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SESION DE 12 DE JULIO DE 1826

ahora median no son de naturaleza ordinaria; es bien notorio que el Gobierno del Perú está disgustado con éste; que de aquí se ha escrito que el Estado estaba dividido en partidos i facciones las mas horrorosas; que la anarquía que nos devoraba se quería llevar hasta el Perú, i que se habian introducido a este fin papeles incendiarios; hai sujetos allí de muchas relaciones en Chile, que han tenido sus rivalidades con este Gobierno; la tropa de Chiloé se halla en sublevación a efecto de incitaciones hechas desde el Perú; estas i otras muchas razones que seria difícil enumerar, parece que han obligado al Gobierno a adoptar el temperamento de remitir un hombre que ni tiene relaciones allí, ni aquí pertenece a ningún partido; es de los que se llaman neutrales. La conducta imparcial que ha observado siempre ese señor que se acaba de indicar, parece que reúne en él todo aquello que podria desearse para un cargo de tanta importancia. A esto se agrega su literatura, su prudencia i un carácter afable que lo hace poco común; su amor al país i sus virtudes no le permitirán negarse a prestar a la Patria unos servicios que exije i necesita de él mas que en ninguna otra parte.

Tampoco impide nada de loque se ha espuesto para que sea un ministro ordinario, porque esta clase de Diplomáticos también son subrogados cuando su salud o empleo no les permite permanecer mucho tiempo fuera de su país: es lo único que puede objetarse acerca de este sujeto, pero ese tiempo de tres o cuatro meses que él puede existir en el Perú, es el suficiente i el que se necesita para llenar el principal objeto de la misión. Yendo otro, tal vez será mal recibido ahora, lo que no sucederá cuando ya se haya restablecido la mas perfecta armonía entre los dos Gobiernos, i hayan desaparecido los motivos de celo i rivalidad que hoi existen, i cuya trascendencia se hace personal a ciertos individuos.

Es cierto que el Gobierno no tiene derecho para sacar del Congreso a ningún individuo; pero, siendo el objeto primero del Congreso el bien de la Patria, a él toca, en cierto modo, interesar a cualquier diputado, cuyos servicios sean necesarios en otra parte, i debería obligarlo aunque resistiera, o hacerle ver los males que se seguían, i persuadirlo del modo posible a que no se escuse de prestar sus servicios por el bien de la Nación. Es cierto que el señor Infante espuso en el Congreso del 24 que no debia separarse de la Sala, el que entónces salió para ser Ministro, fundado en que si tenia luces, éstas podrían servir mas aquí. Yo no las tengo, sino un buen sentido para poder adherir a lo que mas convenga; pero se opinó por la Sala que debia ir al Ministerio, i a pesar mió tuve que dejar el puesto de diputado; lo cierto es que, por unanimidad, a excepción de dos o tres, todos los diputados opinaron que debia salir, i me obligaron a ello.

El señor Presidente. —El dictámen del señor preopinante me parece mui justo; pero será con el aditamento que el Ejecutivo no tenga autoridad de sacar de la Sala un diputado para cualquier destino en que lo crea útil, sin permiso de la Sala Ella pesará en estos casos las circunstancias que concurren, a ver si son superiores a la necesidad de que asistan al Congreso los representantes. Hallándonos ahora en un caso semejante, según lo que se ha dicho, estoi conforme en todo lo demás.

El señor Infante. —Vuelvo a repetir que no debemos ocuparnos ahora sino de la cuestión que ha orijinado la presente discusión; es decir, si el Enviado que se remita al Perú ha de ser ordinario, i, llevando el primer carácter, si ha de ser o no estacionario. No sabemos oficialmente si el que se ha nombrado es un diputado, i de consiguiente, es importuna cualquiera resolución que se tome por ahora, porque bien puede ser que el Presidente de la República haya pensado dar esta comision a un individuo del Congreso; pero puede variar de dictámen; i por ahora no hai mas que tratar si se agrega o no en el acta que la misión al Perú sea ordinaria i estacionaria o estraordinaria; lo demás lo decidirá la Sala cuando el Ejecutivo dé cuenta de la persona nombrada.

El señor Eyzaguirre. —El que sea aprobado por la Sala el sujeto que se nombre, ya está acordado; solo nos resta determinar si ha de ser ordinario o estraordinario. Ya se ha probado que las circunstancias exijen un diputado estraordinario en el Perú, porque es el que puede ir con mas prontitud, i porque seria preciso tiempo para meditar las instrucciones que debe llevar si fuera ordinario. No se debe temer que inviertan muchos caudales, i aunque así fuera, nada importa un sacrificio, cuando la necesidad lo exije.

El señor Benavente. —Yo no estoi enterado de la cuestión que se va a poner en votacion; pero entiendo que ha de ser sobre si el Enviado, que se acordó fuese al Perú, es ordinario o estraordinario. Por el Derecho de Jentes en nada se distingue un Ministro estraordinario de otro ordinario, cuando no reside otro en aquel país a donde se dirije; i mucho ménos en el caso presente, en que por la primera vez tendremos un Ministro en el Perú, creo que no estamos en el caso de costear estacionarios, porque seria preciso hacerlo en otras Cortes, quizá en el mismo caso que el Perú, respecto de nosotros; los asuntos que hoi e ventilan en aquel país, no son tan árduos que exijan un Enviado permanente; con que creo que no hai para qué discutir ahora si es ordinario o estraordinario, porque solo seria una cuestión de palabras.

El Ejecutivo no ha dicho qué persona es la que nombra para este destino; tampoco estamos en el caso de ocuparnos de este asunto.

Yo creo que sí el Congreso quiere conservar su respetabilidad, no debe ocuparse de las instrucciones que el Gobierno dé a sus Enviados; esta es la práctica de todas partes, porque se