nunciaron todas las leyes, fueros i derechos de su favor con la jeneral que lo prohiba. —Mateo Labra i Serbell, Presidente. —Francisco Merino, escrutador. —Pedro Silva i Pizarro, escrutador.—Francisco Ibáñez, escrutador. —José Ramírez de Arellano, escrutador.—José Antonio Fernández, escrutador. —Luis Rodríguez, rejidor. —Gaspar Vidal, alguacil mayor. —José María de Labbé, fiel ejecutor. —Manuel Márquez, procurador. Es copia fiel de su orijinal constante en el espediente de elecciones de diputados al Congreso del presente año, al que nos referimos. —Curicó i Mayo 26 de 1826. —José Antonio de Fernández. —Luis Rodríguez. —Gaspar Vidal. —José María de Labbé.
Núm. 18
▼En la ciudad de San Felipe, capital de la provincia de Aconcagua, en dieziseis dias del mes de Mayo de mil ochocientos veintiséis, año décimo de nuestra independencia i décimo sesto de nuestra libertad, los señores Presidente i escrutadores de la mesa de elección de los dos diputados i un suplente que han correspondido a este partido, al respecto de su poblacion, regulada por treinta mil almas, según el recenso del año de mil ochocientos trece, a saber: el rejidor alguacil mayor, don José Vicente Marcoleta, Presidente nombrado por la Municipalidad, i los escrutadores don Gregorio Echagüe, don José Tomás Rodríguez, don José Antonio Espinosa i don Pedro Lillo, en cumplimiento del supremo decreto convocatorio, de quince de Marzo último, para la reunión del ▼Congreso Jeneral Constituyente que se ha de instalar en la ciudad de Rancagua, en quince de Junio próximo entrante, adornado de ▼diputados libremente elejidos por las delegaciones del Estado, otorgan este poder con arreglo a las espresadas instrucciones comunicadas en el citado supremo decreto, i habiéndose observado escrupulosamente cuantas formalidades se puntualizan en las espresadas instrucciones, como consta de las actas i demás documentos que se hallan orijinales en este archivo municipal i a mas haberse procedido con la mas exacta observancia al citado supremo decreto i solemnidades necesarias, resultaron electos para diputados don Juan Agustín Prats i don ▼José Anjel Jiménez i para suplente, don José Vicente Marcoleta. Por tanto, a nombre de los distritos que representan i de la delegación a que pertenecen, otorgan los poderes necesarios en forma i con arreglo a derecho, a todos i a cada uno de los dichos diputados i suplente para que desempeñen las augustas funciones de su destino, i para que, de acuerdo con los demás diputados elejidos por las demás delegaciones del Estado, sancionen en el Congreso Nacional cuanto pueda pertenecer a los verdaderos intereses de la Nación i allanen los fines de su instituto. —Así lo otorgaron i firmaren, de que doi fe.—José Vicente Marcoleta. —José Tomás Rodríguez. —Gregorio Echagüe. —Pedro Lillo. —José Antonio Espinosa. —Ante mí, Juan Silva, escribano público i de Cabildo.
Pasó ante mí i en fe de ello lo signo i firmo.
(Hai un signo.) —Juan Silva, escribano público i de Cabildo.
Núm. 19
▼Tengo la satisfacción de elevar a manos de US. copia de los poderes estendidos a su favor para suplente por este partido en el ▼Congreso Nacional, ¡juntamente la satisfacción de ofrecerle las consideraciones de mi singular aprecio.
Dios guarde a US. muchos años. ——Santiago, Mayo 25 de 1826. —Manuel Quintana i Bravo. —Señor don Francisco Silva, suplente por Colchagua.
Núm. 20
▼Recibida por esta Municipalidad el acta de elección de diputados para el Congreso Nacional, que US. se han servido remitirle con fecha de ayer i restando solo el que se estiendan por esa mesa los poderes, como se ordena en el capítulo treinta i nueve de la convocatoria, esta Municipalidad tendrá el honor de que US. se sirva hacerlo, como igualmente lo tiene de ofrecerle las consideraciones de su distinguido aprecio.—Dios guarde a US. muchos años.—Sala Capitular, San Fernando, Mayo veintidós de mil ochocientos veintiséis. —Manuel Quintana i Bravo. —Antonio Rafael de Velasco. —Pedro Nolasco Polloni. —José Manuel Valenzuela. —José Tiburcio Gálmez. —Ante mí. —Juan Arellano, escribano públice del número. —Señores de la mesa de escrutinio.
Núm. 21
▼
En la villa de San Fernando, en veintitrés dias del mes de Mayo de mil ochocientos veintiséis años, en conformidad de la indicación del Cabildo de este pueblo arreglada al artículo treinta i nueve de la convocatoria sobre la estension de poderes; reunida a este efecto la mesa principal de escrutinio, viene en conferir a nombre de este partido los mas ámplios e ilimitados poderes para diputados propietarios a los señores don ▼Gregorio Argomedo, licenciado don ▼Pedro de la Amagada, doctor don ▼Juan Antonio Bauza, presbítero don ▼Ciriaco Campos i don Fernando Quezada, i para suplentes el presbítero don ▼Santiago Hernández i don ▼Francisco Silva; en esta virtud, podrán los antedichos señores ocurrir al lugar de