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CONGRESO NACIONAL

Por lo que

A V. E. suplicamos se sirva proveer conforme pedimos, que es gracia que con justicia imploramos, etc. —José de Espinosa. —Pedro Nolasco Larraguibel.


Núm. 67

Excmo. Señor:

Don José de Espinosa, canónigo racionero de esta iglesia Catedral, ante V. E. espongo: que el Supremo Gobierno se sirvió, con fecha de 4 de junio del año de 1825, conferirme la ración, quedando sirviendo de cura por las razones que en dicho decreto se espresan, i con opcion a las vacantes que hubiese en el coro, entendiéndose en calidad de interino hasta la aptobacion del Congreso.

Es llegado, Señor, el caso de hallarse reunida la Representación Nacional, i que V. E. pase el espediente de la materia para la aprobación de esta determinación; i a cuyo efecto presento orijinal.

Por tanto,

A V. E. suplico se sirva así proveerlo como es justicia, etc. —José de Espinosa.

Santiago, Setiembre 6 de 1826. —Elévese al Soberano Congreso. —(Hai una rúbrica.)Blanco.


Núm. 68

Cerciorado el Supremo Gobierno de que no es posible que subsistan los curas rectores del Sagrario de esta iglesia Catedral, por falla de emolumentos, como lo han representado al Congreso; teniendo presente que la Representación Nacional tomó este asunto especialmente en consideración, i que, aunque dispuesta a proveer el remedio conveniente a estas necesidades, como consta del espediente que se ha traido a la vista, nada resolvió al fin por haberse suspendido sus sesiones; conociendo, por otra parte que, según la lei de Indias, deben ser preferidos los curas rectores en las vacantes dei coro; i deseando, finalmente, dar el correspondiente realce al mérito de los eclesiásticos distinguidos en el servicio de la iglesia, ha acordado i decreta:

  1. Los actuales curas rectores don José Espinosa, por su mérito i antigüedad en cincuenta i un años que ha desempeñado el ministerio parroquial, i don Pedro Nolasco Larraguibel, por el que ha contraído en veintinueve años de servicio en el mismo ministerio, serán premiados i colocados, el primero de racionero, con medio sueldo, i el segundo de racionero honorario, también con medio sueldo, sin perjuicio de los derechos parroquiales, i ámbos con opcion a las vacantes, entendiéndose en calidad de interinos hasta la aprobación del Congreso.
  2. Uno i otro continuarán sirviendo como hasta aquí el curato de esta iglesia Catedral, por cuanto el nuevo beneficio es simple i no curado.
  3. En lo sucesivo, los curas rectores de esta iglesia serán racioneros natos, gozando solamente el medio sueldo que se les ha designado, siempre que esta resolución sea de la aprobación del próximo Congreso.

Tómese razón donde corresponda. —Santiago, Junio 4 de 1825. —Freire. —Vicuña .

Se tomó razón en el Tribunal Mayor de Cuentas de Santiago, a 8 de Junio de 1825, a fojas 35 vuelta, del libro de Decretos, número 25. —Correa de Saa.

Se tornó razón a fojas 233 del libro de títulos número 5, en 9 de Junio de 1825. —Várgas.


Núm. 69

El Congreso Nacional ha tomado en consideración, en sesión de hoi, la nota de S. E., de 7 del actual, en que hace dimisión de la Presidencia de la República. Ha acordado admitirla por las razones que V. E. espone i que proceda a encargarse del mando el Vice-Presidente de la República, para lo que al efecto impartirá las órdenes de reconocimiento i demás necesarias.

El Presidente de la Sala tiene el honor de ponerlo en noticia de V. E., ofreciéndole, con este motivo, las distinciones de su consideración. —Sala del Congreso, Setiembre 9 de 1826. —Al Excmo. Señor Presidente de la República.


Núm. 70

El Congreso Nacional, habiendo admitido, en sesión de hoi, la dimisión que ha hecho del cargo el Excmo. Señor Presidente de la República, ha resuelto que V. E. pase a encargarse del mando supremo de la Nación.

El Presidente de la Sala se complace en comunicarlo a V. E., ofreciéndole las consideraciones de su alto aprecio. —Sala del Congreso, Setiembre 9 de 1826. —Al Señor Vice Presidente de la República.


Núm. 71

Cuando el Congreso Nacional formó la Comision que tuvo la satisfacción que UUSS. complaciesen, no les restinjió absolutamente para negó-