misiones se contesta lo que se quiere; i por condescendientes o demasiado acalorados los que las componen, nada sacan; eso de que haya papeles i papeles; que los haya. Se verá quién tiene razon.
El señor ▼Zañartu. —Yo he propuesto con el carácter de escrúpulo la cuestion, i los señores han calificado de sutileza una cosa que no han disuelto con razones bastante sólidas. Dicen los señores que nos hemos declarado ▼Congreso, es decir dispuestos a instalarnos; nada de esto tiene una relacion con la cuestion presente, en que debe ir un acto imperante de parte del Congreso. He dicho que acaso nadie está tan conmovido como yo de los atentados cometidos ayer; por consiguiente, si la Sala quiere i decide lo contrario, con gusto me someteré a su resolucion i suscribiré.
El señor ▼Infante. —Se ha dicho por uno de los señores preopinantes que debe prescindirse por ahora de la cuestion de si el Congreso ántes de instalarse puede ocuparse de este punto, o nó; i que, siendo dudoso, puede diferirse hasta la instalacion del Congreso. Señor, la Sala ha deliberado que haya luminarias, salvas etc. ántes de que se reunan los diputados de las provincias, i no ha diferido para entónces estas solemnidades; mas, para enjugar las lágrimas de la infeliz madre i la infeliz esposa ¡se quiere diferir!!
El ▼Director (ha dicho, el mismo preopinante) tiene autoridad para hacer reclutas, i dice que para integrar los cuerpos han sido formadas arbitrariamente. ¿Hai, pues, alguna lei vijente que prescriba el reclutaje? I sobre todo, nosotros esperamos a que el Congreso se instale, i el Director, que sabe que dentro de dos dias se instala i que no ha sido para contener esa resolucion ¿continuará reclutando?
Me opongo a la indicacion que ha hecho un señor diputado sobre que vaya una comision. El Cuerpo Lejislativo jamas debe entenderse con el ▼Ejecutivo por comisiones; es degradarse. Un diputado es parte de la Soberanía, i un gobernante es un oficial de la República. A mas de que esto se reducirá a palabras que se evaporarán en el gabinete. El Cuerpo nada debe tener reservado, todo debe ser público; i al efecto, la órden debe ser que todos se pongan en libertad, a excepcion de los que quieran voluntariamente quedar en los cuarteles. Si la seguridad individual ha sido atacada, ¿cómo se satisface a ella sino restituyendo a su libertad a todos los que se han aprisionado? A esto contraigo mi proposicion e igualmente a exijir que el Director diga quién ha sido el que ha dado esa órden.
No tomando otro señor la palabra, se votó la siguiente proposicion: ¿Se resuelve este asunto ántes de la instalacion del Congreso? Se acordó por la afirmativa. En seguida se puso en votacion la siguiente: El Congreso ¿se entiende sobre este asunto con el Director por oficio o por una comision? Primeramente salió empalada la votacion; pero repitiéndose, se acordó por el segundo miembro de la proposicion.
Se nombró para la comision a los señores ▼Ovalle (don José Antonio), ▼Echeverría i ▼Elizondo.
Entrando en discusion qué cosas deberian esponerse por la comision al Gobierno, el señor ▼Infante dijo:
Es un principio incontestable que el que ha sido despojado debe ser restituido. Es tan cierto este principio que si un ladrón ha sido despojado por otro de alguna cosa, a ese ladrón se le manda restituir. Se dice que los vagos i criminales pueden quedar en los cuarteles. ; Excelente jente para sostener la Patria! Uno de los señores ha dicho que no hai lei en el dia; pero aun cuando no la haya, ¿no hai un cuerpo lejislativo? ¿I cómo se autoriza esa práctica opresora, esa práctica inicua, que la circunstancia de no haber lei jamas podrá justificar? Mi opinion es que a todos se liberte, no, como se ha dicho, que se exceptúen los que son vagos, porque esto seria abrir las puertas a la arbitrariedad.
El señor ▼Egaña. —Yo no discuto ahora sobre la justicia o injusticia del hecho; discuto sí sobre lo que se funda. Nadie está despojado si no hai una lei que le asegure aquello; i mucho ménos cuando la seguridad i defensa del Estado lo exije, lei fundamental de la naturaleza; de consiguiente ni se le ha despojado de su libertad, porque todos están obligados a defender su Patria, cuando los llama el que está a cargo del Gobierno. Él ha llamado a esos, i de consiguiente, lo único que aquí hai es abuso en el modo, i ese abuso es el que se debe reformar. En los casos ordinarios las reclutas deben hacerse sobre hombres que no hagan gran falta doméstica; i sobre todo ¿qué es lo que vamos hacer? A impedir enteramente las reclutas, fundados en una sutileza, cuyo fundamento es el de no haber un reglamento de reclutas; pero ésta ha sido la práctica en Chile desde el principio de la revolucion; i en ninguna parte se hacen con mas moderacion que entre nosotros, pues es mucho mas duro en otros países, en donde los ciudadanos mas preciosos se sortean.
En Francia lo eran sin distincion, i únicamente se miraba a su edad. Todas las leyes de reclutas son durísimas en todos los países, i mui suaves en este país. Si se dijese al Director que no reclutase, no teniendo con que reemplazar los cuerpos, se concluiria la fuerza por las continuas deserciones que hacen; lo que debemos decir es que se ha faltado en el modo de hacerlas; pero no que absolutamente no se hagan.
El señor ▼Infante. —No hai una lei (se ha asentado) que garantice la libertad del ciudadano.
El señor ▼Egaña. —Nó, señor; eso no es lo que digo.
El señor ▼Infante. —Pero ha dicho que no hai una lei que asegure al ciudadano que no será llevado a un cuartel. ¿Con que se puede reclutar libremente por el Poder Ejecutivo?