▼Se le hace cargo, con una nota al Supremo Gobierno i por lo que resulla del sumario, que cooperó a la variacion del Poder Ejecutivo, i que se quitase también el Lejislativo; i responde que es cierto trató, por el derecho de peticion, se variase la persona del Delegado Errázuriz; pero no se acuerda haber tratado sobre la supresión del Senado; que, para lo dicho ántes, solo habló al oficial Reyes, mas claro, para que la tropa no hiciese fuego al pueblo para el efecto dicho. Agrega que es cierto también fué uno de los que se reunió el 19 de Julio para quilar el Poder Lejislativo; que el mismo Supremo Director tuvo noticia de esta reunión, que no lo impidió, i que en cierto modo lo autorizó; i que el Comandante Jeneral de Armas ofreció la tropa para que sostuviese los derechos del pueblo Que, en su consecuencia, siendo nombrado el confesante gobernador-intendente de esta provincia, mandó pedir tropa a la mayoría de plaza i música para publicar un bando en que se convocaba al pueblo para que, reuniéndose, se acordase lo que debia hacerse en las críticas circunstancias de hallarse acéfala la provincia i se publicó el bando efectivamente con la tropa i música pedida. Agrega también que, despues del dia 19, le dijo al mismo Director Supremo el confesante, delante de su Ministro Benavente, su proyecto de quitar al Delegado Errázuriz; pero que al fin no se verificó, porque no se presentaron medios de hacerlo; que el Director seguramente no conceptuó delito éste, i por el contrario tácitamente lo aprobó, cuando a los cuatro o cinco dias le admitió la renuncia de la Intendencia al confesante, i le pasó un oficio bastante satisfactorio, que corre impreso.
Se le hace cargo cómo ha dicho en su declaración que no sabe se sacaban copias de los pasquines i se fijaban en los lugares públicos, cuando tesulta del proceso que se le daban al nevero, Gabriel Villegas, para que las fijase, i responde que es mui falso el cargo. I aunque se le hicieron otras preguntas, repreguntas i cargos, dijo no tener mas que confesar, i firmó con dichos señores. Doi fe. — Ovalle. —Pérez. —Elizalde. —Palazuelos. —▼Francisco de Borja Fontecilla.—Ante mí, Solis.
Santiago, Marzo 3 de 1825. —Resultando de las declaraciones i confesiones tomadas a los reos una contradicción abierta en sus hechos, tráiganse a la Sala de la Comision para que se careen. —(Hai cuatro rúbricas.) —Ante mí, Solis.
En la ciudad de Santiago de Chile, en cuatro dias del mes de Marzo de mil ochocientos veinticinco años, dichos señores comisionados, para efecto de evacuar el careo mandado hacer, hicieron traer a su presencia a los señores, digo, al señor don Gregorio Argomedo, retenido en prisión en esta casa de Congreso i a don José Ignacio Sotomayor, i al efecto, puestos en la forma ordenada, ámbos dieron principio, haciéndoles ver la necesidad que tenían de que dijesen verdad, i enterados, contestaron que así la dirían, i en consecuencia, dichos señores hicieron presente al señor Argomedo que, de la deposicion de don José Ignacio Sotomayor, consta que en la Alameda le dijo a Sotomayor: "Primeramente muerto que confesor", lo que, oido por Sotomayor, dijo que habia sido efectivo; i el señor Argomedo dice que es falso haberle dicho tales espresiones, adviniéndose que, habiendo pedido el señor Argomedo que dijese don José Ignacio qué noche habia sucedido esto, respondió don José Ignacio que el juéves o viérnes anterior a su prision, a la oracion; ámbos se ratificaron en lo que tienen declarado i confesado. I así es que evitan recíprocamente los cargos que debian hacerse. Con lo que se concluyó esta dilijencia i la firmaron con dichos señores. Doi fe. —Ovalle. —Pérez. —Elizalde. —Palazuelos. —José Ignacio Sotomayor. —José Gregorio Argomedo.—Ante mí, Solis.
En continuacion de la misma dilijeneia, dichos señores hicieron comparecer a su presencia al señor don Francisco Borja Fontecilla a la misma que se hallaba don José Ignacio Sotomayor, i les hicieron ver la necesidad que tienen de decir verdad, i enterados, protestaron decirla. En su virtud i puestos en la forma ordenada, se le instruyó al señor Fontecilla del primer cargo, i oido esto por Sotomayor le acusaba i se mantenía en ello i dicho señor Fontecilla lo negaba diciendo que era falso, i así es que ámbos, entelados en las acusaciones i cargos que se hacían al señor Fontecilla, éste dijo que se ratificaba en lo que tiene declarado i confesado i lo mismo espuso Sotomayor. Se le preguntó a éste que si la delación que habia hecho a la Supremacía era por haber alcanzado de ella una moratoria. Respondió que no lo había hecho por eso. Con lo que se concluyó esta dilijeneia que firmaron con los señores de la Comision. Doi fe. —Ovalle. —Pérez. —Elizalde. —Palazuelos. —José Ignacio Sotomayor,—Francisco Borja Fontecilla. —Ante mí, Solis.
Santiago, Marzo 4 de 1825. —A efecto de revestir el proceso de todos los datos que en él se indican, cítese a don José Santiago Palacios a la sala de la Comision para que se practique una