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SESION EN 12 DE FEBRERO DE 1830

que han perdido por sucesos tan estraordinarios como desgraciados: confiando en el amor público de la Excelentísima Junta, cooperará con su celo a la conservacion de la que disfruta la provincia que le está sometida.

Con este motivo, el que suscribe saluda a la Excelentísima Junta. —Santiago, Febrero 12 de 1830. —Fernando Errázuriz,Presidente. —Ignacio Molina, Secretario. —A la Excelentísima Junta.


Núm. 248

Reunidos los señores Plenipotenciarios de las provincias de Aconcagua, Colchagua, Concepcion, Coquimbo, Maule i Santiago, se han declarado instalados en Congreso, con esta fecha, i han acordado se anuncie este acto a toda la Nacion, por medio de los Intendentes o los que ejerzan sus funciones, donde no los haya, a fin de que inmediatamente exijan de las autoridades civiles, eclesiásticas i militares que existan en sus respectivas provincias su reconocimiento i obediencia.

El Presidente que suscribe, al poner en noticia de V. S. esta resolucion para los fines indicados, no puede menos de manifestar las esperanzas que le animan de que los pueblos de la República recobrarán la paz que han perdido por sucesos tan estraordinarios como desgraciados i de que la provincia que le está sometida gozará en adelante, con su cooperacion, la tranquilidad a que la hacen acreedora sus virtudes.

Con este motivo, el que suscribe tiene la singular complacencia de ofrecer al señor Intendente de la Provincia las seguridades de su mayor estimacion i aprecio. —Santiago, Febrero 12 de 1830. —Errázuriz, Presidente—Molina, Secretario. —A los Intendentes de las provincias de Aconcagua, Colchagua, Concepcion, Coquimbo i Maule.


Núm. 249

Reunidos los señores Plenipotenciarios de las provincias de Aconcagua, Colchagua, Concepcion, Coquimbo, Maule i Santiago,conforme a la invitacion de la Excelentísima Junta Gubernativa de esta provincia i a los deseos de los pueblos, que habiéndose pronunciado en repetidos actos contra las infracciones de la Constitucion, rompiendo por una atribucion de su soberanía el pacto que las ligaba a un Gobierno Jeneral, los señores Plenipotenciarios se han declarado instalados en Congreso con esta fecha, i han acordado se comunique este acto a toda la Nacion por medio de sus Intendentes o los que en su lugar funcionen, para que inmediatamente exijan de las autoridades civiles, eclesiásticas i militares que existan en sus respectivas provincias su reconocimiento i obediencia.

El Congreso ha ordenado al que suscribe que al dirijirse a V. S. para comunicarle la anterior resolucion, le invite eficazmente a que haga cuanto esté de su parte para que a la mayor brevedad remita esa provincia el Plenipotenciario que le corresponde en el Congreso.

El Presidente que suscribe, al ponerlo en noticia de V. S. para los fines indicados, no puede menos de manifestar las esperanzas que le animan de que los pueblos de la República recobrarán la paz que han perdido por sucesos tan estraordinarios como desgraciados, i de que la provincia que le está sometida gozará en adelante, con su cooperacion, la tranquilidad a que la hacen acreedora sus virtudes.

Con este motivo, el que suscribe tiene la singular complacencia de ofrecer al señor Intendente de la provincia de Provincoa las seguridades de su mayor estimacion. —Santiago, Febrero 12 de 1830. —Errázuriz, Presidente. —Molina, Secretario. —A los Intendentes de Valdivia i Chiloé. —Por duplicado.


Núm. 250

El Congreso Nacional de Plenipotenciarios, en sesion del 12, ha resuelto lo siguiente:

"Artículo primero.. El actual Congreso de Plenipotenciarios no gozará asignacion alguna por razon de dietas.

"Art. 2.º A los Plenipotenciarios que hayan venido o vinieren de fuera de esta provincia, se les asignará únicamente los gastos del viaje en venida i vuelta, a razon de doce reales por legua."

El Vice-Presidente de la Sala, al comunicarlo a S. E. el Presidente de la República, le asegura los sentimientos de su alta consideración i aprecio. —Santiago, Febrero 22 de 1830. —Rodriguez, Vice-Presidente. —Molina, Secretario. —Al Presidente de la República.


Núm. 251

El Congreso Nacional de Plenipotenciarios ha acordado con esta fecha, que para evitar en lo sucesivo la paralizacion en sus tareas, por enfermedad, ausencia necesaria u otro grave motivo que impida la concurrencia de algunos de los señores que al presente asisten a la Sala, se comunique por el conducto de V. E. a los suplentes que residan en la capital, que no puedan salir fuera de ella, por precaver los inconvenientes indicados.

El que suscribe tiene la honra de ofrecer a la Excelentísima Junta Gubernativa de la provincia de Santiago las consideraciones de su singular aprecio i respeto. —Santiago, Febrero 12 de 1830. —Errázuriz, Presidente. —Molina, Secretario. —A la Junta.