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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XI (1824-1825).djvu/278

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ANTECEDENTES

Don Felipe Menéses.

" Ramón Chavarría.
" Juan de Dios Labraña.
" José Carriso.
" Ambrosio Sánchez.
" Manuel Vega.
" Lúcas Soto.
" Santos Zúñiga.
" Juan Torreblanca.
" Lorenzo Soto.
" Simón González.
" Miguel Salvatierra,
" Santiago Ortiz.
" Bernardo Guzman.
" Juan Soto.
" Juan de Dios Menéses.

Es copia de la lista orijinal de los que concurrieron a la votacion, i queda ésta en el archivo de mi cargo. —Rancagua, Julio 14 de 1825. —Mariano Loyola, escribano público i de Cabildo.

Núm. 399 (1)[1]


Esposicion que hace al público el Cabildo de Rancagua sobre los sucesos i votacion del 11 y 12 del presente

Si el ciudadano hubiese de aquietarse solamente con la conveniencia de haber llenado sus deberes, la autoridad municipal de Rancagua, descansando en la certidumbre de haber cumplido los suyos, no se daria priesa a manifestar al público su conducta en la reunion popular del 11 i 12 del presente; pero, como el sentimiento individual de cada uno de sus miembros no les tranquilice, cuando los hechos pueden desfigurarse de mil modos, presentándoles con desfavorable aspecto, creen de su obligación hacer esta manifestacion para que se pronuncie el juicio público con la rectitud que caracteriza las sanciones populares. El Cabildo, aunque persuadido de que no debe separarse de los sentimientos indicados, siempre se hubiese decidido a guardar silencio sobre los acontecimientos enunciados, si en cierto modo no se le hubiese provocado a hablar con el esparcimiento de especies que le agravian demasiado; protestamos al público imparcial que esta Municipalidad lo es en la presente esposicion, i que, ajena de las pasiones que podrian estraviarle en sus conceptos, solo pretende manifestar con sinceridad la verdad de los sucesos, en que debe apoyarse la opinion pública.

A consecuencia de las circulares impartidas a los pueblos, consultándoles sobre si era su voluntad la de que continuase el Director en el mando supremo, o reconocían la autoridad de la Junta erijida por el pueblo de Santiago, se convocó al de nuestra representacion con este fin para el 11 del presente. Reunido el vecindario en la Sala Capitular, se procedió a ventilar la forma como debia practicarse la votacion. Este paso, que parece indiferente a los que jamas han valorizado los peligros que cercan a la libertad del ciudadano, fué, en concepto del pueblo i del Cabildo, de la mas alta importancia. Del método de sufragar se creyó dependía en este acto la libre espresion del público, ¿i cómo podria tampoco omitirse una cuestion, cuya decisión se habría hecho absolutamente necesaria por la efervescencia que se dejaba ver en los sufragantes? Por otra parte, cuando los ciudadanos se veían constituidos en una peligrosa alternativa, en necesario que el pueblo mismo designase la forma en prestar sus sufrajios; porque en ella estaría mejor garantida la libertad de su espresion. El resultado de la discusion fué que la votacion debia practicarse en secreto; i que se fijase el siguiente día para evacuarla.

El pueblo principió a reunirse a la hora designada, i en esta situación se promovieron algunas cuestiones sobre objetos de absoluta inconducencia al fin de la convocación. Los individuos que habian asistido, se ocupaban en la ventilacion de aquéllas, cuando repentinamente algunos sujetos poco conocidos o de ninguna representacion, levantan una vocería proclamando al Gobierno i Supremo Director, i se dejó oir al mismo tiempo un repique jeneral que, por su simultaneidad, denotaba de un modo inequívoco la maquinacion infame con que se habia preparado este suceso. El gobernador don Juan Pablo Ramírez, colocado a la cabeza de los tumultuados, se retira en esta situación de la Casa Municipal a otra particular con el designio nefando de concluir allí un acto que habia principiado por la subversion del orden.

En vano fué la oposicion del Cabildo i pueblo sensato a un procedimiento tan atentatorio, porque, manifestado el proyecto, era necesario llevarlo hasta el fin para sincerar sus principios con la aparente observancia de las solemnidades prescritas. Invertido el órden de la votacion, violadas las formalidades que deben guardarse en esta clase de actos; declarada en tumulto la reunion popular, en que debia respetarse mas inviolablemente la tranquilidad de los sufragantes, i aterrorizados justamente con la presencia del desorden autorizado, el Cabildo no pude esperar un resultado legal, ni que desmintiese el fin la nulidad de una progresion de tantos actos viciosos.

Nada es capaz de moderar el ímpetu de las

  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Documentos para la Historia, tomo III, pajina 44, de la Biblioteca Nacional. Agregamos los documentos que siguen sobre los sucesos ocurridos en San Fernando i Rancagua en Julio de 1825 para que por ellos se comprenda el fracaso del Congreso convocado a instancia de la Junta Gubernativa e instalado de este mismo año. (Nota del Recopilador.)