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SESION DE 4 DE MARZO DE 1822

ACTA

En la sesion ordinaria del dia cuatro de Marzo del presente año, se vio el espediente sobre asignar el tiempo en que debe correrle el sueldo señalado al Ministro enviado cerca de las Cortes de Europa, i resolvió S.E. que, si a todo empleado le corre el sueldo desde el dia en que se le espiden los títulos, debe abonarse a este Ministro el cargo que forma desde el tiempo en que hubo el cese de Ministro de Gobierno, estando a lo informado por el Ministro de Estado en el departamento de Gobierno, porque, sin embargo de haber acordado S.E. que este sueldo debia correr desde la salida, debe entenderse que ella ha de correr desde que, separado del Ministerio de Gobierno, empezó a aprestarse para realizar su marcha, si fueron los pocos dias que anuncia el Ministro informante.

Determinó igualmente S.E. se dijera al Supremo Director que, para completar los 60 mil pesos que se han graduado para los costos de la espedicion acordada en la sesion que se tuvo con V.E., se fijara al quintal de cobre un peso en su estraccion por solo el término de un año contado desde el dia de la publicacion, estendiéndose por un año mas la sisa señalada a las harinas, con cuyos dos gravámenes se completarían los mismos 60 mil pesos que podria dilijenciar de pronto el Tribunal del Consulado entre los comerciantes; o no pudiendo hacer esto, fijar un empréstito de los mismos 60 mil pesos, con el interes que sea posible señalar mensual o anualmente, obligando a la satisfaccion los dos señalados ramos que deberían depositarse en cajas separadas para que, habiendo fondos, se redimiera el capital i evitar el aumento de intereses. Que, atendiendo a que no bajará de 3 mil pesos lo que mensualmente se ahorrará en los sueldos de la tropa que sale, se consignara en la misma caja esa cantidad para el pago de interes i reemplazo de alguna parte que no pudiese completarse de los 60 mil pesos; i que, en el evento de haber déficit en el remate del impuesto de las harinas, se avisara para proporcionar otros arbitrios. I, ejecutadas las comunicaciones, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Fontecilla. —Perez. —Alcalde. —Villarreal, secretario.


ANEXOS

Núm. 694

Excmo. Señor:

En la sesion del viérnes, 1.º del corriente, manifesté a V.E. el objeto urjente i grandioso que me ocupaba, para cuyo verificativo se necesitaban sesenta mil pesos de pronto, i V.E. se sirvió acordar se estendiesen billetes por un préstamo de igual cantidad, con el interés mensual de uno i hasta dos por ciento, en el término de un año, cuyo plazo cumplido, se recibirían aquéllos en pago de todos los ramos del Estado, por privilejiados que fuesen. Se acordó también señalar un fondo de amortizacion por el principal e intereses, i como los establecidos no alcanzan a sufragar los gastos i aun se quita el impuesto de las harinas, dispuso V.E. se gravase el quintal de cobre en su estraccion, i si esto no bastase, se señalaría otro ramo. Al efecto, se dispuso que al dia siguiente pasase al Senado el Ministro de Estado en el departamento de Hacienda, como lo verificó a la una del dia dos, en cuya hora V.E. se habia retirado.

Por la razon tomada del Tribunal de Cuentas, aparece que, en todo el año de 1820, se estrajeron de Valparaíso, Coquimbo, Huasco i Copiapó, diezinueve mil seiscientos cincuenta i ocho quintales dos libras de cobre, i pagaron las aduanas treinta i nueve mil ochocientos siete pesos i las tesorerías por el ventavo nueve mil ochocientos veintinueve pesos, i por el ramo de minería, dos mil cuatrocientos cincuenta i siete. Tiene, pues, V.E. el dato que deseaba para graduar el impuesto, i señalar otro hasta el completo de los sesenta mil pesos amortizables i su interes, no pudiendo adoptarse el de los trigos hasta que se conteste la razón pedida por circular, para no esponernos al hambre de los pueblos i sus consecuencias funestas.

V.E. está bien penetrado de la urjente necesidad de realizar el empréstito dentro de ocho dias, porque se pasa el tiempo i la oportunidad del objeto, i espero, por lo mismo, se sirva deliberar hoi con el celo público i acierto que acostumbra. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial en Santiago, 4 de Marzo de 1822. —Bernardo O'Higgins. José Antonio Rodríguez. —Excmo. Senado.


Núm. 695[1]

Aunque US., en su oficio número 35 que contesté en el mio número 105, me dijo con fecha 2 de Noviembre próximo pasado, que se habian entregado a M. Price cuatro mil pesos para embarcar por mi cuenta en el bergantín Ciclops, hasta ahora no ha llegado a Inglaterra el citado dinero, habiendo corrido ya cerca de nueve meses desde aquella fecha. Probablemente se completará el año ántes de ponerse a mi disposicion el líquido, producto de aquella remesa; pues estos señores Mac-Neil i Compañía, me han informado que el embarque de dicho dinero se habia

  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Miscelánea, año de 1818 a 36, del tomo 160 del archivo del Ministerio de Hacienda. (Nota del Recopilador.)