- Que vuelva a la Comision de Gobierno el informe relativo a la renuncia del Excmo. don Ramon Freire, a fin de que abra dictámen decisivo. (V. sesiones del 3 i del 5.)
- Declarar que la votacion recaída en el acuerdo que inmediatamente precede es válida, a pesar de no haber entrado a sufragar el señor Elizondo, que se hallaba en la Secretaría.
- Aprobar los poderes del señor Pérez, diputado por San Felipe, i llamarlo a prestar juramento.
- Discutir el reclamo de los empleados contra la lei de rateo de los sueldos. (V. sesiones del 3 i del 5.)
- Dejar en tabla dicho reclamo, el proyecto de Constitucion (V. sesiones del 1º i del 5 bis), i el de tramitacion de los asuntos contenciosos. ( V. sesiones del 3 i del 5 bis.)
ACTA
Se abrió con los señores Albano, Aguirre, Benavides, Bilbao, Campos, Casanova, Calderón, Donoso, Eyzaguirre, Elizondo, Fariñas, Fernández, González, García de la Huerta, Huidobro, Infante, Irarrázaval, López, Luco, Marcoleta, Meneses don Juan Francisco, Meneses don Gregorio, Molina, Montt don José Santiago, Muñoz de Bezanilla, Novoa, Olivos, Pradel, Sapiain, Santa María i Vera.
Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyó un oficio del señor diputado gobernador local, reclamando la providencia del Ejecutivo en la competencia con el intendente sobre sus atribuciones, i se pasó a la Comision de Constitucion.
Leyóse el informe de la Comision en la declaracion pedida sobre la resolución respecto de Ninhue, i se mandó poner en tabla por su órden.
Entróse a la elección de Presidente i Vice, i habiéndose practicado por votacion pública, resultaron veintiséis sufrajios a favor del señor Elizondo para Presidente, uno por el señor Novoa don Manuel i otro por e¡ señor Benavente don Diego. Fué proclamado Presidente el primero; para Vice-Presidente, veintiún sufrajios a favor del señor Irarrázaval, tres por el señor Calderón, uno por el señor Benavente don Mariano, uno por el señor Luco, otro por el señor Huidobro, i uno por el señor Novoa don Manuel; fué proclamado Vice-Presidente el primero.
Incorporóse a la Sala el señor Palazuelos i prestó el juramento.
Entróse a discutir la renuncia del señor Presidente de la República, i por haberse indicado que debia volver a la Comision para que abriese dictámen decisivo, puesto en votacion, resultó la afirmativa por 15 sufrajios contra 14.
Díjose de nulidad de dicha votacion por no haber entrado a sufragar el señor Elizondo, que se hallaba en la antesala. Se discutió i se fijó la proposicion siguiente: ‟¿Es o no legal la votacion anterior?„ Resultó la afirmativa por veintiún sufrajios contra seis.
Leyéronse los poderes del señor Pérez, diputado por Aconcagua, se aprobaron i se mandó llamar para su incorporacion.
Entróse a discutir el proyecto de la Comision sobre el reclamo hecho por los empleados acerca de la lei de rateo.
El señor Infante hizo indicación para que se votase si debia o no la Sala considerarlo. Se discutió, i puesto en votacion, resultó deberla considerar por 24 sufrajios. En consecuencia, se puso en tabla para el dia siguiente, como asimismo el proyecto de Constitución i el de Justicia sobre negocios contenciosos, habiéndose levantado la sesión a la hora acostumbrada. —Irarrázaval. —Montt.
ANEXOS
Núm. 414
▼La ▼Comision de Constitucion no sabe, a la verdad, cómo denominar la esposicion del Ejecutivo, consiguiente a la resolución que cita. Ella manifiesta pedir aclaracion, pero siendo indudable i demasiado espreso el testo, pedir que se esplique si se quiso decir que el ▼partido de Ninhue quedase dividido por ahora, es lo mismo que pedir aclaracion sobre si se ha de practicar o no lo dispuesto por la Sala. ¿Cuáles son esas interpretaciones de que es susceptible lo acordado? ¿Se ignora que cuando Ninhue hizo la reclamacion al ▼Congreso estaba aun en posesion de esa nueva planta? ¿No resulta esto de los mismos documentos que posee el Ejecutivo? ¿No aparece de ellos que protestaron contra la providencia del Gobierno i ocurrieron a la ▼Representacion Nacional? ¿No era bastante para corroborar ese concepto el fin que manifiesta la lei i la denominacion que da a Ninhue? La Comision no atina con la idea que pueda presentar dudas al entendimiento, i por tanto somete a la consideración de la Sala el siguiente
Dígase al Ejecutivo que el decreto de que se trata, fué espedido a ciencia cierta de que al tiempo de la reclamacion Ninhue estaba aun en posesion del carácter de partido. —Sala de Sesiones,