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SESION DE 22 DE MARZO DE 1830 277

do a tomar las providencias que demanda la conducta de aquellos militares que antes no habia podido, sin esponerlas, a ser tal vez eludidas con mengua de su autoridad i la del Congreso, a quien dará cuenta de los resultados con la debida oportunidad.

Entretanto, el que suscribe tiene el honor de ofrecer al Congreso Nacional de Plenipotenciarios las consideraciones de su mayor respeto. —Santiago, Marzo 15 de 1830. —Francisco Ruiz Tagle.Bruno Mujica, Sub Secretario. —Señor Presidente del Congreso Nacional de Plenipotenciarios.


Núm. 344

La Comision encargada de informar sobre la consulta que hace el Poder Ejecutivo por su nota de 16 del actual en órden al cumplimiento de la resolucion del Congreso, de 9 del presente, relativa a que los Ministros de la Corte Suprema don José Gregorio Argomedo, don Carlos Rodríguez i don Manuel Novoa sean interrogados nuevamente si reconocen i obedecen o nó al Congreso de Plenipotenciarios, dice: que, no habiendo reconocido la Corte Suprema en cuerpo, se les exijió lo hiciesen individualmente, cuyas contestaciones de los espresados individuos vinieron a la Sala; mas, como éstas, unas fueron ambiguas, i otras con algunas limitaciones, la Sala las devolvió para que el Presidente, llamándolos, los interrogase nuevamente.

No habiendo verificado el nuevo reconocimiento en los términos que resolvió el Congreso, es por ahora escusado tratar del nombramiento de los Jueces que deben conocer en los negocios de los Ministros de la Corte Suprema; porque si el resultado es que no reconocen al Congreso, menos lo harán respecto de los jueces que se nombren. En consecuencia, la Comision propone por contestacion a la consulta, los siguientes artículos:

Artículo primero.El Poder Ejecutivo llamará individualmente a los citados tres Ministros de la Corte Suprema i les interrogará si reconocen i obedecen o nó al Congreso de Plenipotenciarios, sin necesidad de juramento.

Art. 2.º Verificado este acto, de que se dará aviso al Congreso, se resolverá la última parte de la consulta sobre el nombramiento de los jueces que deben conocer en las causas de los Ministros de la Corte Suprema.

Art. 3.º Comuniqúese en contestacion. — José Antonio Rodríguez. —J. Tocornal.


Núm. 345

El Congreso Nacional de Plenipotenciarios ha tomado en consideracion la consulta que hace S. E. el Presidente de la República en nota fecha 16 del actual, en órden al cumplimiento de la resolucion de la Sala, de 9 del presente, relativa a que los Ministros de la Corte Suprema don José Gregorio Argomedo, don Carlos Rodríguez i don Manuel Novoa, sean interrogados nuevamente si reconocen i obedecen o nó al Congreso de Plenipotenciarios, ha resuelto lo siguiente: (Siguen los artículos que constan en el cuerpo del acta.)

El Presidente que suscribe, al ponerlo en conocimiento del de la República, le ofrece las seguridades de su alto aprecio. —Congreso de Plenipotenciarios. —Santiago, Marzo 22 de 1830. —Cardoso.Molina. —A S. E. el Presidente de la República.


Núm. 346

El Congreso Nacional de Plenipotenciarios ha considerado que ya hai tiempo bastante para que haya venido de Valdivia i Chiloé el nombramiento de Plenipotenciarios, i ha acordado decir a S. E. el Presidente de la República que si se sabe estar aquí algunos de los nombrados o sus suplentes por aquellas provincias, se le avise su concurrencia a esta Sala a presentar sus poderes para mañana 23 del corriente.

El Presidente que suscribe saluda a S. E. el de la República con la debida consideracion. —Congreso de Plenipotenciarios. —Santiago, Marzo 22 de 1830. —Cardoso.Molina. —A S. E. el Presidente de la República.