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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XVII (1828-1829).djvu/135

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SESION DE 8 NOVIEMBRE DE 1828 129
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 42, EN 8 DE NOVIEMBRE DE 1828
PRESIDENCIA DE DON MELCHOR DE SANTIAGO CONCHA


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Exequias en honor del jeneral Cruz. Proyecto de lei de elecciones. —Acta. —Anexos.


ACUERDOS

Se acuerda:

  1. No habiéndose celebrado la sesion estraordinaria acordada para la noche de ayer, celebrarla en la noche del lunes 10 de los corrientes.
  2. Aprobar en la forma que en el acta consta, los artículos 40, 54, 55, i 58 a 68 del proyecto de lei de elecciones i encargar a la Comision de Negocios Constitucionales que redacte de nuevo el 56 i el 57.(V. sesiones del 7 i del 10.)

ACTA

SESION DEL 8 DE NOVIEMBRE

Se abrió con los señores Albano, Araos, Argomedo, Argüelles, Barros, Campino, Castillo, Concha, Collao, Cortés, Escanilla, Larrain, Marin, Molina, Muñoz, Orihuela, Palacios, Reyes, Sotomayor, Valdés i Villar. Faltaron con licencia los señores Bilbao, Echeverría, Elizalde, (rana, González, Infante, Novoa, Orgera, Ramos, Ureta, Urízar i Valdivieso.

Leida el acta de la sesion anterior, fué a probada.

En consecuencia, el señor Campino tomó la palabra i espuso que, creyendo difícil la reunion de la Cámara en sesion estraordinaria, podia dignarse resolver en la presente el proyecto de decreto presentado por él a efecto de autorizar al Ejecutivo para que se hagan exequias fúnebres al jeneral Cruz; pero habiéndose ob ervado que ya la Sala habia resuelto tratar este negocio en sesión estraordinaria, no tuvo lugar su indicacion; i el señor Presidente citó a la Sala a este objeto para el lunes 10 del corriente a las siete i media de la noche.

Púsose en discusion un nuevo artículo con el número 40, redactado nuevamente por la Comision encargada de Negocios Constitucionales, el que debia agregarse al proyecto de lei de elecciones; i considerado debidamente, se puso en votacion, de la que resultó aprobado del modo siguiente:

Art. 40º. Despues de este sorteo se repetirá la operacion del artículo 15, con solo la diferencia de ser cinco los ciudadanos que se elijan aquí para suplentes.—

Inmediatamente se consideró en jeneral el capítulo 5.ºdel espresado proyecto, i despues de declarado bastantemente discutido, se procedió a considerar sus artículos, siendo de ellos aprobados el 54, 55, 58 i siguientes hasta el 68 inclusive, habiéndose remitido el 56 i 57 a la