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SESION DE 11 DE MARZO DE 1822

Núm. 721

Excmo. Señor:

Tratándose en Valparaíso de poner un gravámen al pueblo para aumentar los propios del Cabildo, tengo el honor de pasar a manos de V.E. la nota del gobernador de aquel puerto, referente a este asunto, para que V.E., en vista del objeto a que se dirije i del modo que se propone, se sirva acordar lo que estime conveniente. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, Marzo 11 de 1822. —Bernardo O'Higgins. José Antonio Rodríguez. —Excmo. Senado.


Núm. 722

Los gastos públicos, que se aumentan al par de la poblacion, han obligado al Cabildo a buscar nuevos arbitrios para sostenerlos. Seria inútil querer hallar el numerario sin dominio, de modo que no perteneciese a algún individuo en propiedad; i por eso nuestras adquisiciones siempre tienen por principio la posesion de aquello que ántes era ajeno. La sabiduría de los que imponen el tributo consiste en no gravar ai ciudadano laborioso que trata de sostener sus obligaciones con decoro; bajo estas reglas, me ha propuesto el Ayuntamiento fijar un porton a la salida de esta ciudad, en la cual se ponga un comisionado que en los dias de fiesta cobre un real a cada individuo de los que salen a caballo de paseo al Almendral u otros puntos vecinos, sin que el arriero o artesano que trata de prevenir sus necesidades, pueda de algún modo ser comprendido en el impuesto. Me han informado asimismo que semejantes arbitrios son mui comunes en las ciudades de Europa. S.E., el Señor Director Supremo, que quizás lo habrá presenciado en aquellas poblaciones, resolverá lo mejor, atendiendo a que se han aumentado novecientos pesos anuales a los gastos de Cabildo, seiscientos que se asignan al asesor i trescientos al teniente de policía, fuera de gran cantidad que debe impender en refaccionar los edificios públicos que se hallan absolutamente ruinosos. —Tengo el honor de comunicarlo a US. para que se sirva elevarlo al conocimiento de S.E. —Dios guarde a US. muchos años. —Valparaíso i Marzo 1.º de 1822. José Ignacio Zenteno.


Santiago, 2 de Marzo de 1822. —Vista al fiscal. —O'Higgins. Rodríguez.


En cinco del mismo, pasé este espediente al señor fiscal que fué el dia que se entregó a esta oficina.


Núm. 723[1]

Excmo. Señor:

Al fiscal parece que está mui bien meditado el arbitrio que propone la Municipalidad de Valparaíso para aumentar sus rentas. Aquella poblacion va tomando un incremento rápido, i por lo mismo ha de ser necesario que también progrese su policía i los establecimientos públicos que sirven a la comodidad del ciudadano, cuyos objetos no pueden conservarse ni ménos aumentarse si la ciudad no tiene rentas con que verificarlo.

La que hoi propone grava sobre el deleite de los que quieran pasearse a caballo los dias festivos; así es que solo la pagarán los pudientes capaces de proporcionarse ese placer. Sin embargo, V.E. resolverá lo mas conveniente. —Santiago i Marzo 6 de 1822. —Vial.


Santiago, 9 de Marzo de 1822. —Pase al Excelentísimo Senado. —O'Higgins. Rodríguez.


Núm. 724

Excmo. Señor:

Penetrado el Senado de los fundamentos que espone el fiscal para que el ajente ayude a su despacho i de lo que éste alega para eximirse de esta obligacion, no siendo justo compeler a aquel majistrado a mas de lo que puede i debe, como tampoco ligar al ajente a un gravámen que no le impone la Constitucion i es contra ella, en cuya posesion se recibió del cargo aunque interinamente, para conciliar estas diferencias, que se cumpla exactamente la lei i el público esté bien servido, debe nombrarse inmediatamente otro fiscal que desempeñe por sí solo en lo civil i criminal, como igualmente en el supremo Tribunal Judiciario que se ha de establecer, i que el anterior sirva solo en el departamento de Hacienda, como que comprende tantos i tan delicados ramos, o vice-versa. En este caso quedan ámbas fiscalías en aptitud de desempeñar por sí sus atribuciones de la Constitucion, sin necesidad de innovar su jenuino i literal contexto, i de este modo puede V.E. terminar el recurso que se contiene en el espediente que al efecto se devuelve. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Marzo 11 de 1822. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Miscelánea, tomo 167, correspondiente a los años 1820 a 1849, del archivo del Ministerio de Hacienda. (Nota del Recopilador.)