▼tas. En esta virtud, a UUSS. suplico que, por los fundamentos espuestos, se digne concederme lo que pido; es gracia que espero de su bondad jenerosa. —José Ignacio Sotomayor.
Santiago, Marzo 21 de 1825. —No hallándose la causa en estado de acceder a esta solicitud por ser contraria a la lei, agréguese para su tiempo. —(Hai tres rúbricas.)
Santiago, Marzo 30 de 1825. — Hallándose sin conducto el término con que se comunicó traslado, i recibió a prueba esta causa con todos cargos, dése cuenta al Soberano Congreso, para el primer dia de su reunión, a fin de que se resuelva definitivamente. — Ovalle. — ▼Elizalde. — ▼Palazuelos. —Ante mí, Solis.
En treinta del propio, pasé al cuartel número 8, en donde se halla arrestado don José Ignacio Sotomayor i le hice saber el supremo decreto que antecede. Doi fe. —Labra.
En el primero, a don Patricio Bustamante. Doi fe. - Labra.
Núm. 278
▼Señores de la ▼Comision de Justicia:
El representante que suscribe, hace presente UUSS. que es concluido el término perentorio por el cual se recibió a prueba con todos cargos la causa criminal, cuya sentencia debo oir.
Por tanto:
Suplico a UUSS. lo avisen al Presidente del Congreso para que le cite estraordinariamente. Es justicia, etc. —▼José Gregorio Argomedo. —
Santiago, Marzo 30 de 1825. —Sin perjuicio de lo proveído con esta fecha por estar trascurrido el término, póngase en noticia del señor ▼Presidente para que obre como convenga i agréguese al proceso. (Hai dos rúbricas.) - Ante mí, Solis.
En treinta i uno del mismo lo hice saber al señor don José Gregorio Argomedo. Doi fe. —Labra.
En el propio, a don José Ignacio Sotomayor. Doi fé. — Labra.
En el mismo, a don Patricio Bustamante, de que doi fe. — Labra.
Núm. 279
▼Señores de la Comision:
Don José Ignacio Sotomayor, con mi mas profundo respeto, comparezco ante UUSS. i digo: que habiéndose escusado los abogados que he visto para que me defiendan la causa que se sigue contra mí, sobre el debate que he declarado en contra de los señores ▼Argomedo i ▼Fontecilla, he ocurrido últimamente al señor doctor don ▼Manuel Gandarillas, el que me ha prometido hacerme la defensa, i dice que, habiendo ido por los autos para informarse de ellos, se lo impidió el actuario. Suplico a UUSS. que miéntras no se le pasen a su casa no me corra el término; pues quiero que mi defensa sea con todos los trámites precisos para vindicar en algún modo mi honor que, por mis contendores, ha sido tan vulnerado.
En cuya virtud,
A UUSS. pido i suplico que hagan pasar el espediente al señor Gandarillas para que, informado de él, pueda hacerme la defensa que solicito conforme a derecho.
Es justicia, etc. — José Ignacio Sotomayor.
Santiago, Marzo 31 de 1825. —Aunque la Comision, procediendo conforme a la lei por estar circunducto el término con exceso, ha dado cuenta al ▼Soberano Congreso para su resolución, no obstante, obrando con toda la equidad compatible con la misma lei, advirtió al actuario que si algún letrado ocurría a la oficina a instruirse del proceso se lo facilitase al reclamante. —(Hai dos rúbricas.) — Ante mí, Solis.
En treinta i uno del mismo lo hice saber al señor don José Gregorio Argomedo. Doi fe. —Labra.
En el mismo a don José Ignacio Sotomayor. Doi fe. —Labra.
En el propio a don Patricio Bustamante. Doi fe. — Labra.
En dicho lo puse en noticia del señor ▼Presidente del Soberano Congreso. Doi fe. —Labra.
En dos de Abril del presente año le dejé copias de las providencias de 31 de Marzo, 30 del propio i de lo proveído en que se cita para la reunión del Soberano Congreso. De que doi fe. —Labra.
Núm. 280
▼La ▼Comision estraordinaria de Justicia acaba de recibir en este momento una representación del señor diputado doctor don ▼José Gregorio Argomedo, en que indica que, siendo concluido