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306 COMISION PERMANENTE
COMISION PERMANENTE
SESION 9.ª, EN 23 DE MARZO DE 1832
PRESIDENCIA DE DON DIEGO ANTONIO BARROS


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobación del acta de la sesión precedente. —Cuenta. —Revolución de Petorca i enjuiciamiento del Diputado don Manuel José Silva. —Acta.—Anexos.


CUENTA

Se da cuenta:

  1. De un oficio, fecho el 7 de Marzo, con que S. E. el Presidente de la República acompaña varios documentos relativos a unos movimientos subversivos que han ocurrido en Ligua i Petorca; consulta sobre la manera de proceder, no habiendo juez letrado en aquella provincia, i pide se declare si há o nó lugar a formacion de causa contra el diputado don Manuel José Silva. (Anexos núms. 387 a 394. V. Cámara de Diputados en 27 de Setiembre de 1828.)
  2. De otro oficio, fecho el 17 del mes corriente, en que el mismo Majistrado pide el pronto despacho de la consulta precedente. (Anexo núm. 395.)
  3. De una nota en que don Mariano de Egaña comunica que no asistirá a la sesión por estar implicado para conocer del asunto consultado por el Ejecutivo. (Anexo núm. 396.)
  4. De otra nota en que don F. Errázuriz avisa que no podrá asistir a la sesión del 12. (Anexo núm. 397.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Declarar que há lugar a formacion de causa contra el diputado don Manuel José Silva.
  2. Contestar al Supremo Gobierno diciéndole que los reos del motin de Petorca deben ponerse a disposición del juzgado competente i que la causa se debe sustanciar por el Alcalde no implicado, o en subsidio, por el Rejidor mas antiguo i remitirse en seguida al juzgado de letras de la Capital para que la falle. (Anexo núm. 398.)



ACTA

SESION DEL 23 DE MARZO

Se abrió con los señores Barros, Elizondo, Izquierdo, Elizalde i Rodríguez.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se dió