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CONGRESO DE PLINIPOTENCIARIOS
  1. (don José Antonio) i Tocornal dictaminen sobre la peticion del señor Alderete relativa a que se le aumente el sueldo. (V. sesion del 14 de Setiembre de 1830.)
  2. Autorizar el retiro de la mocion relativa a que se asigne al obispo de Ceran una suma para viático. (V. sesion del 19 de Junio i 1.º de Julio de 1830.)
  3. Llamar de nuevo a sesión a don Fernando Errázuriz. (Anexo núm. V. sesion del 12 de Abril de 1830.)

ACTA

SESION DEL 22 DE JUNIO DE 1830

Asistieron los señores Plenipotenciarios Cardoso, Elizalde, Edwards, Rodríguez (don Tomás), Rodríguez (don José Antonio) i Tocornal.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyeron varias comunicaciones del Ejecutivo:

Por la primera, propone a don José Vicente Izquierdo para miembro de la Junta de la Caja de Amortizacion en clase de hacendado, por renuncia que hace del mismo destino don Agustin Eyzaguirre; i fué aprobada.

Con la segunda, acompaña una representacion de la Ilustre Municipalidad de Santiago pidiendo la devolucion de los bienes de los regulares; i se pasó a una comision compuesta de los señores Cardoso, Elizalde i Rodríguez don José Antonio.

Por la tercera, pide que el Congreso resuelva sobre las medidas que se deben tomar para evitar los asesinatos i salteos que diariamente se cometen a causa de su impunidad; i se pasó a una comision compuesta de los señores Edwards i Rodríguez (don José Antonio.)

En seguida se dió cuenta de una representacion del teniente 1.º del Resguardo del Estanco, don Ambrosio Alderete, por la que pide aumento de sueldo. Se pasó a una comision compuesta de los señores Rodríguez (don Tomás) í Tocornal.

Últimamente los Plenipotenciarios que habian hecho mocion para que se le asignase sobre sueldo al Vicario Apostólico para cuando hiciese la visita del Obispado, la retiraron.

En este estado, se levantó la sesion. —Rodriguez, Presidente. —Varas, Pro-Secretario.


ANEXOS

Núm. 494

El Vice-Presidente de la República, habiendo oido la representacion de don Agustin Eyzaguirre, miembro de la Junta de Administracion de Crédito Público en clase de hacendado, para que se le admita la dimision que hace de este cargo por sus enfermedades i frecuentes viajes a su hacienda, lo que le imposibilita de funcionar en la Caja de Amortizacion, ha tenido a bien acceder a su renuncia, i nombrar para que le subrogue a don José Vicente Izquierdo, sujeto que reviste los méritos i aptitudes que demanda este encargo.

El Vice-Presidente de la República tiene el honor de someter este nombramiento a la aprobacion del Congreso Nacional de Plenipotenciarios, Saludándole con su mas distinguido aprecio. —Santiago, 12 de Junio de 1830. —José Tomás De Ovalle. —Juan Francisco Meneses. -Al Congreso Nacional de Plenipotenciarios.


Núm. 495

Los atentados que casi diariamente se cometen por partidas de salteadores que infestan los campos, ha excitado tiempo há la solicitud del Gobierno que, responsable de la seguridad pública, ve con dolor que las facultades con que han armado las leyes el brazo de los majistrados no bastan para atajar tan grave desórden.

Aunque nuestros códigos prescriben penas severas contra el asesinato i el robo, es notorio que la mayor parte de los delitos de esta clase logran sustraerse a la vindicacion de las leyes, sea por la dificultad de la aprehension, sea porque sustanciándose las causas a mucha distancia de la escena del delito, las probanzas judiciales son a menudo incompletas i siempre lentas; o porque la prolijidad de los trámites i un sentimiento de humanidad que se hace oir demasiadas veces a los que están encargados de administrar i ejecutar las leyes, proporcionan mil medios de impunidad a los reos.

Demostrada por la frecuencia de los delitos i la rarísima aplicacion de las penas, la ineficacia de nuestro sistema judicial, el Vice Presidente encargado del Poder Ejecutivo cree que debe dirijir la atencion del Congreso de Plenipotenciarios al pronto i eficaz remedio de un mal tan vivamente sentido de todas las clases, i en especial de la poblacion rústica en cuyo bienestar interesa tanto la prosperidad de la República.

Remover en cuanto es posible las causas que favorecen la impunidad de los malhechores, o que se oponen a que la perpetracion del delito sea seguida inmediatamente de la ejecucion del