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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XIII (1826-1827).djvu/27

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SESION DE 6 DE SETIEMBRE DE 1826
  1. opina que el intendente no tiene por qué hacer tal consulta supuesto que no correspondía a él presidir la elección. (Anexo número 36. V. sesión del 5.)
  2. De otro informe de la misma Comision sobre la consulta del gobernador de Valparaíso. Opina la Comision que aquel pueblo debe proceder como los demás de la República a elejir gobernador. (Anexo número 37. V. sesión del 2 de Agosto de 1826).
  3. De otro informe de la Comision de Peticiones sobre la de don Pedro González Alamos. Propone ella que se admita dicha petición i se pase en informe a la Comision de Justicia. (Anexo núm. 38. V. sesión del 2).
  4. De unos poderes que acreditan a don José Miguel Irarrázaval en el carácter de diputado propietario por Illapel. (Anexo número 39).
  5. De otros poderes de don José María Novoa en el carácter de diputado suplente por Concepción. (Anexos núms. 40, 41 i 42).

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Sobre los poderes de don José María Novoa i los de don José Miguel Irarrázaval, que informe la Comision respectiva.
  2. Pedir informe a la Comision de Justicia sobre la consulta del Gobierno, relativa a la intelijencia de la amnistía. (V. sesiones del 16 de Octubre i del 24 de Noviembre de 1826).
  3. Sobre la consulta del gobernador-intendente de Aconcagua, declarar que estando él obligado a delegar el mando en el alcalde de primera votacion, sus dudas son inoficiosas, i que el alcalde encargado de presidir las elecciones, nada mas tiene que hacer que cumplir la lei del caso. (Anexo núm. 43. V. sesiones del 7 i del 27).
  4. Dejar en tabla por su orden el informe de la Comision de Constitución sobre la consulta del gobernador de Valparaíso. (V. sesión del 13).
  5. Pedir informe a la Comision de Justicia sobre la representación del señor González Alamos. (V. sesión del 13).
  6. Aprobar el informe de la Comision de Poderes sobre los de don José María Novoa i llamarle en seguida para recibirle el juramento.
  7. Sobre la demanda de auxilios para repeler a los bandidos hecha por Concepción, que la Comision de Hacienda informe para el siguiente dia. (V. sesiones del 7 bis i del 20).
  8. Rescindir el contrato del estanco, dejar subsistente el estanco mismo i nombrar una comision compuesta de los señores don Joaquín Campino, Elizondo, Pérez i Novoa. (V. sesiones del 5 i del II).
  9. Dejar en tabla, ademas de los asuntos fijados mas arriba, el proyecto de enajenación de los bienes de los regulares (V. sesiones del 5, del 7 i del 9), el de premio a los espedicionarios de Chiloé (V. sesiones del 5 i del 9) i la discusión de los auxilios que deban darse a Concepción. (V. sesión del 7 bis).

ACTA

Se abrió con los señores Albano, Aguirre, Arce don Estanislao, Arce don Casiano, Bauza, Benavides, Bezanilla, Benavente, Balbontin, Cienfuegos, Cruz, Campos, Campino don Joaquín, Campino don Enrique, Elizondo, Eyzaguirre, Fariñas, Fernández, Huerta, Hernández, Infante, Luco, López, Lazo, Lavin, Marcoleta, Montt don Lorenzo, Meneses, Mena, Molina, Olivos, Prats, Pérez, Sierra, Silva, Torres, Tapia i Vicuña.

Leída el acta anterior, fué aprobada.

Se dió cuenta de una comunicación del Presidente de la República, en que da cuenta de la elección de don J. María Novoa hecha por la ciudad de Concepción, otra en que instruye de la elección de la ciudad de Coquimbo en don Joaquín Campino; i otra por la que queda instruido de la elección de Presidente i Vice-Presidente de la Sala.

Asimismo se leyó un oficio de algunas observaciones que hace el Poder Ejecutivo, sobre la lei de olvido, que se mandó pasar a la Comision de Justicia.

Se dió cuenta del informe de la Comision de Constitución, sobre las dudas ocurridas al gobernador-intendente de Aconcagua para las presentes elecciones, i se acordó que se contestase al Poder Ejecutivo que diga al intendente de Acon