si el oficio de denuncia