há muchos años, se proyectó por mí componer la cuesta de la Dormida, en escalones proporcionados para carretas. Me rogaron i empeñaron para que activase este proyecto, i con el deseo de activar su ejecucion, me confirieron su poder para que ocurriese al ▼Gobierno, solicitando erijir en villa aquella poblacion de ▼Limache, ofreciendo hacer camino carril en la Dormida. Efectivamente, se entabla por mí la solicitud, con esa personería; se siguió espediente, i por fin en 16 de Febrero de 1828, se proveyó el decreto siguiente: -"Santiago i febrero 16 de 1828. —El ▼Vice-Presidente de la República, de acuerdo con la Comision Nacional, ha acordado i ▼decreta: 1.º Se concede al pueblo de ▼Limache el título de villa con la denominación de Alegre, que proponen sus vecinos, quedando obligados éstos a construir el camino carril de la cuesta de la Dormida. Comuníquese a quien corresponda i publíquese. —▼Pinto. —Rodríguez."
Desde la fecha de esa concesion, nada se ha avanzado, porque, aunque se comunicó a la ▼Intendencia de Aconcagua, se publicó i recibió con regocijo, se omitió nombrar ▼gobernador de la nueva villa, designando los límites de su territorio que, ciertamente, ya los tiene demarcados la naturaleza en la Dormida, i el mar de oriente a poniente, i en los portezuelos de ▼San Pedro i ▼Quilpué de norte a sur. Esa omision en nombrar al gobernador ha paralizado el gran beneficio que esperan aquellos moradores, i que debe ser tan provechoso al público, para realizarlo bajo la benéfica administración de V. E. He solicitado el espediente, que debia hallarse en el ▼Ministerio del Interior, pero todas mis dilijencias han sido infructuosas: el desgreño que ántes hubo, el descuido o acaso las atenciones políticas o intereses terciados, habrán influido para que se ocultase o traspapelase; pero felizmente en los libros de toma de razon, se encuentra el oficio pasado al ▼Intendente de Aconcagua i tambien el decreto inserto.
Reservado estaba a V. E . verificar los deseos de la poblacion que represento: el bien que va a resultar a esta provincia i al comercio es incalculable. Habrá un camino carril para ▼Valparaíso i ▼Quillota, de igual distancia al que tenemos casi perdido por las cuestas de Prado i Zapata; será mas abundante en viveres i forrajes, mas acompañado i de consiguiente menos espuesto a ▼salteos; no habrá que pasar el estero de ▼Pudahuel, que paraliza el tráfico en los inviernos; sobre todo, el Gobierno ha de hallar con un camino costeado, sin gravámen alguno del ▼Erario. Ojalá este espíritu de asociacion se difundiese en todos los pueblos para que se labrasen caminos i canales, con que está brindándose nuestro suelo i los abundantes rios que lo cubren. Acaso este proyecto de mis comitentes servirá de estímulo, i la proteccion que les dispense V. E. dará nuevo impulso: todo es fácil, todo es hecho cuando un Gobierno fomenta i proteje esta clase de proyectos. Por ahora, nada mas se necesita que nombrar el gobernador i en seguida una comision que demarque el territorio de la villa. Por tanto
A V. E. suplico se digne nombrar interinamente el ▼gobernador de la Villa Alegre, mientras se demarca el territorio i se procede a la construccion de casa de cabildo i cárcel, con los arbitrios que proporcione aquella poblacion; así lo esperamos de la magnificencia del Gobierno. —José Antonio Tagle.
Núm. 541
▼Excmo. Señor:
Don José Antonio Tagle, con el debido respeto, ante V. E., digo: que hace por dos años a que presenté al ▼Ministerio de Estado un espediente sobre una solicitud de la ▼villa Alegre de Limache, en que piden sus vecinos la demarcacion de dicha villa, conforme a lo acordado en él por los dos Congresos pretéritos, i últimamente por el de ▼Plenipotenciarios, cuyo espediente hasta ahora no se ha proveido, sin duda, por las muchas atenciones del ▼Gobierno. Sírvase V. E. dar la última mano a esta solicitud, tan útil como ventajosa al Estado. Yo, como apoderado de dichos vecinos, así lo tengo patentizado. Por tanto
A V. E. suplico se sirva decretar como dejo pedido. Es gracia que imploro i para ello, etc. —José Antonio Tagle.
Núm. 542
▼En el espediente pasado por el ▼Comandante del Resguardo de Valparaíso a la ▼Factoría del Estanco sobre dividendo de un comiso de ▼especies estancadas, ha opinado el ▼Ministerio Fiscal se consulte al ▼Congreso Nacional de Plenipotenciarios. El ▼Gobierno, conformándose con su dictámen, lo remite i espera la resolucion.
El ▼Vice-Presidente de la República tiene la honra de ofrecer con este motivo al señor ▼Presidente del Congreso Nacional de Plenipotenciarios, sus consideraciones de aprecio i respeto. —Santiago, 8 de Julio de 1830. —▼José Tomás De Ovalle. —Manuel Renjifo. —Al señor Presidente del Congreso Nacional de Plenipotenciarios.
Núm. 543
▼Tengo el honor de elevar a V. S. la nota adjunta en que el ▼Comandante del Resguardo de Aduana de Valparaíso se queja al ▼Factor del Estanco del corto premio que se le ofrece por veintisiete quintales trece libras de tabaco virjinio que ha decomisado. Creo que tiene razon pero no está en el arbitrio de la Factoría darl