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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XI (1824-1825).djvu/32

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32 CONGRESO NACIONAL

senatorial de 21 de Julio del año próximo pasado; por tanto, como la delegacion de los Anjeles, en acta de ayer, cumpliendo con el supremo decreto de 20 de Enero del presente año, en el que ordena se proceda a nueva eleccion de dos diputados i dos suplentes, por haber renunciado los electos en 1.º de Octubre del año 24, se procedió a elejir nuevamente los diputados que le corresponden, según el artículo 4.º del decreto de 5 de Mayo de 1823, a pluralidad de sufrajios, i resultando en dicha acta por diputado suplente dicho exceso por el ciudadano don Nicolás Pradel, despues de hecho el escrutinio con arreglo a los artículos 24, 25 i 26 del precitado decreto, lo elejimos i nombramos por tal diputado suplente, como ordena el artículo 17 de la misma órden suprema, para que, con toda la representación que esta poblacion tiene i debe tener como parte integrante de la Nacion, pase a reunirse al Soberano Congreso, en defecto del propietario, dándole, como le damos, todo el poder que para tan alto encargo se requiere, sin reserva de derecho alguno, por el que tenga toda la autoridad i representacion que todo este pueblo goza.

Que es hecho en la plaza de Yumbel, residencia actual del delegado, a 16 de Febrero de 1825. —José G. Robles. —José Manuel Dávila. —Cipriano Segovia. —Manuel Briceño. —Pedro Fuente-Alba.


Núm. 57

Excmo. Señor:

Si a la Soberanía Nacional ha sorprendido la nota del teniente-gobernador de Curicó, relativa a la órden reservadísima que finjidamente tuvo de ese benemérito cuerpo para aclamar por Director Supremo al señor mariscal don Joaquín Prieto; no ménos ha sucedido a esta Intendencia al leer la honorable comunicacion de V. E ., fecha 17 del que rije.

Tal órden no ha llegado a mis manos, ni creo que tampoco a ninguno de los delegados de la comprensión de la provincia, que tengo el honor de mandar, sirviendo a V. E. de gobierno que, con esta prevencion, no será fácil se me sorprenda, i que en todo obraré según V. E. me lo ordena en su ya citada nota que tengo el honor de contestar.

Reitero a V. E. los sentimientos de consideracion i aprecio. —Intendencia de Coquimbo, Serena 26 de Febrero de 1825. —Excmo. Señor. —José M. Benavente. —Señor Presidente del Soberano Congreso Constituyente de la Nacion.


Núm. 58

La lectura de la órden de 4 del presente, que motivó mi consulta del 8, me hizo formar uno de dos conceptos. Una falsa imputacion al Soberano Congreso, o movimiento de alguna faccion aspirante que arrastrase la ruina de la Nacion. Para desatar este problema adopté la medida de la consulta a V. E. en Sala plena; mas, como retardase tanto su contesta, me precisé a cortar un mal tan trascendental remitiendo al Ejecutivo, por vía reservada, el documento orijinal; por este motivo no se acompaña a éste, como V. E . me lo previene en órden de 17; quedando prevenido en la advertencia que se me hace.

Dios guarde a V. E. muchos años.—Curicó i Febrero 25 de 1825. — Isidro de la Peña. —Señor Presidente del Soberano Congreso.


Núm. 59

Señor:

Los edecanes que suscriben, ante Vuestra Soberanía, con el mas profundo respeto, en los términos mas arreglados a ordenanza, esponen: que, en el Senado pasado, se acordó i sancionó que sus edecanes pasasen revista de comisario por separado hasta que cesase su comision, por los perjuicios que sufrían en sus pagos, estando incorporados a los agregados a la plaza sin destino. Los que suscriben, señor, están en el mismo o mas necesitado caso de esta orden, pues hallándose empleados i con su sueldo íntegro, no es regular pasen revista junto con los reformados. En cuya virtud, A Vuestra Soberanía suplicamos ordene pasemos revista por separado i de este modo nos sean pagados nuestros sueldos cuando lo sea el ejército. —Isaac Thompson. —Pedro José Reyes. —Enrique Ros. —Al Soberano Congreso.


Santiago, Marzo 8 de 1825. —A la Comision Interior. —Lazo.

Para proceder con acierto, pídase con oficio por Secretaría informe al señor comandante jeneral de armas. Vera. —Lazo.


Núm. 60

El Congreso, en sesión de 7 del corriente, ha acordado se pidan al Ejecutivo las circulares apócrifas que los gobernadores de la República le hayan dirijido ántes i despues de las que se les remitió impresa por la Sala i por conducto del Supremo Gobierno. Lo que tengo el honor de esponerlo a US. para su cumplimiento, protestándole mi adhesión i distinguido aprecio. — Secretaría del Congreso, Marzo 10 de 1825. —Al señor Ministro del Interior.