Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XVIII (1829-1830).djvu/235

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ñores que la componen para su conocimiento. —Dios guarde a US. muchos años. —Jeneral, Santiago, Febrero 15 de 1830. —Nicolás Marzan. —José Ramon de Vargas i Belbal. —Señor Secretario de la Excma. Junta.


Núm. 261

ENTRADAS I SALIDAS QUE HA TENIDO ESTA TESORERÍA JENERAL DESDE EL 24 DE DICIEMBRE DE 1829, FECHA EN QUE SE INSTALÓ LA EXCMA. JUNTA PROVINCIAL, HASTA EL 15 DE FEBRERO DE 1830.
Entrada
De papel sellado $ 1121
De patente 260
De la Aduana de Santiago 134916 5 ¾
De la Casa de Moneda 2547 4
De la Renta de Tabacos 28902 3
De diezmos 15687 5 ¼
De multas 60
De empréstitos voluntarios 1000
De carnes muertas 1335
De caminos 2882 4 ½
De media ánata 12
De secuestros 100
De la Aduana de Valparaíso 64O3 ½
De empréstitos forzosos 100
$ 195327 7
Existencia en 24 de Diciembre de 1829 28205 1 ½
$ 223533 0 ½
Salida
A la Aduana de Santiago 10532
A la Casa de Moneda 2800
A la Renta de Correos 90
A diezmos 265
A los Padres Domínicos 4190
A multas 96
A empréstitos forzosos 1100
Al Cabildo por carnes muertas 1335
A depósitos 539 5 ¾
A la Caja del Crédito Público 7000
A la Comisaría Jeneral del Ejército 90392 7 ¾
A la de Marina 27199 0 ¾
A la Tesorería de Valdivia 11856 4 ½
A la de Chiloé 12138 2 ½
A la Tenencia de Talca 300
A gastos ordinarios de Hacienda 186 5
A estraordinarios de id. 826
A ordinarios de guerra 500
A estraordinarios de id. 503 4
Al Poder Lejislativo 120 4 ¼
Al Ejecutivo por sueldos de las oficinas 3029 3 ½
A la Suprema Corte por id. 270 3 ½
A la Cámara por id. 5591 5 ½
A los jueces de letras por id. 1925 6 ½
A la Comision de Cuentas por ídem 2637 1
A la Tesorería Jeneral por id. 1316 7
A individuos sueltos por id. 5799 7 ¾
Al monte militar 2342 7 ½
A pensiones pias 590 3
A temporalidades de ex jesuitas 571 3
A la composicion del ramo de caminos de Valparaíso 2000
A comisos i presas 500
A capitales consolidados 811 4 ½
A la Intendencia 17
$ 199375 0 ¼
Existencia hoi fecha 24158 0 ¼
Igual $ 223533 0 ½


Tesorería Jeneral de Santiago, Febrero 15 de 1830.

Nota. —Es prevencion que los veinte i cuatro mil ciento cincuenta i ocho pesos i un cuartillo reales que aparecen de existencia, se hallan en pagarées de difícil cobro, en igual clase de documentos de la Aduana de esta ciudad, en buenas cuentas que se han dado a los empleados civiles, i en trescientos cincuenta i seis pesos en dinero efectivo correspondientes a multas. Fecha ut supra. —Nicolás Marzan. —José Ramon de Vargas i Belbal.


Núm. 262

A consecuencia de la nota de V. S. de 12 del corriente, la Junta Gubernativa ha decretado hoi lo siguiente:

"Contéstese que ocurra a la Tesorería por los doscientos pesos que entregarán sus Ministros para los efectos que se indican, con calidad de presentarse cuenta de su destino. Tómese razón."

Lo que tengo el honor de trasladar a V. S. ofreciéndole mi mayor aprecio i consideracion.

Dios guarde a V. S. muchos años. —Secretaría de Gobierno. —Santiago, Febrero 15 de 1830. Juan Francisco Meneses. —Al señor Secretario del Congreso de Plenipotenciarios.