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CONGRESO NACIONAL

esta Sala en todos i cada uno de los señores diputados i en todos i cada uno de sus conciudadanos? ¿Callará cuando su silencio le esponia al ultraje i a ver holladas las garantías i las leyes? ¿Olvidará una causa que iba a formar la pieza principal en el Martirolojio de Chile? ¡Ah! si esta horrible ofensa se hubiera proferido por un particular solo merecería el desprecio; pero pronunciada por Ministerio que, en la Sala misma de la Representación Nacional, osó decir que era preciso que corriese alguna sangre para asegurar la tranquilidad del país [1] , i presentada como un hecho incuestionable, ¡qué idea! ¡qué imájenes de horror se presentan a la observación de aquellos que desconocen la adulación!... ¿Qué? El estandarte de la Libertad ¿deberá mancharse con sangre, como lo está el cetro del despotismo? Nó. Los que han roto con una mano las cadenas de la esclavitud no empuñarán con la otra el cuchillo de que se arma el verdugo.

¿Dónde están los antecedentes que sirven de base a las calumnias? Se ha leído ese sumario peregrino, que solo ahora he oido, en que debia resultar el espíritu de acriminacion, si los jueces fuesen ménos justificados, i nadie habla de asesinatos de Argomedo. Se ha examinado la miserable declaración de ese hombre despreciable, que ha servido de ájente en esta farsa ignominiosa, i no nombra a Argomedo en tal crimen; pero, lo que es mas, niega la existencia o intención del crimen misino que se supone. Se ha recorrido escrupulosamente la de su asociado Bustamante; nada dice, i aun no se conocen con Argomedo. ¿I estos son los testigos examinados por el juez de letras, estos los testigos que se condenan? ¿Esta es la constancia del sumario, i estos los datos que tan indudablemente se aseguran en el oficio? ¿Esta es la acusación que hizo atrepellar la inviolabilidad de mi carácter público; la que me hace sorprender a media noche; la que me saca de la cama, enfermo; la que no permite las mayores seguridades de mi persona [2], la que me arrastra a un calabozo inmundo; la que me tiene doce dias en incomunicacion i veintisiete en prisiones; la que ántes de la sentencia me priva del honor i confianza que depositó en mí uno de los primeros pueblos de la República [3]; la que produce el arrebato de mis papeles, en que pudieran ir consignadas mis primeras confianzas, i aun mis debilidades privadas? ¿Esta es la que los lleva sin lacrarse las cerraduras, sin inventario, sin un ministro de fe, i las que los hace reconocer sin mi citación? ¡Qué ataque a la moral de los pueblos!

Los mejores jurisconsultos convienen en que dos testigos no bastan para proceder contra un oficial de preeminencia i persona pública; porque debe considerarse siempre la calidad, dignidad i servicios para ver si es presumible el delito que se imputa; ¿i para Argomedo, ni aun se ha menester de uno solo, ni aun de uno, aunque sea probado por la lei? [4]

Acerquémonos mas al proceso, haciéndome fuerza si es posible por un momento, conformándome con la prevención del señor Presidente, para olvidar la ofensa que tan justamente produce mi exaltación.

Dice el oficio: que los dos hombres destinados a la bárbara empresa de asesinar a los señores Vera i Campino fueron sorprendidos por los serenos en los medios de ejecutar sus designios. Acabamos por primera vez de oír leer el proceso, i yo no entiendo cuáles eran los medios de este sonado asesinato.

A Sotomayor, lo mismo que a su compañero, se le encuentra en su propio traje, descubierto, despues de haber hecho varias correrías en la plaza pública con su cabeza agobiada de la embriaguez; pedia que lo condujesen donde el Supremo Director. El comandante de serenos le desprecia i le entrega a su concuñado Errázuriz, de quien también he oido ahora decir que era el conductor queesplicaba las perfidias de Sotomayor. Por mano del mismo Errázuriz i de su casa, se trae al Palacio, i el resultado de todo fué que una hora ántes, sí, una hora ántes de recibir el juez Echevers la primera declaración, se habia decretado mi prisión. Al oir leer el sumario, he notado que se ha puesto recibida la primera declaración a las doce de la noche. El escribano i amanuense, estrechados del juramento, declaran que a la una i media no se habia comenzado, i ántes de la una estuvo la fuerza armada en mi casa a aprehenderme. Omito otras circunstancias por prudencia i porque no quiero perder tiempo, ofendiendo la buena razón de mis jueces, para desbaratar una imputación que por grosera solo ha producido en el pueblo la mas acerva indignacion.

¿Seré yo tan desgraciado que a la vista de este simple relato, único resultado del sumario, aun quede entre nosotros alguno que no observe que el sujeto verdadero del asesinato era el honor de Argomedo?

  1. El señor Campino, en la sesión del 16, dijo también que era necesario suspender la lei de garantías para asegurar el país.
  2. Un hijo mió pasó, inmediatamente despues de intimado el arresto, a ofrecer al señor Director las seguridades que gustase hasta quedar él preso, con tres hermanos mas, porque se le permitiese a su padre mantenerse en su casa hasta las ocho de la mañana siguiente, i se le negó.
  3. Se discutió, ántes de llamarse al diputado Argomedo, si debería hablar desde su asiento de diputado, i se resolvió que no, i que se colocase dentro de la barra, al frente del Presidente. Argomedo, al entrar, espuso que hablaría desde afuera, i que no pasaria de la barra, miéntras no fuese declarada su inculpabilidad i enteramente satisfecho su honor; no se le permitió.
  4. Aquí el Presidente tocó la campanilla al orador, notando su exaltación i llamándole a la moderación: le contentó que estaba mui herido; que aquel fuego le era mui natural; que creía imposible contenerse; pero que se empeñaría, i continuó unos pocos momentos en tono mas bajo i ménos encendido.