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SESION DE 26 DE OCTUBRE DE 1829

que no dejando subsistir eleccion alguna, al fin acabase con la Constitucion, la moral i la tranquilidad pública; la Comision opina que debe proveerse el siguiente


DECRETO

Artículo único. Se rechaza el plan propuesto por el Poder Ejecutivo. -Sala de sesiones i Octubre 26 de 1829. —Rodríguez. —Novoa. —Formas.


Núm. 176

El que suscribe ratifica el dictámen dado por la {{MarcaCL|C|Comisión de Constitución|OK|Informe de don José Gaspar Marin sobre la indicación hecha por el Gobierno para que se disuelva el Congreso}Comision de Constitucion, en el espediente seguido a instancias del {{MarcaCL|I|Poder Ejecutivo|OK|Informe de don José Gaspar Marin sobre la indicación hecha por el Gobierno para que se disuelva el Congreso}Ejecutivo, sobre la disolucion de ambas {{MarcaCL|C|Cámara de Diputado y de Senadores|OK|Informe de don José Gaspar Marin sobre la indicación hecha por el Gobierno para que se disuelva el Congreso}Cámaras. Particípolo a Ud., para que en tiempo i oportunidad se sirva comunicarlo a la Sala.

En el entretanto, ofrezco a Ud. mis mas atentas consideraciones. —Santiago i Octubre 26 de 1829. —Jose Gaspar Marin. —Señor Secretario de la Sala de Senadores.


Núm. 177

La Comision está de acuerdo con el Fiscal ya en el mérito con que se reclama la pension, ya con la justicia de ella. Cree, de consiguiente, que debe dictarse el decreto siguiente:

  1. Asístase a la viuda del Contador Mayor don Francisco Solano Briceño con la cantidad de seiscientos pesos en cada año por el tiempo de su viudedad.
  2. Comuníquese a quienes corresponda. —Sala de Sesiones, Octubre 26 de 1829. —Gormaz. —Castillo. —Rodríguez. —Fernández.

Núm. 178

El infrascrito opina que si al finado Briceño se le descontaron algunas cantidades anualmente por montepío, se le pague éste a su viuda, i a mas deben pagarse los tercios que se deben. Si el señor Briceño no huyó o emigró en la pérdida de la patria, no está en el caso de los sujetos agraciados. El Erario está pobre, adeudado i no puede cubrir sus empeños. —Vicuña.


Núm. 179

La Comision de Negocios Constitucionales aprueba en el todo lo resuelto por la Cámara de Diputados sobre el pase a las Bulas del Reverendo don Manuel Vicuña. —Sala de Sesiones del Senado, en Santiago, a 23 de Octubre de 1829. —Rodríguez. —José Gaspar Marin. — Dr. Orgera. -Formas. —Ovalle.