▼apoyo la concurrencia de circunstancias morales que forman esclusivamente el criterio de los sucesos. Si se investiga lijeramente cuáles han sido los medios que se han empleado para conseguir como resultado de averiguación la falsedad de los agravios que han motivado las quejas de Colchagua, se hallará, en resumen, no son otros que los informes que han dirijido al Gobierno el delegado Quintana i el comandante Puga. ¿I podrá darse crédito al testimonio de estos personajes? ¿Servirán acaso sus informaciones para cimentar el juicio sobre los acontecimientos de que se queja una provincia? No, ellos son los que han ajado la soberanía del pueblo; los que han impuesto silencio al voto de ciudadanos inermes con la amenaza de las bayonetas; los que a su vista han hecho alarde de la opresion con que lo agobian; los que prodigaban suplicios a los que no seguían sus caprichos i, por decirlo todo, los que, aprovechándose de la violencia i de la mas vergonzosa crápula, lograron arrancar de algunos débiles un reconocimiento que no podian esperar de la mayoría sana de la provincia.
El ▼Gobierno ha sido desgraciadamente engañado por el delegado Quintana. Despues que ha cometido los crímenes mas enormes contra la majestad del pueblo que represento, este era el único medio de legalizar sus aspiraciones i de ponerse a cubierto del castigo a que le condenan las leyes i la opinion. ¿Cómo podia sustraerse de los cargos del pueblo, sino denigrándolo i atribuyendo a un pequeño número de ciudadanos la resistencia a sus ambiciosos proyectos? ¿Podría creerse que este delegado desvanézcalas tropelías de que se acusa con los mismos sujetos que, concurriendo a la votacion, fueron el blanco de sus ultrajes? Si el Gobierno tiene certidumbre de la falsedad de los hechos, ¿por qué no se permite la libre reunión del mismo pueblo para que se patentice al Estado toda la impudencia de calumnia tan atroz? ¿Por qué no se aleja del centro mismo de los ciudadanos la fuerza que los oprime i que amaga aun sus suspiros? ¿Por qué se quiere oir solo el voto del ▼Cabildo, cuando debe consultarse esclusivamente al pueblo que se queja? Todo esto prueba que se pretende solamente sostener a todo trance a la cabeza de mi provincia a un delegado que se ha hecho odioso por sus excesos, i que está ya depuesto por el voto jeneral, espresado a despecho de la fuerza.
Si hacemos tránsito de los convencimientos con que se ha querido probar la falsedad que se supone en los cargos contra el delegado Quintana a los que demuestran su efectibilidad, los en contraremos de una solidez incontrastable. Ella se apoya en el testimonio intachable de todo un pueblo, cuando solo se contradice por aquel interesado en disminuir la enormidad de sus atentados. Es verdad que el Director indica en su contestacion a la Junta que, para formar concepto acerca de los cargos que se hacen a Quintana i Puga, ha oido el parecer de los sujetos mas imparciales, i que éstos le han asegurado su falsedad; pero, suponiendo la realidad de esta circunstancia, ella no varía un solo punto la naturaleza de la asercion. ¿Cuáles son esas personas que se ocultan en el silencio? Cómo han sabido el pormenor de los acontecimientos de San Fernando, o de qué medios de investigacion se han servido para asegurar la infalibilidad de sus conceptos? Si ha habido algunos que han pronunciado un dictámen tal, sin duda son los que tienen ínteres en la continuacion del desorden i conservación de Quintana, o han sido engañados por él a la distancia, o alucinados por las maliciosas relaciones o especies finjidas que ha esparcido el comandante Puga en su repentina aparición en esta capital. ¡Cuántos medios no le habrá hecho tocar al delegado Quintana el deseo de conservar un destino que tan indignamente ocupa! Cuando sus relacionados forman el círculo afortunado de la autoridad, ¿podrá ésta formarse un juicio que le sea contrario? De ninguna manera; las quejas del pueblo se han reputado por este motivo sediciosas, i jamas parecerán hijas de vejaciones insufribles siempre que se miren con el microscopio de la imparcialidad.
Mil doscientos hombres han prestado reconocimiento a la Junta [1] i estos mismos aseguran los atentados de Quintana i Puga, cuando éstos para desvanecerlos, apénas han contado con el voto de ciento i mas individuos, arrancado por las bayonetas o en los accesos de la embriaguez. Aquéllos forman no solo la parte mas sana de Conchagua, sino también la mayoría de los sufragantes calificados según los requisitos legales, cuando la porcion mas considerable de éstos carece de cuantas cualidades podian abrirles la puerta a la deliberacion i al sufrajio. Los primeros son conocidos por su sensatez i propiedades, en vez que muchos de los segundos lo son solamente por el defecto de estas calidades; en una palabra, aquéllos por su heroicidad jamas permitieron el ultraje de sus derechos, miéntras que éstos han echado sobre sí el borron de temblar al aspecto de su tirano protervo, i el de haber sellado su degradación con sus propios sufrajios. Para que no quedase la apariencia mas lijera que
- ↑ "Como Ministro Secretario de la Junta Gubernativa, i cumpliendo con su superior decreto anterior, certifico: que, en una representacion que hace a esta Junta por todo el vecindario de San Fernando, reconociendo esta autoridad i aclamando por su gobernante al señar coronel don José María Guzman, constan suscritos en ella mil doscientos individuos en la comprension de dicho partido; e igualmente en otra nota dirijida a los Representantes de aquel mismo pueblo, comisionados por la mayoría para sostener sus derechos de elección, aparecen retractados en el sufrajio prestado en la anterior acta de reconocimiento al Supremo Director cuarenta i seis individuos de los que forman la propia poblacion. "Así consta de los documentos orijinales que existen en el Ministerio de mi cargo, a los que me remito en caso necesario. —Santiago, Julio 29 de 1825. —Doctor ▼Juan José de Echeverría, Ministro Secretario""