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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XII (1826).djvu/58

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CONGRESO NACIONAL

cione una lei de garantías que destruya la arbitrariedad con que se ataca la propiedad i seguridad individual de un modo escandaloso. Debiendo, pues, el Congreso detallar a la Comision las bases sobre que debe dirijir sus trabajos, al mismo tiempo puede señalarle las que han de servir para la lei de garantías. Felizmente, nos hallamos en el caso que toda la Sala está conforme que la Constitución se funde sobre principios federales; pero si es posible que antes de la Constitución elijan los pueblos sus gobernantes, creo que por la primera vez gustan el fruto de su trabajo.

El señor Fariñas. —Jamas mis reflexiones pueden ser apoyo de los sólidos principios que han aducido los señores preopinantes; mas seáme permitido esplicar con voces el placer que recibe mi alma, viendo hermanados los votos de los Representantes, con los de los pueblos que representan. Como individuo de la indicada Comision, alegaré que, para laformacion de la Constitución, a mas de las bases fundamentales que debe dar el Congreso, debia con preferencia ocupar la consideración de la Sala, la destrucción de los privilejios esclusivos, concedidos con agravio de la Nación, a los empresarios del estanco, evitando así el ataque de la propiedad i seguridad individual, con que han sido notados en muchas provincias de la República. En el sistema federal, es chocante i contra la naturaleza de este gobierno la concesion de negociaciones particulares, con perjuicio del comercio i fomento de la agricultura; lo dejo espuesto para que a su tiempo lo tenga prevenido la Comision.

El señor Torres. —De la misma manera que la celeridad en las resoluciones es lo que da mas fuerza i honor al Poder Ejecutivo, por el contrario, la madurez es lo que puede lijar el crédito en un cuerpo lejislativo. Jamas debe precipitar sus resoluciones ni resolver una mocion en el mismo dia en que se hace; esto no es práctica de ningún cuerpo deliberativo, ni en las Cámaras inglesas, ni en las de Colombia ni en ninguna. Según el reglamento, no solo se exijen tres discusiones sino que anticipadamente debe ser leída una mocion tres veces ántes de discutirse. Si atendemos a esto i que jamas una sola discusión pueda ser suficiente para que con ella se dé por sancionado algún negocio, por lo tanto, pues, siendo de tanto ínteres para la Nación el decidir cuál ha de ser el jénero de gobierno que ha de tener en adelante, si ha ser federativo o unitario, etc. deberíamos decir ántes si esta indicación se admite o no a discusión, i admitida, ver si conviene o no.

Es indudable que los sabios del dia, en los gobiernos republicanos, están decididos por el federalismo, i aun en la antigüedad Montesquieu lo propone como el modelo de los gobiernos.

Con todo, nos hallamos en el caso que dije ántes; pues (es necesario que, reflexionando los diputados, hagan ver los males en la actual forma de gobierno, i espongan los bienes de la federación, i que vean a qué nos espone el sistema unitario; entónces sí será el tiempo de resolver. Se ha hecho en la actualidad crecido número de mociones, cada una de ellas de sumo interes; así es que las indicaciones graves que se han acordado sobre gobierno eclesiástico, sobre relijion, asambleas i gobernadores, por lo mismo que han de decidir la suerte de la Nación, necesitan fundadas discusiones, i no sancionar en un rato, en un momento i sin premeditación. Los señores que tengan mejor talento que yo, podrían resolver en estos puntos; pero jamas llevarán sus resoluciones la madurez que merecen.

El señor Campos. —En la práctica de dieziseis años de una guerra asoladora en que no hemos visto sino sangre, muerte i esterminio, agobiados con el peso de una servidumbre horrible, viviendo solo para ser esclavos i juguete de los déspotas, me es muí sensible el oir al señor preopinante la indicación del retardo a la única forma de gobierno capaz de salvar los sacrificios en que hasta hoi los pueblos han jemido degradados, aludiendo, para su realización, los grandes conocimientos de que deben estar poseídos los Representantes i demora que debe presidir estas resoluciones; i sí ya tocamos de cerca los bienes que resultan a la Nación con los consiguientes ramos de la federación que cree tan difíciles el señor diputado, ¿qué es lo que puede detener al Congreso en una sanción que, por la primera vez, va a dar a los pueblos las ventajas que hasta hoi no han conocido? Los bienes de pública beneficencia no exijen un exámen abstracto. sino recibirlos i gozarlos. De aquí creo que los pueblos, al recibir esta primera sanción de la Sala, bendicirán a sus Representantes, i verán la libertad que compraron a precio tan caro, i tras la que, como un fantasma, han corrido dieziseis años.

El señor Bauza. —Supuesto que es de mucha urjencia la decisión de este punto, contráigase la Sala a su resolución; o si exije mayor detención la materia, suspéndase para otra sesión.

El Presidente. —Cuando he propuesto al Congreso la petición de las bases que han de formar la Constitución de que estamos encargados, no me ha movido otra cosa que haber oido leer la lista de los individuos que componen la Comisión, donde se me ha hecho el honor de incluirme. Estoi íntimamente persuadido que no me mueve otra cosa que el bien i la felicidad de mi país, de este pueblo de Chile que tanto amo i que, confío en el Ser Supremo, nos ha de asistir para dictar la Constitución de unos Estados que, conservando sus derechos, permanezcan siempre unidos.

El señor Infante. —He oido con gusto a todos los señores preopinantes apoyar el sistema federativo. Efectivamente, es el único capaz de hacer la prosperidad de la República. Se ha asen-